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Reforma tributaria: expertos prevén problemas en mercado accionario por renta atribuida

May 30, 2014

Según especialistas, algunos inversionistas podrían recibir dividendos sin pagar impuestos por ellos, y la retención de 10% a esa utilidad sería imputada a otros accionistas. También habría impacto en precio de títulos de las empresas.

(El Mercurio) Expertos de Deloitte, KPMG, PwC y EY -las cuatro mayores firmas de auditoría en el mundo- advierten que el proyecto de reforma tributaria genera problemas que deberán considerar los inversionistas que compren y vendan acciones, por el concepto de renta atribuida que contempla el documento legal.

Lo anterior, ya que se establece que las empresas deberán pagar 25% de impuesto de primera categoría y, además, retener un 10% adicional sobre el total de sus utilidades por cargo a sus accionistas, por las rentas que se atribuyen a los accionistas (renta atribuida). La suma de ambos, 35%, será considerada en la declaración de impuesto global complementario de los inversionistas, pero solo a aquellos que sean accionistas de la sociedad al 31 de diciembre de cada año.

De ello surgen dos aristas clave: una es que esa renta será atribuida independientemente de si la compañía repartió dividendos o no y cuánto entregó. La otra arista es cómo tributarán quienes vendan sus acciones antes del cierre del año.
No obstante, desde Hacienda explican que el tema no generaría perjuicios.

Respecto al primer tema, Cristián Meneses, senior manager de International Tax de Deloitte, explica que podría darse el caso de que una sociedad anónima acuerde distribuir solo el 30% de las utilidades del ejercicio, pero el accionista deberá pagar impuestos por el total de la utilidad que le sea atribuida.

En tanto, frente a la pregunta sobre si el pago de impuestos podría variar dependiendo de cuándo se vendan las acciones de una firma, Nicolás Ulloa, socio de área de asesoría Legal y Tributaria de PwC, plantea que podría suceder que el accionista que reciba los dividendos sea una persona distinta a aquel al que le fue atribuida la renta al término del año comercial, y que, por ello, tributó por las utilidades de la sociedad.

Agrega que el impacto para quien sea el accionista al 31 de diciembre también dependerá del tramo del impuesto global complementario en que se encuentre.

Para explicarlo, pone el caso de una persona que compró acciones de una empresa en el mes de marzo, en mayo de ese mismo año recibe un dividendo y en noviembre las vende a otra persona, que se encuentra en el tramo del impuesto global complementario de 10%. «El primero recibirá el dividendo sin que se le atribuya ninguna renta. Por su parte, el accionista que compró en noviembre no recibió dividendo, pero sí se le atribuyó renta, por lo que podrá pedir la devolución de los impuestos pagados por la sociedad (considerando un crédito del 35%)», ejemplifica Ulloa.

Coincide Carlos Muñoz, socio de Consultoría Tributaria de EY, quien explica que podría suceder que las personas que estén bajo la tasa marginal del 35% y que sean accionistas de una sociedad al 31 de diciembre, podrán recibir devolución de impuesto de 25% y retención de 10%, posiblemente sin haber recibido ningún dividendo.

Por su parte, Meneses puntualiza que puede producirse una distorsión, «ya que podría darse el caso de que el impuesto lo pague quien no recibe el dividendo».

Por esto último hay expertos que plantean que a algunos accionistas podría convenirle vender sus acciones después de recibir los dividendos y salirse de la propiedad de la empresa antes del 31 de diciembre.

Impacto en bolsa

Un tercer impacto tendría la renta atribuida en la bolsa local, dice Javier Jaque, socio de Tax & Legal de KPMG. «A priori, para los grandes accionistas, pareciera ser que no sea muy ventajoso porque van a hacerse acreedores de una tributación sin percibir las rentas. Por lo tanto, hay algo complicado que el mercado aún no determina. La pregunta es cómo se ve afectado el precio de las acciones, porque si va a impactar el impuesto, quizás no quiero tener la acción, voy a venderla y eso va a hacer que el precio de la acción baje», dice.

Además, plantea que el precio de los títulos accionarios de las empresas podrían subir hacia el mes de abril, cuando se repartan dividendos que estarán «libres de impuestos», porque ya tributaron por ellos los accionistas que estaban en la nómina de propiedad de la compañía, al 31 de diciembre del año anterior.

«Se pueden elucubrar muchos escenarios en los cuales existan incentivos para vender o comprar antes de la fecha en que se determina la atribución y la retención», acota Meneses.

Discusión

En los últimos días, el Ministerio de Hacienda ha mostrado disposición a discutir el tema de la renta atribuida. Hacienda: mayoría de inversionistas se verían beneficiados por crédito de 35%

Aunque trascendió que el Gobierno, a través del Ministerio de Hacienda, estaría dispuesto a analizar ajustes al concepto de renta atribuida que contempla el proyecto de ley de reforma tributaria, fuentes de la cartera liderada por Alberto Arenas explican que el tema no genera perjuicios para los inversionistas y, de haber cambios en la materia, no serían sustanciales.

En el caso del mercado accionarios, en la cartera afirman que habría un beneficio, que se debe a que la gran mayoría de los accionistas se encuentran en tramos del impuesto de global complementario que están bajo el 35%. Por ello, cuando las empresas les atribuyan un crédito de 25% de las utilidades -por concepto del pago de gravamen de primera categoría- y sumen el 10% de retención sobre las ganancias totales de la compañía, los inversionistas que lo sean al 31 de diciembre recibirán un crédito en su declaración de impuesto que se traducirá, en la mayoría de los casos, en una devolución de dinero.

La renta atribuida ha sido una de las principales preocupaciones de la Confederación de la Producción y del Comercio (CPC) y de la Asociación de Bancos e Instituciones Financieras (ABIF). Este último gremio acusó una posible inconstitucionalidad.

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