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HidroAysén afina estrategia judicial para hacer frente al no del Comité de Ministros

(Pulso) El próximo 27 de agosto vencería el plazo legal para que HidroAysén apele a la resolución del Comité de Ministros que revocó el permiso ambiental del proyecto.

Por lo pronto, el equipo legal de la empresa -en la que son socias Endesa y Colbún- está trabajando evaluando distintas estrategias judiciales. Todo liderado por el gerente legal de la firma, Camilo Charme, y con la asesoría de los estudios Vergara, Galindo Correa Abogados y Cubillos Evans Abogados.

Este miércoles 30 de julio, el directorio de HidroAysén -presidido por el gerente general de Endesa, Joaquín Galindo Vélez- se reunirá por primera vez luego que el Comité de Ministros adoptara la resolución en contra de la compañía.

Ahí se entregarían las primeras luces sobre la estrategia legal que se podría seguir. Y ya han trascendido varias alternativas. Una de éstas es que no se apele a la resolución del comité.

No obstante, los equipos de abogados están analizando las implicancias que esto podría tener en el directorio de HidroAysén, pero también en los consejos de Endesa y Colbún.

En efecto, en caso que no se apele las empresas socias del proyecto deberían asumir la pérdida en los resultados de este año de toda la inversión que ya han realizado en HidroAysén, que ronda los US$320 millones.

En un informe, BanChile estimó que el impacto en Endesa alcanzaría al 9,5% de las utilidades antes de impuestos previstas para 2014. En Colbún, sería del 49,4%.

Frente a esto, los abogados están analizando un eventual escenario que sería una demanda de algún accionista minoritario en contra de los directores, lo cual se podría fundamentar en el Artículo 41 de la Ley de Sociedades Anónimas: “Los directores deberán emplear en el ejercicio de sus funciones el cuidado y diligencia que los hombres emplean ordinariamente en sus propios negocios y responderán solidariamente de los perjuicios causados a la sociedad y a los accionistas por sus actuaciones dolosas o culpables”.

Apelación

Otros dos caminos, en caso que se decida apelar, son reclamar de manera simultánea en tribunales ambientales de Santiago y Valdivia.

Esto debido a que la Ley Sobre Bases Generales del Medio Ambiente establece que cualquier apelación se debe llevar a cabo en el tribunal del domicilio del órgano que dictó el acto.

En Santiago, porque la última resolución del Comité de Ministros se efectuó en la capital. En tanto, en Valdivia porque HidroAysén recibió su RCA en la zona austral, y este tribunal de la Región de Los Ríos tiene potestad para evaluar estos proyectos.

En caso de reclamar el análisis no está acotado a los aspectos de fondo que invoca el Comité de Ministros para revocar la RCA, sino que también a los aspectos jurídicos. En esa línea, fuentes consultadas por PULSO coinciden en que una de las figuras jurídicas que ha servido de análisis es el denominado “decaimiento”. El concepto radica en el agotamiento de la vía administrativa para adoptar ciertas decisiones por un plazo determinado.

“Sólo en los últimos años la Corte Suprema ha acogido una serie de recursos de reclamación interpuestos por empresas reguladas por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles y que habían sido sancionadas, pero que habían transcurrido dos años desde los hechos. En este caso se produce algo similar”, detalla una alta fuente ligada a HidroAysén.

Energía Austral opta por trazado submarino para línea de transmisión

(Pulso) Aunque el proyecto Hidroaysén sufrió un fuerte traspié luego de que el Comité de Ministros le revocara su permiso ambiental, la opción de explotar los recursos hídricos de la región de Aysén no está del todo enterrada.

El segundo proyecto hidroeléctrico de la región, el complejo Energía Austral, está avanzando en la definición de la línea de transmisión que conectará la o las centrales de generación con el Sistema Interconectado Central (SIC), proceso que ahora considera dos alternativas: una mayormente submarina y otra aérea, pero que de todas maneras incluiría un tramo por debajo del mar.

