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GNL inflexible: CNE expresa su oposición a medida precautoria del TDLC establecida para la Norma Técnica

GNL inflexible: CNE expresa su oposición a medida precautoria del TDLC establecida para la Norma Técnica

La Comisión Nacional de Energía (CNE) envió su respuesta al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia donde expresó su oposición a la medida precautoria establecida para la Norma Técnica para la programación y coordinación de la operación de unidades que utilicen gas natural licuado regasificado, publicada en octubre de 2021, solicitando su alzamiento.

La Comisión Nacional de Energía abordó durante 2021 la modificación de la norma técnica de GNL (NT de GNL), que se encontraba vigente desde 2016, con una modificación menor en 2019.

Argumentos

El organismo indicó que el propósito del trabajo, y que se tradujo en la NT emitida en octubre pasado, fue acotar las inflexibilidades de GNL a un óptimo global para el sistema, reduciendo los grandes niveles de inflexibilidades observados en años anteriores (con la norma de 2016), pero sin desincentivar el uso del GNL, el cual es esencial para la seguridad del suministro, en especial en condiciones de sequía y de retiro de centrales a carbón, como las actuales circunstancias.

«Precisamente debido a lo anterior, como CNE, haciendo uso de la instancia concedida por el TDLC, ha comparecido oponiéndose a la medida precautoria. La nueva versión de la NT reduce las inflexibilidades respecto de la anterior vigente desde 2016. Ni la FNE ni el Coordinador, a través de su Unidad Especializada en Libre Competencia, han detectado comportamientos anticompetitivos de los agentes involucrados, ni con la norma vigente, ni con la anterior que, como está dicho, permitía niveles mucho mayores de inflexibilidades que la presente», señaló el organismo.

La medida cautelar puede ser especialmente grave dada la presente condición de sequía, la vigencia de un decreto de racionamiento y el alto precio del GNL que hoy existe en el mercado internacional, producto además de su escasez. Dadas las condiciones anteriores, es contrario al interés común imponer trabas adicionales a las compras y suministro de GNL, eliminando totalmente la posibilidad de suministrar gas de manera inflexible.

«Cabe recordar que la CNE no es un agente en los mercados, sino un organismo público altamente tecnificado, que ha velado y seguirá velando por la aplicación de las más adecuadas condiciones de operación en beneficio de todos los agentes del sector, en especial los consumidores y familias chilenas», informó la entidad regulatoria.

Gas: Acera y GPM destacan impacto de la medida cautelar del TDLC para dejar sin efecto la condición de inflexibilidad

Gas: Acera y GPM destacan impacto de la medida cautelar del TDLC para dejar sin efecto la condición de inflexibilidad

La Asociación Chilena de Energías Renovables y Almacenamiento (Acera A.G.) y la asociación de pequeños y medianos generadores (GPM) valoraron que el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) acogiera la medida cautelar solicitada por las demandantes, para lo cual instruyó a la CNE en el sentido de dejar sin efecto la aplicación de la “Condición de Inflexibilidad” contenida en la Norma GNL.

El organismo acogió la demanda interpuesta por dos empresas hidroeléctricas en contra de la Comisión Nacional de Energía (CNE), por cuanto la condición de inflexibilidad del gas, contenida en la normativa, “habría impedido, restringido y entorpecido la libre competencia en el mercado de generación eléctrica”.

Reacciones

“En diversas ocasiones, desde que la Norma entró en vigor en 2016, Acera ha manifestado reparos hacia ella, cuestionando sus potenciales efectos negativos en la competencia y su consistencia económica, especialmente en desmedro de la generación renovable”.

Para Acera resulta muy importante lo afirmado por el TDLC, en cuanto a que en la citada demanda “se han acompañado antecedentes que constituyen a lo menos presunción grave del derecho que se reclama” y, por lo tanto, en el marco de diversas actuaciones que nuestro Gremio ha impulsado para lograr un sistema eléctrico sin distorsiones espera que en el cumplimiento de las funciones y atribuciones que la ley le otorga al TDLC, el Tribunal analice y dictamine respecto de las eventuales faltas de la NT GNL al cumplimiento de las normas que regulan la competencia en nuestro país”.

“Creemos que el desarrollo de un proceso de esta importancia por parte del TDLC sin duda contribuirá a la consecución de un sistema eléctrico con más energías limpias y renovables, y con altos niveles de competencia y eficiencia”.

Por su lado, para GPM A.G. la decisión “este es un proceso inédito, que nos debe hacer reflexionar sobre dos importantes puntos: La importancia de que cada proceso de diseño o modificación regulatoria analice y considere el análisis de impacto regulatorio y la coherencia de sus postulados, y así chequear que los objetivos planteados en cada disposición se cumplan en el futuro”.

