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GNL inflexible: Los impactos para el mercado chileno por cambios hechos en Perú

GNL inflexible: Los impactos para el mercado chileno por cambios hechos en Perú

Un impacto positivo para el mercado eléctrico chileno tendría el cambio realizado en Perú en el reconocimiento de costos variables para la generación de gas natural, destaca Pablo Demarco, gerente comercial de Plataforma Energía, al analizar esta medida tomada en el país vecino.

Desde su perspectiva esta iniciativa también tendría una repercusión para la industria minera local.

Cambio

¿Cuáles son los principales contenidos que tiene el cambio en el reconocimiento de costos variables para las unidades de generación hecho en Perú?

La modificación principal radica en la forma de determinar el costo de combustible destinado a generación eléctrica, en particular el costo del combustible gaseoso, donde se ha establecido que el precio de suministro será determinado como el cociente del monto facturado por la energía consumida y la cantidad de la misma energía. Esto es la consecuencia del dictamen de la Corte Suprema que vino a corregir la distorsión económica que producían las declaraciones de inflexibilidad de GNL a costo variable cero, por considerar que violaba los principios de interdicción de la arbitrariedad, igualdad de trato y eficiencia en la generación eléctrica a mínimo costo.

¿Qué impacto tiene esta medida para Chile?

El cambio instruido producirá un incremento en el precio spot de la energía eléctrica en Perú, eliminando la distorsión generada por el gas inflexible (Take or Pay). Eventualmente, este aumento de costos se traspasará a usuarios libres en Perú (industria, comercio y PYMES en general) en la medida que sus contratos lo permitan o dará pie a arbitrajes por desbalance económico. Más temprano que tarde, los mayores costos se traspasarán a los clientes finales, volviendo sus productos de exportación más caros. Esto debiera favorecer a Chile en todos los productos donde competimos con Perú.

A su juicio, ¿esto podría ser una solución en el tema del gas inflexible en Chile?

En Chile, el gas inflexible afecta el despacho eficiente de las centrales, y por ende las remuneraciones de las empresas generadoras. La propuesta planteada no soluciona del todo la inflexibilidad del gas, por lo que consideramos que se debe atender de una forma más holística. Se debe tener foco en el despacho eficiente, y considerar al mismo tiempo las restricciones operativas de las distintas tecnologías y remunerarlas debidamente, ya sea con el costo marginal de la energía, o a través de otro mecanismo, como por ejemplo los servicios complementarios.

Pablo Demarco_Plataforma Energía

¿Qué efecto podría tener esto para la minería?

Para la minería peruana que está en pleno auge, claramente es una mala noticia, ya que la vuelve menos competitiva. Sin embargo, con la discusión actual del posible superciclo de los commodities, es muy probable que sea más relevante para Chile el efecto de un nuevo royalty a la minería.

¿Qué lecciones nos plantea para el caso chileno lo realizado en Perú?

La legislación eléctrica de Perú es bastante similar a la chilena, por lo que nos beneficiamos mutuamente de nuestras experiencias y soluciones. No hay una solución perfecta, y todo debe ser adaptado a la realidad de cada país. Con lo anterior, consideramos que hay que estar abierto a mejoras de nuestra regulación, pensando siempre en el óptimo económico y la seguridad del suministro.

Valgesta Energía: GNL inflexible promedió 5,7% en la generación total del sistema entre 2018 y 2019

Valgesta Energía: GNL inflexible promedió 5,7% en la generación total del sistema entre 2018 y 2019

«Entre mayo de 2018 y diciembre de 2019 la participación del gas inflexible fue en promedio de un 5.7% de la generación total del sistema, donde los meses de julio de 2019 y agosto de 2020 fueron los más altos con un 16% aproximadamente. Esto trajo como consecuencia impactos a nivel del despacho de las unidades y disminución en el costo marginal del sistema. Según nuestros análisis estos impactos fueron zonales (en nodos específicos), dándose comportamientos diferentes en la zona norte del sistema que en la zona centro».

Así lo señala el reporte mensual de Valgesta Energía, al abordar este tema que actualmente se discute en el sector energético, planteando la relevancia de «identificar el efecto a nivel de agentes y del sistema para tener un correcto diagnóstico de esta situación. Lo que los datos nos señalan, es que los vertimientos de energía no se deben exclusivamente al gas inflexible, sino que más bien ello tiene más relación con las restricciones en materia de transmisión».

Según el análisis de la consultora, «la discusión regulatoria sobre el tratamiento del despacho de centrales en base a GNL comienza a parecerse a esos debates donde la evidencia, los datos y el diagnóstico correcto y compartido, retrocede frente a la consigna: debe cambiarse la norma porque es una «distorsión del mercado»; debe mantenerse la norma porque de lo contrario «se pone en riesgo la disponibilidad del GNL».

