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Proyecto solar recurre a Panel de Expertos para acceder a línea de transmisión

May 14, 2015

Central Solar Desierto I solicitó que Minera Franke le otorgue acceso abierto “en condiciones razonables y no ilícitamente discriminatorias” a la Línea Diego de Almagro-Franke, propiedad de la compañía extractiva.

Central Solar Desierto I Spa presentó ante el Panel de Expertos una discrepancia, con el objetivo de que la instancia dictamine que la Minera Franke le otorgue acceso abierto “en condiciones razonables y no ilícitamente discriminatorias” a la Línea Diego de Almagro-Franke, propiedad de la compañía extractiva, por 50 MVA, según cálculo y comunicación de la Dirección de Peajes del CDEC SIC y reconocimiento posterior de la Comisión Nacional de Energía (CNE).

En el expediente, la eléctrica señala que está desarrollando la Central Solar Chaka, que considera la construcción y operación de un proyecto fotovoltaico de aproximadamente 40 MW con su correspondiente subestación y una línea de conexión/inyección de 2×110 kV, la cual conectará al Sistema Interconectado Central (SIC) mediante el seccionamiento de la Línea Diego de Almagro-Franke.

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Junto a lo anterior, la titular del proyecto solar argumenta que “de acuerdo con la información entregada por la Dirección de Peajes (DP) del CDEC-SIC, la Línea Diego de Almagro – Franke tenía una capacidad técnica de transmisión disponible de 68,2 MVA al día 17 de julio de 2014, suficiente para acoger la totalidad de la generación de la central de mi representada. Una vez que la Central fue reconocida como proyecto en construcción, y su uso de capacidad en la línea fue reconocido, la capacidad técnica de transmisión disponible en la línea se redujo a 18.2 MVA, según comunicación de la Dirección de Planificación y Desarrollo del CDEC-SIC a mi representada”.

En ese contexto, la empresa eléctrica detalla que “no ha sido posible finiquitar el proyecto de conexión debido al profuso silencio y negativa constante de Franke a concordar los aspectos técnicos críticos de la conexión que requieren su concurso y la suscripción de un contrato de transporte que dé cuenta del peaje que se debe pagar por el uso de la línea”, agregando que la minera “nos ha manifestado su intención de suscribir, al margen de la legalidad, un Memorándum de Entendimiento con la empresa Acciona Energía S.A. a fin de reservarle a dicha sociedad la totalidad de la capacidad técnica de transmisión disponible”.

Por lo anterior, la titular del proyecto solar también solicita en la discrepancia presentada que se declare que la Minera Franke  “debe abstenerse de suscribir cualquier documento con otro operador del sistema eléctrico que signifique reservar una capacidad remanente de transmisión en la Línea al margen de la ley y en perjuicio de la capacidad previamente asignada y reconocida a mi representada”.

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