“Ahora entramos en una definición ante el TDLC, y confiamos en que este proceso será en beneficio del sistema.  El momento sistémico no es  mejor, con un decreto de racionamiento en vigencia y con perspectivas de abastecimiento exigidas para los próximos meses, y esperamos que esta situación sea reconocida por la autoridad. Hay que trabajar en dos principios que no son contrarios, esto es una cancha pareja para todos los actores del mercado, y velar por la seguridad de servicio y el abastecimiento de la población”, indicó el gremio.

Gas: Acera y GPM destacan impacto de la medida cautelar del TDLC para dejar sin efecto la condición de inflexibilidad

GNL Inflexible: Apemec plantea preocupación por planteamiento del Coordinador ante Panel de Expertos

La Asociación de Pequeñas y Medianas Hidroeléctricas (Apemec) planteó su preocupación por el planteamiento que realizó el Coordinador Eléctrico Nacional ante la discrepancia presentada por empresas del sector eléctrico ante el Panel de Expertos contra el actor del organismo «Minuta de gestión de GNL con Restricciones de Almacenamiento a través de costo de oportunidad», lo que se enmarca en la discusión en torno al llamado gas inflexible.

«Con bastante preocupación hemos visto los planteamientos del Coordinador frente a la discrepancia, que reconociendo haber sobrepasado la regulación vigente, justifica su actuar en base a un criterio de excepcionalidad y una instrucción directa del Ministerio de Energía, que según expone, le permitiría dictar directamente la normativa. Más allá de los evidentes y relevantes impactos económicos que se derivan del actuar irregular del Coordinador, su argumentación contraviene un principio básico de la Constitución Política de la República (Art. 7)», afirmó Rafael Loyola, director ejecutivo de la asociación gremial.

En su opinión, «de acogerse la argumentación del Coordinador por parte del Panel de Expertos, implicaría una seria amenaza a la estabilidad regulatoria, a la certeza jurídica y a la institucionalidad eléctrica, con consecuencias nefastas para la operación actual y las decisiones de inversión futura».

Este discrepancia fue vista la semana pasada, donde Apemec se hizo parte de las discrepancia presentadas por las empresas Energía Coyanco, La Arena, Besalco Energía, Convento Viejo, Río Colorado, y la Asociación de Canalistas Sociedad Canal del Maipo (SCM).

Corte Suprema

Las presentaciones de las partes se hicieron un día antes de la sentencia de la Corte Suprema para que el TDLC inicie una consulta sobre la compatibilidad de la condición del llamado gas inflexible con la libre competencia.

Al respecto, el abogado Mario Bravo, de Estudio Bravo, destacó la sentencia del máximo tribunal, pues «ya que ratifica que las normas técnicas dictadas por la CNE no tienen rango de reglamento, ni mucho menos de ley, lo cual es muy importante porque la Constitución prescribe que solo se puede regular una actividad económica por una ley».

«La CNE ha pretendido a través de un acto administrativo, regular la actividad económica del sector eléctrico y, según se acreditará en el proceso, en este caso ha regulado infringiendo las normas de defensa de la libre competencia», agregó.

 

Gas: Acera y GPM destacan impacto de la medida cautelar del TDLC para dejar sin efecto la condición de inflexibilidad

Comisión Nacional de Energía emite Norma Técnica de Gas Natural Licuado Regasificado

La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió la Norma Técnica para la Programación y Coordinación de la Operación de Unidades que utilicen Gas Natural Licuado Regasificado, luego de un año de trabajo consultivo y participativo.

Según el organismo regulador, su objetivo es «modernizar la regulación energética en materia de la operación de centrales a gas y adaptarla a los nuevos escenarios como la descarbonización, cambio climático, penetración de nuevas tecnologías de generación, entre otros».

La Norma emitida evita el uso excesivo de inflexibilidades de GNL en perjuicio de las energías renovables, buscando resguardar la operación segura y más económica.  Además, define condiciones especiales, como en la presente sequía, en las que se dan las señales adecuadas para que las empresas que generan en base a GNL, dispongan de todo el gas necesario para abastecer el suministro y evitar el uso excesivo del diesel.

También introduce el concepto de “costo de oportunidad” para el despacho del gas, concepto propuesto por la CNE desde los inicios del proceso, lo que le permite al Coordinador Eléctrico Nacional entregar las señales correctas para el uso óptimo, oportuno y eficiente de todo el GNL que pueda necesitarse en el sistema eléctrico nacional. Con ello, se espera que disminuya la afectación a las centrales de renovables y los vertimientos de energía solar o eólica. Todo lo anterior, propende a garantizar el óptimo global para el desarrollo eficiente del sistema en beneficio de los consumidores.

Proceso

Para la elaboración de la Norma, la CNE constituyó en octubre del 2020 el Comité Consultivo Especial integrado por expertos técnicos nacionales e internacionales, empresas del sector, el Ministerio de Energía, la SEC, el Coordinador Eléctrico Nacional y la CNE, quienes durante un año realizaron presentaciones y dieron opiniones fundadas respecto a las materias en discusión y se revisaron datos empíricos y efectos regulatorios de la normativa actual.