Además, se indica que es «evidente que la norma técnica de gas inflexible impacta el despacho de unidades y también el costo marginal, pero esto no es ajeno a otros requerimientos que tiene el sistema por razones de eficiencia y seguridad, como por ejemplo el despacho a mínimo técnico de algunas unidades del sistema, que también tiene efectos sobre el sistema, pero se entienden como necesarios para una operación más eficiente y segura a nivel sistémico».

«Por ello creemos que la evaluación de la norma de despacho de GNL debe realizarse desde la perspectiva total del sistema y si ello puede generar señales correctas o incorrectas para el futuro» se afirma.

Y se agrega: «Desde nuestra perspectiva, más que centrarse en los argumentos de “flexibilistas” o “inflexibilistas”, debiésemos estar discutiendo sobre los desafíos que tenemos en los próximos 5, 10 y 15 años. La transición energética es el punto de partida de ello. Estamos en pleno proceso de descarbonización acelerada, lo que probablemente significará que al 2030 no contemos con la mayoría de las centrales a carbón que hoy producen más del 40% de la electricidad del país; también observamos una creciente penetración de renovables que requiere de un sistema eléctrico más flexible para su operación eficiente. Junto con ello, los expertos proyectan hidrologías 20% más secas a lo que históricamente ha observado nuestro sistema para los próximos años, etc. En este contexto, tenemos que pensar qué requiere el sistema eléctrico para que opere de manera segura y eficiente, y en base a ello, cuáles son las señales adecuadas que se quieren dar al mercado».

El análisis del reporte concluye que la discusión «sobre posibles modificaciones a la regulación en general o a la norma de gas inflexible en particular, debe discutirse en base a ese contexto. Esa es una pregunta que no vemos esté desarrollando la CNE, la que debiese ser la base para construir una regulación Ad hoc».

Gas inflexible: los próximos pasos en la propuesta para cambiar la norma técnica GNL

En abril está contemplada la consulta pública sobre las propuestas de cambio a la Norma Técnica GNL, donde se aborda la temática del gas inflexible, en que se verá la propuesta preliminar realizada por la Comisión Nacional de Energía, la cual asigna un rol clave al Coordinador Eléctrico Nacional.

En lo inmediato, las opiniones del Comité Normativo sobre las propuestas serán vistas durante este mes y marzo, con la idea de tener un documento en borrador sobre los cambios para el 15 de marzo, mientras que sus comentarios esperan estar hasta el 26 de marzo, de acuerdo con las estimaciones del organismo regulador.

Estudio

Un eje central de la propuesta de la CNE es el estudio anual que deberá realizar el Coordinador Eléctrico sobre la Proyección de Generación de Unidades GNL (Estudio GNL), cuya finalidad sería determinar los volúmenes máximos de este combustible que pueden ser declarados en condición inflexible por cada Empresa GNL para el año calendario siguiente.

Este estudio podría recibir observaciones por parte de las empresas coordinadas como de discrepancias ante el Panel de Expertos, por lo que se estima que en agosto de cada año se publicaría su versión definitiva.

Según la propuesta, una vez que se publique el Estudio GNL la empresa generadora con este combustible tiene dos alternativas: nominar en el Programa Anual de Entregas (ADP en inglés) una cantidad de buques menor o igual al señalado en el estudio. También puede optar por nominar en el ADP una cantidad de buques mayor a lo indicado en el estudio.

Solo las empresa que escojan la primera alternativa «tendrán la posibilidad de que sus volúmenes de GNL puedan ser declarados en condición de inflexibilidad», debiendo informar a la CNE lo que han seleccionado.

Además, los volúmenes de GNL que puedan optar a condiciones de inflexibilidad, deberán estar asociados a contratos con cláusulas que incorporen la posibilidad de postergar los volúmenes del combustible para periodos distintos al ADP, así como reemplazar los volúmenes de GNL originalmente incluidos en el Programa Anual de Entregas o destinarlos para fines distintos a los originales.

Los antecedentes que se utilizarían para el estudio deberán ser actualizado por el Coordinador Eléctrico, en que se debe establecer si los requerimientos del recurso energético son menores, iguales o superiores al Estudio.

Al respecto, el análisis realizado por Andrea Olea, asociada a Guerrero Olivos, señala: «Si a partir de los resultados de dicha actualización se constata que los requerimientos de GNL del SEN son menores a los determinados en el Estudio GNL, entonces el Coordinador deberá comunicar a las Empresas Generadoras GNL aquellos volúmenes que no podrán optar a la condición de inflexibilidad, siempre que las Cláusulas de Flexibilidad sean aún ejecutables. Si por el contrario, los resultados demuestran que los requerimientos sistémicos serán mayores a los determinados en el Estudio GNL, el Coordinador deberá comunicar a las Empresas Generadoras GNL los volúmenes adicionales que podrán optar a la condición de inflexibilidad».

Inflexibilidad evitable

En la propuesta de la CNE se considera la condición de Inflexibilidad Evitable, que busca anticipar la utilización de volúmenes de GNL que se prevé serán considerados inflexibles y ocurrirá si 42 días antes del próximo embarque de GNL se determina que el uso de gas proyectado es menor que el volumen de gas disponible.

