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Tribunal rechaza propuesta de mitigación de Bocamina

Oct 16, 2019

Se concluyó que, "es insuficiente y no da garantías de un análisis detallado y riguroso de las alternativas de mejora que permitirían a la demandada dar cumplimiento a la sentencia sin incurrir en riesgos colaterales, lo que hace inviable su aprobación".

(Diario El Sur) El Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó el plan presentado voluntariamente por Enel Generación (exEndesa) para cumplir con la sentencia que la condenó a reducir en un 30% las emisiones de material particulado de la central termoeléctrica Bocamina, luego de que en diciembre de 2018 fuera declarada responsable de daño ambiental en el componente aire, de las comunas de Lota y Coronel.

El tribunal analizó la propuesta de la empresa, que planteó como una de las principales medidas, el cierre definitivo de un bypass de los filtros de manga. Según la resolución, «dicha acción presupone alterar un sistema de seguridad, cuyo objetivo es desviar los gases que puedan dañar la integridad de los filtros (por concentración de contaminantes, temperatura o presión)».

Además, se estimó que la propuesta se aparta del espíritu de la sentencia judicial previa y que el cierre del sistema de bypass, «alteraría el diseño de fábrica, la modificación de las lógicas de protección de las calderas, y por ende, otras medidas con riesgos de efectos no deseados y situaciones hipotéticas de emergencia».

Según la resolución, «se infiere que la medida propuesta suscita un riesgo para el normal funcionamiento de la planta, y en consecuencia comprometería la seguridad industrial».

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De esta forma, el Tribunal Ambiental de Valdivia rechazó el plan de cumplimiento y concluyó que, «es insuficiente y no da garantías de un análisis detallado y riguroso de las alternativas de mejora que permitirían a la demandada dar cumplimiento a la sentencia sin incurrir en riesgos colaterales, lo que hace inviable su aprobación».

El tribunal también advirtió que la empresa no ha considerado alternativas existentes que permiten alcanzar el límite fijado por la sentencia. «Por ejemplo, la demandada podría mejorar el desempeño de las unidades encargadas del abatimiento de SO2 (SDA y FGD), ya que estos equipos operan a eficiencias cercanas al 75% (según los datos entregados por ENEL a fs. 10049 y fs. 10050), cuando su eficiencia de fábrica está por sobre el 90%» sostuvo la resolución.

Recurso pendiente

A través de una declaración pública, la empresa explicó que «en esta causa se mantiene pendiente la resolución de la Excelentísima Corte Suprema, luego que tanto la empresa como los demandantes interpusieron recursos de casación en la forma y en el fondo contra la sentencia del Tribunal Ambiental de Valdivia».

«Mientras esperaba el pronunciamiento del máximo tribunal, Enel Generación dio estricto cumplimiento a lo ordenado por el tribunal y presentó un plan seguro, coherente y adecuado que se hace cargo de la restricción impuesta en el fallo de enero que implica ir más allá de la norma sobre emisiones de material particulado actualmente vigente», sostuvieron.

Añaden que se rechazó, «íntegramente el plan por una de las cinco medidas propuestas. Enel Generación está revisando los efectos de esta resolución bajo el supuesto de no comprometer la continuidad operacional del complejo termoeléctrico».

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