El gerente general de Energía Austral, Alberto Quiñones, realizó una presentación en el marco del Foro SIC, evento organizado por el Grupo Editorial Editec en la que dio a conocer algunos detalles del proyecto.

La empresa, cuya propiedad comparten Glencore (66%) y la australiana Origin Energy (34%), ya consiguió la aprobación ambiental de su proyecto Cuervo, que considera una capacidad instalada de 640 MW y que actualmente se encuentra a la espera de la resolución de la Corte Suprema sobre un recurso de protección que ya fue desestimado por la Corte de Apelaciones de Coyhaique.

Pero a pesar de que todavía no se resuelve la arista judicial, la empresa ha avanzado en el proyecto de transmisión por dos vías: una técnica y la otra social.

Sobre este último trabajo, Quiñones señaló que se ha desarrollado un proceso de diálogo con alcaldes de diez comunas, comunidades indígenas, industria del salmón, ONGs, pescadores artesanales y otros, para conocer su visión respecto del proyecto de transmisión.

En materia técnica, se ha realizado estudios de batimetría y perfiles sísmicos.

En relación con el trazado, tanto la alternativa mayormente submarina como aquella mayormente aérea evitan la zona del Parque Marino Tic Toc, en la zona de Chaitén y de reciente creación.

“En el análisis de nuestras opciones, buscamos lograr un proyecto que considere aspectos técnicos, económicos, sociales y ambientales. En este marco, el diseño del proyecto se hará sobre la base de cuatro criterios generales: áreas protegidas, intereses sociales y productivos, accesibilidad y seguridad”, planteó Quiñones.

Según el ejecutivo, la valoración que la empresa ha hecho de la transmisión submarina se debe a que se trata de una tecnología probada, con más de 60 años de uso en el mercado internacional, que el tipo de cable que utilizaría Energía Austral, de un voltaje de aproximadamente 500 kV es un cable estándar en el mercado, a que el bloque de potencia y la distancia involucrada hace que sea un proyecto estándar en el contexto del mercado internacional, y a que si se consideran todos los costos directos e indirectos se trata de una tecnología competitiva.

Además planteó que considerando el bloque de potencia y la distancia involucrada, “un trazado submarino es factible sólo usando tecnología de corriente continua HVDC”.

Colbún mantiene defensa a HidroAysén y Endesa se centra en Neltume

(Pulso)

La falta de “consistencia técnica” en el rechazo a HidroAysén

Empresa dio su opinión sobre la decisión del Comité de Ministros en un prospecto de bonos enviado a la SEC de EEUU.

”No hay consistencia técnica entre los fundamentos jurídicos descritos por el Comité de Ministros y los datos técnicos”. Con esa dura frase Colbún se refirió a la decisión de la instancia interministerial, que hace algunas semanas decidió revocar el permiso ambiental que había obtenido el proyecto hidroeléctrico HidroAysén.

La compañía, propietaria del 49% de la desarrolladora del proyecto -en el que está asociado con Endesa- manifestó que más allá de esta contingencia legal, apoya la visión del directorio de HidroAysén, que manifestó que se requiere de una política de ordenamiento territorial y un acuerdo nacional antes de seguir avanzando en su materialización.

La compañía emitió estas declaraciones en un prospecto legal remitido a la SEC de EEUU, en el marco de un proceso de colocación de bonos por US$500 millones en ese mercado. Colbún añadió que a la fecha ha invertido US$125 millones en HidroAysén mediante aportes de capital, monto que debería ajustarse en los próximos períodos.

“HidroAysén está explorando todas las opciones legales para revertir esta decisión, incluyendo pedir invalidación de la decisión del Comité, una vez notificado formalmente, mediante la presentación de un recurso de casación ante el Tribunal Ambiental en defensa de la legalidad de la RCA del proyecto”, planteó la firma en el documento.

Respecto a sus demás proyectos, Colbún informó que está trabajando en los estudios de factibilidad y ambientales para desarrollar un proyecto hidroeléctrico por 500 MW basado en derechos de agua que posee, en referencia a Guaiquivilo Melado, ubicado en la Región del Maule. Además, está evaluando diversas iniciativas de energías renovables no convencionales (ERNC).

