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Proyecto que suspende el corte de servicios básicos por mora pasó a segundo trámite

Abr 29, 2020

La iniciativa prohíbe, por un plazo de 90 días, que las empresas proveedoras de servicios básicos y de gas de red corten el suministro por el no pago a usuarios residenciales que cumplan ciertos requisitos.

Por 30 votos favorables, 9 abstenciones y ninguno en contra, la Sala del Senado despachó a su segundo trámite constitucional el proyecto que dispone la suspensión del pago y el corte de servicios básicos y de telecomunicaciones en el contexto de pandemia, que es fruto de diversas mociones parlamentarias refundidas.

Asimismo, de forma separada se aprobaron por mayoría cuatro indicaciones que fueron presentadas en la instancia: 1) para incorporar a los servicios municipales en el beneficio.

2) establecer un uso preferente del flujo de internet para educación, salud y teletrabajo.

3) eliminar el límite de consumo de agua potable.

4) permitir que las pequeñas empresas de distribución tengan facilidades de pago a sus respectivas generadoras.

Las enmiendas fueron presentadas por los senadores Alejandro Navarro, Francisco Chahuán, Yasna Provoste y José García Ruminot, respectivamente. En tanto, el senador Felipe Harboe se inhabilitó de la votación.

El proyecto prohíbe, por un plazo de 90 días, que las empresas proveedoras de servicios básicos y de gas de red corten el suministro por mora en el pago, a sus usuarios residenciales que cumplan ciertos requisitos.

Tampoco se podrá suspender los servicios a los hospitales, cárceles, hogares de menores en riesgo social, bomberos, organizaciones sin fines de lucro, microempresas y establecimientos educacionales y de salud municipales.

Las deudas que acumulen las personas en este período, podrán prorratearse en hasta 12 cuotas iguales y sucesivas, sin multas ni intereses adicionales. También podrán incluirse las deudas pendientes hasta en un monto de 10 UF (268 mil pesos) para los servicios eléctricos; y 5 UF (143 mil pesos) en el caso del agua potable.

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Además, permite a los clientes de servicios de telefonía fija, móvil o de acceso a internet, solicitar al proveedor el cambio transitorio de su contrato o de las condiciones de prepago, para la aplicación de un Plan Básico Solidario de Conectividad por 90 días.

Podrán acceder a estos beneficios las personas que estén dentro del 40% de vulnerabilidad, tengan la calidad de Adulto Mayor, que estén percibiendo las prestaciones del seguro de desempleo, que estén acogidos a la Ley de Protección del Empleo; o sean trabajadores independientes o informales que acrediten estar impedidos de efectuar el pago, mediante una declaración jurada simple.

Debate

El presidente de la Comisión de Economía, el senador Álvaro Elizalde, reanudó la discusión que había quedado pendiente de la sesión anterior, explicando que, a diferencia del proyecto de la Cámara de Diputados, el plazo no se asocia a la vigencia del estado de catástrofe.

También señaló que para la subsistencia de las pequeñas empresas de distribución eléctrica y cooperativas, se establecieron facilidades de pago a las generadoras. En el caso de los servicios de Agua Potable Rural (APR), precisó que el Gobierno se comprometió a la entrega de subsidios para permitir beneficios de similar naturaleza.

Por el lado de los legisladores oficialistas, plantearon que el objetivo de la iniciativa ya fue atendido en el acuerdo voluntario que propició el Ejecutivo. Además, en su mayoría expresaron que podía presentar vicios de constitucionalidad.

 

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