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Extensión de Ley de Servicios Básicos será vista en la Sala de la Cámara de Diputados

Extensión de Ley de Servicios Básicos será vista en la Sala de la Cámara de Diputados

En condiciones de ser analizado por la Sala de la Corporación quedó el proyecto de ley refundido que busca beneficiar a los usuarios de servicios básicos que se han visto afectados por la pandemia ante el próximo vencimiento de la Ley 21.249, estipulada para el 7 de mayo.

La citada ley dispuso, de manera excepcional, medidas a favor de los usuarios finales de los servicios sanitarios, electricidad y gas de red, fijando que las empresas distribuidoras de los servicios no podrán cortar el suministro por mora en el pago de los siguientes usuarios:

-Usuarios residenciales o domiciliarios.

-Hospitales y centros de salud.

-Cárceles y recintos penitenciarios.

-Hogares de menores en riesgo social, abandono o compromiso delictual.

-Hogares y establecimientos de larga estadía de adultos mayores.

-Bomberos.

-Organizaciones sin fines de lucro.

-Microempresas, de acuerdo a lo establecido en la ley N° 20.416, que fija normas especiales para las empresas de menor tamaño.

La comisión analizó las distintas fechas que se proponían y optó por la presentada por el diputado Miguel Mellado (RN) para extender este beneficio hasta el 30 de noviembre de 2021.

De igual manera, respaldaron una indicación presentada por el diputado Boris Barrera (PC) que amplía los beneficiarios del Registro Social de Hogares del 60 al 80%.

Una tercera medida del proyecto aprobado es, ampliar el plazo de 36 a 48 meses para el pago de las deudas.

Finalmente, se respaldó que, si cumplido el plazo indicado y aun encontrándose vigente la declaración de Estado de Excepción de Catástrofe por pandemia del Covid-19 declarado en decreto, dichos plazos se extenderán hasta 60 días después de terminado dicho Estado de Excepción.

Ministerio

 

En la jornada estuvo presente el subsecretario de Economía, Francisco López, quien se refirió al origen de este beneficio el año 2020 y cómo ha sido su desarrollo durante los últimos meses.

El superintendente de Electricidad y Combustibles, Luis Ávila,  a su vez, mostró la evolución de las cifras de los convenios de clientes y la fiscalización para que operen de acuerdo a las reglas establecidas en la citada ley de servicios básicos.

Señaló que la totalidad de convenios suscritos en la industria eléctrica son 178 mil. Un 60% de ellos se aprobaron en virtud del acuerdo voluntario suscrito por las empresas, previo a la vigencia de la ley. El 40% restante, 71 mil casos, fueron a partir de esta norma.

Añadió que al vincular estas cifras con los datos de morosidad que monitorea el organismo. De este modo, la situación previa a la pandemia, los morosos del sector eléctrico de clientes residenciales ascendía a 514.418, y 53.016 en el sector del gas de por red.

Lo anterior, puntualizó, demuestra que existía una base de morosidad no asociada a los efectos de la pandemia y que ya estaba en los saldos por cobrar.

En tanto, durante el periodo de pandemia, desde abril del año 2020 al día de hoy, el sector eléctrico ha incrementado la morosidad residencial en 168.912 clientes; lo que es relevante en consideración al número de convenios suscritos, que suman para estos efectos 173.071. Es decir, son mas convenios que la cantidad de morosos residenciales que agregó la pandemia.

Según las cifras, estos convenios han servido, incluso, para quienes venían con saldos anteriores al inicio de la pandemia. A juicio de Avila, por tanto, esta propuesta no es la medida que los ayudará a resolver su problema.

Un análisis, que según explicó, se da en forma similar en el sector del gas.

Origen de la propuesta

Esta nueva prorroga surge de refundir las dos iniciativas presentadas por parlamentarios.

En primer lugar, la moción de los diputados de la Bancada PS, que busca modificar la ley N° 21.249 que dispone de manera excepcional, las medidas que indica en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red, para extender su aplicación por el plazo que señala.

La segunda, en tanto, que prorroga la vigencia de la ley N° 21.249 que dispone de manera excepcional, las medidas que indica en favor de los usuarios finales de servicios sanitarios, electricidad y gas de red, corresponde a una moción de diputados de la Bancada DC.