En este caso, el Coordinador deberá considerar volúmenes de dicho gas en la programación de la operación, permitiendo su utilización parcial por cada semana. «Si con una semana de anticipación al embarque de GNL la Condición de Inflexibilidad Evitable se mantiene, el volumen de GNL remanente pasará a condición de inflexibilidad», explica Andrea Olea.

La propuesta también plantea que las disposiciones de la Norma Técnica GNL «no aplican a contratos de suministro de GNL que no estén asociados a buques ni a centrales con capacidad menor a 50 MW, por lo que excluye a centrales PMGD y PMG. Asimismo, considera que la condición de inflexibilidad no será aplicable a los volúmenes de gas natural provenientes de Argentina».

Gas inflexible: empresas renovables presentan recurso ante la Corte Suprema para que TDLC de continuidad al juicio contra la CNE

Gas inflexible: empresas renovables presentan recurso ante la Corte Suprema para que TDLC de continuidad al juicio contra la CNE

Las empresas Eléctrica Puntilla e Hidromaule presentaron un recurso de hecho ante la Corte Suprema, en contra de la resolución dictada por el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC), luego de que pretendiera poner término al juicio en que se demanda a la Comisión Nacional de Energía (CNE). Esto, por infringir las normas de defensa de la libre competencia al establecer mediante una Norma Técnica la condición de inflexibilidad del GNL, favoreciendo a las empresas dominantes del mercado de generación eléctrica en desmedro de las pequeñas empresas de energía renovable, afectando la eficiencia económica del mercado eléctrico.

Así, el recurso de hecho busca que la Corte Suprema ordene la prosecución y continuidad del juicio legalmente iniciado. También tiene por objetivo que se determine si la CNE atentó a la libre competencia, que se impongan las sanciones que correspondan y que se ponga término a esta conducta anticompetitiva.

De igual modo, el escrito destaca que el Tribunal ignoró una sentencia previa del Máximo Tribunal cuando, el 12 de noviembre de 2021, zanjó la naturaleza jurídica de la Norma Técnica- y lo acusa de pretender reemplazar el juicio ya iniciado por un proceso de recomendación normativa.

En definitiva, el recurso de hecho señala que el TDLC de manera arbitraria y abusiva pretende poner término al juicio, mediante una excepción dilatoria de corrección del procedimiento, infringiendo el Derecho a Accionar ante los tribunales de justicia, que a su vez constituye una de las garantías constitucionales reconocidas en el artículo 19 Nº 3 y un deber de todo Tribunal de justicia en los términos prescritos por el artículo 76 de la Constitución Política de la República.

El abogado Mario Bravo afirmó: “No tenemos dudas de que la Corte Suprema revertirá este fallo y ordenará la prosecución del juicio legalmente iniciado y en definitiva se declarará que la CNE ha impedido y entorpecido la libre competencia en el mercado de generación eléctrica desde el año 2016 a la fecha”.

Bravo agregó que “la demanda se basa en que la CNE ha promovido y renovado una norma administrativa que establece la condición de Inflexibilidad para el GNL, la cual distorsiona los precios en el mercado spot de energía y genera efectos gravemente atentatorios para las pequeñas empresas de generación renovable, en favor de los generadores dominantes del mercado eléctrico que utilizan combustibles fósiles y que se hicieron parte en el juicio cómo coadyudantes de la CNE”.

Gas inflexible: TDLC inició expediente de recomendación normativa

Gas inflexible: TDLC inició expediente de recomendación normativa

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia ordenó dar inicio al procedimiento contemplado en el artículo 31 del Decreto Ley N° 211 (“D.L. N° 211”), respecto del ejercicio de la facultad establecida en el artículo 18 N° 4 del mismo cuerpo legal, sobre la compatibilidad de la “Condición de Inflexibilidad”, contenida en la Norma Técnica para la Programación y Coordinación de la Operación de Unidades que Utilicen GNL Regasificado, aprobadas por la CNE mediante Resolución Exenta Nº 626 de 23 de agosto de 2016; y modificada por Resoluciones Exentas Nº 376 de 21 de junio de 2019 y Nº 411, de 13 de octubre de 2021, con las normas de defensa de la libre competencia.

Se ordenó, además, publicar un extracto de la referida resolución en el Diario Oficial, y oficiar a diferentes autoridades a fin de que éstos, así como quienes tengan interés legítimo, aporten antecedentes dentro del plazo de 30 días hábiles, contados desde la publicación del extracto en el Diario Oficial.

«De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 31 del D.L. N° 211, solo aquellos que aporten antecedentes en el plazo antes indicado y que confieran patrocinio a algún abogado habilitado para el ejercicio de la profesión, podrán manifestar su opinión en la audiencia pública a que se refiere el numeral 3) de dicho artículo», informó el organismo.

«Quienes aporten antecedentes deberán indicar una dirección de correo electrónico en sus presentaciones a fin de imponerlos del estado de la causa cuando el Tribunal lo estime necesario», agregó el TDLC.