Q

Cadena de pagos: SEC instruye a CGE a que suspenda descuentos en facturaciones aplicadas a Engie

Oct 22, 2020

Esto se produjo luego de que la generadora denunciara al organismo público que la distribuidora le descontó $4.601 millones, argumentando que esto se debe a que sus clientes regulados dejaron de pagar sus cuentas a causa de la pandemia.

La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) instruyó a CGE para que suspenda inmediatamente los descuentos en las facturaciones por pagos que ha aplicado a Engie Chile, en el marco del contrato de suministro para clientes regulados entre ambas empresas, señalando que podrá iniciar un procedimiento sancionatorio contra la distribuidora, si es que no se cumple con la instrucción señalada.

La instrucción se produce luego de la denuncia realizada por la generadora a la Superintendencia, donde se acusa a CGE de negarse a permitir la facturación total de la energía efectivamente suministrada en el contrato entre ambas partes, aplicando un descuento de $4.601 millones, equivalente a los consumos de abril, mayo y junio de este año.

Denuncia

El actuar de la distribuidora fue calificado por Engie como un «descuento ilegal», señalando a la Superintendencia que «CGE ha argumentado, para justificar su conducta, que la normativa eléctrica (artículos 157° y 158° de la Ley General de Servicios Eléctricos) la facultaría para realizar tales descuentos en forma proporcional a lo que hayan dejado de pagar los clientes sometidos a regulación de precios por causa de la pandemia del COVID-19».

Por este motivo, la generadora solicita al organismo público que ordene a CGE el pago de los saldos descontados y que termine de descontar «los montos equivalentes a lo que no fue recaudado en el cobro que la distribuidora hace a sus propios clientes».

Ante tal situación, la SEC informó que, a partir de la normativa vigente, «se entiende que los contratos de suministro no facultan per se a la suspensión o ajustes en el pago de los montos facturados contractualmente», además de indicar que la regulación no contempla ajustes en los precios y pagos que se produzcan por «la menor recaudación que pueda experimentar una empresa distribuidora».

Según el organismo público, el no pago de la totalidad de la energía suministrada «constituiría un incumplimiento» a la normativa. «Así, los descuentos unilaterales practicados por CGE afectan el principio de coordinación referido a la preservación de la seguridad del servicio, constituyendo un riesgo cierto en la capacidad de pago de las instituciones coordinadas que participan en los balances de inyecciones y retiros del sistema, amenazando la seguridad financiera de todo el sector», se indica en el documento de la SEC.

Por tal motivo, la Superintendencia instruye a la empresa distribuidora a que inmediatamente suspenda los descuentos en las facturaciones por pagos acordados en los contratos de suministro con Engie, «pagando el total de la energía íntegramente demandada en cada uno de los respectivos periodos de facturación».

El documento de la SEC indica que no puede ordenar a CGE el pago inmediato de los saldos descontados por la energía y potencia consumida que suministró Engie, debido a que esto excede las facultades del organismo público, por lo que señala que corresponde «ceñirse a lo estipulado en los contratos celebrados entre las partes».

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL

Temas relacionados

Suscríbase al Newsletter Revista Electricidad