Prórroga de Ley de Servicios Básicos aumentaría deuda impaga de luz hasta US$220 millones

La prórroga de la actual Ley de Servicios Básicos, que prohíbe el corte de suministro para los clientes regulados que no hayan pagado sus cuentas desde el año pasado, a causa de la pandemia, podría aumentar el monto de la deuda acumulada, de US$150 millones a US$220 millones, de acuerdo con las estimaciones de Valgesta Nueva Energía.

Así lo indica el reporte mensual de la consultora, al abordar la moción legislativa que busca extender esta normativa hasta noviembre de este año.

«Según nuestras estimaciones, sólo para el sector eléctrico la deuda acumulada a la fecha sería del orden de los USD 150 millones, considerando solo aquellos clientes que se han acogido al beneficio o están en proceso de hacerlo. Este monto podría aumentar a USD 220 millones producto de la prórroga de la ley por seis meses. Esto traería como consecuencia, finalmente, sobrecostos en las cuentas futuras que estimamos del orden de entre un 30% y 50% dependiendo del caso, asumiendo que la deuda acumulada en al menos 15 meses de un cliente (agosto 2020-noviembre 2021) deberá prorratearse en 36 meses para su pago», señala el documento.

Según el análisis de Valgesta, «si bien esta iniciativa parece tener sentido dado los impactos que ha tenido la crisis sanitaria sobre la economía de las familias, resulta, al menos razonable, preguntarse si es ésta la solución real al problema».

«A la luz de lo informado por las compañías distribuidoras, existe una gran cantidad de clientes que aún no concurre a firmar los convenios de pago y muchos de ellos simplemente no acudirá, lo que facultará a estas empresas a cortar el suministro tal como lo establece la ley (lo que no es solución finalmente), o bien, aún cuando un cliente concurra en la firma del convenio de pago, en el tiempo no pueda dar cumplimiento al mismo teniendo como consecuencia el mismo resultado que en el caso anterior, el corte del suministro», se indica.

Ante esta situación se sostiene que la ley 21.249 «simplemente está retrasando el corte de suministros básicos, no haciéndose cargo del problema real que enfrentan las familias producto de la crisis. Es este el verdadero problema que hay detrás de esta ley, ya que no presenta una solución adecuada para una parte importante de las familias que se encuentran en esta situación».

Soluciones

La consultora indica que para enfrentar este escenario se requiere la participación del Estado, «ya sea como aportante de los recursos, o bien, como garante de los fondos que se requieren para financiar el pago las deudas mediante algún mecanismo financiero que sea abordable por las familias, ya que un principio básico de las decisiones de políticas públicas (en este caso “suspender” el pago de las cuentas para quiénes no pueden), es que deben contar con el financiamiento necesario mediante recursos del Estado».

Y se agrega: «Mantener el financiamiento de esta política de Estado bajo el costo de las empresas distribuidoras, quiénes no olvidemos cobran a los clientes finales una tarifa íntegramente regulada por el Gobierno, se transforma en una decisión expropiatoria que a futuro podría tener profundas consecuencias en la calidad del servicio que entregan estas compañías».

En el reporte también se sostiene que «una solución razonable de esta materia sería extender a 60 o 72 meses el pago de la deuda, de manera que el sobrecosto en la cuenta sea lo más bajo posible, incluso definiendo un umbral que no supere un cierto porcentaje de la misma».

«Adicionalmente, contar con un instrumento financiero que le permita a las empresas recaudar los ingresos para pagar a transmisores y generadores el costo del consumo no pagado por los clientes finales, junto con el valor del servicio de distribución, el cual debiese estar garantizado por el Estado, de tal manera que al cumplirse el plazo máximo de pago de la deuda, aquellas que no hayan sido pagadas, sean asumidas por el Estado, en el entendido que estas familias no pudieron cumplir con el pago del servicio dada la situación de excepcionalidad en la que estamos2, se concluye.

Ley de Servicios Básicos: Distribuidoras piden a clientes registrarse para acceder a beneficios

Ley de Servicios Básicos: Distribuidoras piden a clientes registrarse para acceder a beneficios

Un llamado a que las personas puedan acceder a los beneficios de la Ley de Servicios Básicos es el que hizo Empresas Eléctricas A.G., gremio que reúne a las principales empresas distribuidoras eléctricas del país, las que en conjunto representan a casi el 90% de los clientes del país.

