La Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) sancionó a la empresa eléctrica Enel, con una multa de 120 mil UTM, Unidades Tributarias Mensuales, es decir, más de $8.200 millones, por infringir tres aspectos de la Ley de Electrodependientes, esto durante los cortes de suministro eléctrico de agosto del año pasado, que afectaron a miles de familias de la Región Metropolitana.
Como se recordará, a comienzos de agosto del año pasado, se produjo una serie de cortes de energía, en diferentes regiones del país, siendo una de las más afectadas la RM, llegando a registrarse casos de familias que estuvieron hasta por más de 15 días seguidos sin suministro, razón por la cual se sancionó a Enel, con una multa de $19 mil millones.
En una arista paralela de la investigación, la SEC llegó a la conclusión que la misma incumplió tres aspectos de la Ley de Electrodependientes: infracción a la obligación de entregar equipos de respaldo a los pacientes; ausencia de priorización en la reposición del servicio eléctrico; y falla en los canales de atención preferente.
El organismo fiscalizador pudo constatar que los sistemas especiales de atención telefónica para personas electrodependientes colapsaron durante los días más críticos del evento, impidiendo una respuesta rápida y efectiva a sus llamados. Se registraron más de 590 llamadas no atendidas, sin que se habilitaran mecanismos alternativos eficaces.
Investigación
Del mismo modo, un informe técnico elaborado por una universidad nacional verificó que la empresa contaba con menos de 500 equipos de respaldo para más de 2.300 personas registradas como electrodependientes, lo cual por supuesto, era insuficiente para cubrir toda la demanda. La investigación también permitió constatar que el registro de clientes estaba desactualizado y que contenía personas fallecidas.
También se comprobó que, al menos en un caso, una persona electrodependiente falleció sin contar con suministro eléctrico ni con el equipo necesario para respaldar su dispositivo médico, permaneciendo más de dos días sin energía al momento de su muerte.
La plataforma telefónica de atención preferente falló en los momentos más críticos. Aunque funcionaba como un canal exclusivo para personas electrodependientes, derivó las llamadas a sistemas generales de atención, sin prioridad ni capacidad de respuesta. Entre el 1 y el 31 de agosto de 2024, ingresaron más de 5.400 llamados, de los cuales no se atendieron 2.900.
En este contexto, se constató que Enel retiró tres equipos de respaldo antes de los primeros cortes y entregó otros 72, pero mucho tiempo después de las interrupciones del servicio. Además, los propios antecedentes entregados por la empresa muestran que retiró al menos seis equipos de respaldo a pacientes que, según los registros, seguían sin suministro eléctrico.
Legislación vigente
La superintendenta de la SEC, Marta Cabeza, afirmó que “las empresas eléctricas deben respetar la legislación vigente sobre electrodependientes, ya que estos pacientes necesitan energía para sobrevivir. No se trata de usar electricidad para ver televisión o cargar un celular, sino de contar con suministro para seguir respirando. Por eso, el nivel de cumplimiento debe ser mayor, y en este caso, la empresa incumplió aspectos clave de la Ley”.
Además, la titular de la SEC explicó que la sanción busca reforzar el deber de las distribuidoras de actuar con diligencia, anticipación y responsabilidad ante cualquier contingencia que ponga en riesgo la seguridad de las personas, sobre todo cuando hay condiciones médicas que exigen un suministro continuo.