«Durante el proceso, se tuvo en cuenta los legítimos intereses de todas las empresas involucradas, las opiniones de expertos y académicos, y, sobre todo, el interés global de la operación y desarrollo seguro y económico del Sistema Eléctrico en beneficio de las familias chilenas», destacó el organismo regulador.

Al final del proceso, la CNE fue invitada por la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados a exponer el trabajo normativo.

 

GNL Inflexible: descartan que su eliminación provoque revisión de precios originalmente pactados en licitaciones de suministro

GNL Inflexible: descartan que su eliminación provoque revisión de precios originalmente pactados en licitaciones de suministro

El abogado Marcelo Mardones, de IMAD Abogados, plantea que la última licitación de suministro eléctrico para clientes regulados «demuestra, de forma contundente, que los precios a los clientes finales no se ven afectados por lo discusión del GNL inflexible, demostrando que las tecnologías renovables son las opciones más competitivas del mercado».

Esta fue parte del análisis realizado por el abogado, quien también es profesor de pregrado y postgrado de las Universidades Católica de Chile y de Los Andes en materias de regulación económica y de energía, el cual fue entregado a Esteban Velásquez, presidente de la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados, que se encuentran revisando los alcances de la Norma Técnica sobre despacho de centrales GNL, donde se incluye la inflexibilidad del gas.

Argumentos

El profesional descartó que la eliminación de la figura del Gas Inflexible podría dar pie a la aplicación del artículo 134 de la Ley General de Servicios Eléctricos, para que se proceda a una revisión en los precios originalmente pactado en los contratos de suministro licitados y suscritos como empresas de distribución.

Sobre este punto, Mardones indica que la revisión de precios en los contratos de suministro a clientes regulados
«sólo está disponible a partir de los procesos de licitación efectuados desde el año 2015, fecha en que se dictó la Ley Nº20.805, por lo que tal posibilidad está excluida tratándose de contratos de suministros regulados anteriores».

Y explica: «En el caso de los contratos suscritos a partir del 2015, una eventual nueva Norma Técnica de GNL (“NTGNL”) no faculta al suministrador a acceder a una revisión de precios, ya que, por su propia naturaleza, la Norma Técnica precisa o detalla cuestiones que con carácter general están más o menos abordadas en la ley habilitante, esto es, la Ley General de Servicios Eléctricos (“LGSE”), o en la reglamentación aplicable, por lo que, desde una perspectiva jurídica, un cambio en dicha NTGNL no puede en caso alguno ser “sustancial”, como exige la LGSE. Una consideración diversa importaría reconocer que la NTGNL ha desbordado el ámbito regulatorio que le es propio».

Además, señala que la revisión de precios originalmente pactados no sería procedente, «porque el cambio en la NTGNL no implica una excesiva onerosidad en la prestación esencial a que se han obligado los suministradores, esto es, a suministrar energía, ya que, por una parte, la modificación de dicha NTGNL no importa un incremento directo en los costos de inversión u operación que se traduzca en una alteración del precio de suministrar energía, ya que tal precio está fijado de acuerdo con la oferta realizada por la empresa en la licitación respectiva, e indexado al índice Consumers Price Index (CPI) de Estados Unidos, el cual corresponde al índice inflacionario de dicho país.

«Y, por la otra, dado que la declaración de inflexibilidad es un mecanismo excepcional o de último recurso, tal y como ha sido declarado por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) y la Comisión Nacional de Energía
CNE», añade.

Según Mardones, tampoco sería procedente la variación en el régimen de precios, «por cuanto el suministrador tendría un grado de responsabilidad en la existencia de volúmenes de gas inflexible».

También sostiene que, desde una perspectiva económica, «tampoco se dan los presupuestos para una revisión de precios, ya que si un suministrador de energía para clientes regulados que opera unidades generadoras que utilizan GNL, no cuenta en el futuro con la opción de forzar el despacho de sus unidades debido a la eliminación de la condición de inflexibilidad del GNL, éste podrá adquirir en el mercado spot la energía que no pudo producir, a un costo menor que si la hubiese producido con su planta utilizando GNL. Esto, justamente por cuanto habrían otras unidades generadoras de menor costo y mayor prioridad en el despacho para abastecer la demanda de energía eléctrica».

Finalmente, el abogado afirma que el suministro de GNL «no se ve en absoluto afectado por la eliminación o modificación de la NT-GNL, lo que ha quedado demostrado con la crisis de sequía actual, donde la importación de GNL ha aumentado significativamente (35%) con respecto al primer semestre del año anterior, mediante compras de GNL spot, si necesidad de recurrir a la inflexibilidad».