
multa

miércoles 6 de diciembre, 2023
La instancia rechazó íntegramente el reclamo de ilegalidad y descartó infracción de ley en la resolución sancionatoria que calificó las infracciones detectadas como graves y gravísimas.
En fallo unánime, Primera Sala del tribunal de alzada rechazó el recurso de reclamación interpuesto en contra de la SEC, que aplicó una multa de 300 UTM por vender artículos eléctricos sin la debida autorización.
Séptima Sala rechazó, con costas, el reclamo de ilegalidad interpuesto en contra de la resolución que aplicó una multa de 400 UTM, por almacenar una cantidad superior de cilindros de gas licuado de petróleo a la capacidad declarada.
En fallo unánime, la Primera Sala del tribunal de alzada confirmó la multa por 5.500 UTM por responder fuera de plazo legal las solicitudes de conexión a la red eléctrica de pequeños medios de generación distribuidos (PMGD).
Webinar se realizó en el marco del proyecto de cooperación triangular para la fiscalización y cumplimiento ambiental entre OEFA del Perú, SMA de Chile y la Cooperación Alemana para el Desarrollo – GIZ.
Asimismo, la entidad señaló que dictó nuevas medidas cautelares debido a los ruidos provocados por la línea eléctrica Cardones-Polpaico en el sector Altovalsol.
Tribunal de alzada rechazó el recurso de reclamación de ilegalidad deducido por la empresa en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, que le aplicó una multa 35.000 UTM, en el marco de la atención e información a los usuarios y clientes, durante la pandemia.
La Novena Sala del tribunal de alzada -integrada las ministras Dobra Lusic, Inelie Durán y la abogada (i) Paola Herrera- consideró que no hubo infracción al aplicar la sanción.
La Tercera Sala del tribunal de alzada -integrada por la ministra Verónica Sabaj, el ministro Rodrigo Carvajal y el abogado (i) Rodrigo Montt- descartó infracción en la multa.
Dos son las sanciones aplicadas por el organismo a la empresa eléctrica, en el marco de controversias con estos proyectos: una por no enviar solicitud solicitada, además de entregar «información manifiestamente errónea».