Y es que el próximo 5 de mayo termina la vigencia de la Ley N° 21.249 y sus extensiones, más conocida como Ley de Servicios Básicos. Dicha ley establece que las empresas de servicios básicos, entre ellas las distribuidoras eléctricas, no podrán cortar el suministro de electricidad por no pago a sus clientes, junto con entregar facilidades para regularizar esas deudas.

«En efecto, los clientes pueden convenir el pago de su deuda en hasta 36 cuotas mensuales, sin intereses, multas, ni gastos asociados, evitando de este modo la interrupción de suministro, en caso que se encuentre impago», informó el gremio.

El director ejecutivo de empresas Eléctricas, Rodrigo Castillo, señaló que el sector es consciente de las dificultades económicas producto de la pandemia, «por lo que estamos comprometidos en lograr que todos quienes cumplan con los requisitos que establece esta ley puedan acceder a sus beneficios”.

Beneficios

Según lo que establece la ley, para acceder a estos beneficios es requisito encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

-Pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares
-Ser adultos mayores
-Ser trabajadora o trabajador acogido a la Ley de Protección del Empleo
-Encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía
-Ser trabajadora o trabajador independiente o informal, afectado por una disminución significativa de ingresos, lo que debe ser acreditado mediante una declaración jurada simple.

Este beneficio podrá ser solicitado por los clientes hasta 30 días después del término de la vigencia de ley, vale decir hasta el 5 de junio de 2021.

A un año de aplicación de la Ley de Servicios Básicos, más de 1,3 millones de clientes deben la luz o el agua y el monto de estos impagos supera lo US$450 millones

A un año de aplicación de la Ley de Servicios Básicos, más de 1,3 millones de clientes deben la luz o el agua y el monto de estos impagos supera lo US$450 millones

(El Mercurio) Dentro de un mes, el 5 de mayo, expira la Ley de Servicios Básicos, norma que prohibió a las empresas proveedoras de servicios sanitarios, distribuidoras eléctricas y de gas por redes, cortar el suministro por no pago a un amplio espectro de clientes: el 60% de la  población más vulnerable, adultos mayores, desempleados, y todo aquel que pueda acreditar o declarar problemas para saldar sus consumos. Esta ley surgió el año pasado para ir en ayuda de las familias que han perdido o han visto reducidos sus ingresos a causa de los estragos de la pandemia.

En los más de 12 meses de aplicación de esta normativa -que contempló las deudas contraídas con estas empresas a partir del 18 de de marzo de 2020-, ya hay un balance de cuál es el estado de situación. Se contabilizan más de 1,3 millones de clientes que deben cuentas de luz o de agua -los servicios más masivos que esta legislación considera-, y el monto de los impagos asociados a este grupo superan los US$450 millones, de acuerdo con los datos proporcionados por autoridades y la industria.

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Grupo Saesa amplía beneficio de la Ley de servicios básicos hasta en 36 cuotas

Grupo Saesa amplía beneficio de la Ley de servicios básicos hasta en 36 cuotas

En el contexto de la pandemia, Grupo Saesa -compañía que agrupa a Saesa, Frontel y Edelaysen- hizo un llamado a todos sus clientes que han tenido dificultades para pagar sus cuentas de luz, a inscribirse en la Ley de Servicios Básicos, para optar a todos los beneficios que entrega.

Bárbara Boekemeyer, gerenta de clientes de la empresa indicó que en el portal web de la empresa «está disponible el formulario de inscripción de la Ley de Servicios Básicos, para que todas aquellas familias que se han visto complicadas en estos meses puedan optar a sus beneficios. Ahora tendrán la posibilidad de reprogramar la deuda hasta en 36 cuotas».

Medidas

La ejecutiva precisó que pueden optar a este beneficio los clientes que cumplan con alguno de los siguientes requisitos: encontrarse dentro del 60 por ciento más vulnerable según el Registro Social de Hogares; ser adulto mayor; estar cobrando el seguro de desempleo; estar bajo la Ley de Protección al Empleo; ser trabajador independiente o informal y/o presentar una disminución de sus ingresos o dificultades en los pagos de sus cuentas de luz.

«Como una medida adicional de apoyo a quienes han tenido dificultades económicas en este año y que no están inscritos en la Ley de Servicios Básicos, Grupo Saesa ha extendido la posibilidad de prorratear la deuda a quienes lo necesiten hasta en 24 cuotas, sin intereses, reajustes o pie inicial», se indicó.