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Servicios básicos: plantean que empresas eléctricas y Estado aporten recursos para enfrentar deuda por cuentas de luz impagas

Abr 15, 2021

Humberto Verdejo, académico de la Universidad de Santiago, afirma que las empresas y el Estado "realicen un aporte que permita socializar la deuda. Este mecanismo en que todos aportan a la deuda acumulada debe considerar solo el período de los últimos 12 meses y ser acotada como medida transitoria".

La necesidad de que las empresas eléctricas y el Estado aporten recursos para enfrentar la deuda que actualmente se ha acumulado por el impacto de la Ley de Servicios Básicos que prohíbe cortar el suministro de agua y electricidad a los clientes residenciales, en el marco de la pandemia, la cual sería pagada en 36 cuotas sin intereses.

Así lo señala el académico del Departamento de Ingeniería Eléctrica de la Universidad de Santiago, Humberto Verdejo, quien recordó que existen «más de 600.000 familias con deudas en electricidad, mientras que las distribuidoras han dejado de recaudar US$250 millones, generando riesgos en la cadena de pagos del sector eléctrico».

Ante esta situación, Verdejo plantea que la extensión de esta ley no es una solución al tema, argumentando que solo aumentará la deuda de los clientes, por lo que señaló la necesidad de que el Estado y las empresas del sector realicen aportes, mediante «subsidios directos o mecanismos de deuda garantizada».

Añadió que también se debe tener un «componente solidario similar al del mecanismo de estabilización del precio de la energía definido en la Ley 21.185».

«En general la situación que estamos viviendo es totalmente extraordinaria y se requiere soluciones de diferente tipo. En una condición en que la familias viven incertidumbre, reducciones de ingresos y consumen mayor de energía eléctrica en los próximos meses, el pago del 100% de la deuda sumará otro factor a los ya descritos. En ese sentido, se sugiere que las empresas y el Estado realicen un aporte que permita socializar la deuda. Este mecanismo en que todos aportan a la deuda acumulada debe considerar solo el período de los últimos 12 meses y ser acotada como medida transitoria», concluyó el académico.

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