El año pasado, la compañía firmó un acuerdo con Comasa Generación para adquirir atributos de ERNC, requeridos por la ley de fomento a las energías renovables. Un segundo acuerdo fue alcanzado con Acciona Energía, para la adquisición de energía de la central eólica Punta Palmeras.

Acusación a comunidades de restarse de proceso de consulta

Endesa manifestó a la Suprema que la comunidad Inalfken -que cuestionó el proyecto- no ha participado de la consulta indígena, “vulnerando la buena fe” del proceso.

Luego del episodio de HidroAysén, Endesa se propuso defender a toda costa su proyecto Neltume (490 MW)

La compañía ligada al grupo ENEL manifestó a la Corte Suprema que la comunidad indígena Inalafken, que presentó un recurso de protección contra la central aludiendo vicios en la aplicación del Convenio 169 de la OIT, se ha restado de participar en las distintas etapas de consulta “vulnerando la buena fe de este proceso”.

Según Endesa, “la consulta indígena, actualmente en trámite, ha contemplado a lo menos cinco sesiones de encuentro entre la autoridad ambiental y seis comunidades”. Sin embargo, la agrupación demandante “hasta este momento se ha negado a participar”.

Según la eléctrica, se invitó a la comunidad el pasado 15 de enero, a una cita clave para conocer las alternativas de descarga del lago Neltume, dando cuenta de los impactos y costos que cada una de ellas implicaría.

“Llama la atención que una comunidad que ha sido renuente a participar en el proceso de consulta, y otra que se manifiesta escéptica a su respecto, puedan efectuar observaciones y alegaciones”, expresa un escrito enviado por la firma.

Inhabilidad en el SEA

Paralelamente, en la antesala de la notificación del Servicio de Evaluación Ambiental a HidroAysén, el director ejecutivo de la entidad decretó la inhabilidad del jefe de la división jurídica del servicio, Walter Traub Ramós.

Previamente el abogado informó al titular del SEA, Jorge Troncoso, que requería restarse del proceso de revisión e invalidación del Comité de Ministros y resolución de las reclamaciones presentadas por el caso Hidroaysén. ¿La razón esgrimida? El abogado prestó servicios a Endesa hasta el 9 de mayo del presente año.

SMA comienza etapa final del proceso sancionatorio contra Central Bocamina

SMA comienza etapa final del proceso sancionatorio contra Central Bocamina

(Diario Financiero) Tras poco más de un año de que se recibiera una denuncia en contra de Central Bocamina de Endesa, la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) comunicó a los interesados que tendrán un máximo de siete días hábiles más para presentar sus observaciones respecto de las diligencias y antecedentes que fueron parte del proceso sancionatorio.

Este es el último paso antes de que el organismo fiscalizador de a conocer su dictamen final y una eventual multa, lo que no debería pasar del mes de julio, explican conocedores de este tipo de procesos.

El caso se abrió en mayo del año pasado y fue evolucionando, hasta que en noviembre de 2013 la superintendencia del ramo reformuló cargos y agregó que la empresa había iniciado su proyecto de optimización, que modificaba el proyecto de ampliación, sin una Resolución de Calificación Ambiental adecuada.

“Esta es una infracción calificada como gravísima, por cuanto corresponde a la ejecución de un proyecto fuera del Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental, de conformidad a lo resuelto por la Corte Suprema”, dijo la SMA en su momento.

Luego de eso, en diciembre, la empresa aceptó parcialmente los cargos y, respecto al cuestionamiento principal, pidió recalificar la infracción de gravísima a grave.

Obras cuestionadas por Convenio 169 suman US$10.000 millones

(Pulso) Casi 20 años tomó al Estado de Chile ratificar el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT). Chile fue el último país en Latinoamérica en respaldar la normativa que alude a los derechos de los pueblos indígenas, pero sus repercusiones siguen hasta el día de hoy.

El convenio obliga a Chile a realizar un proceso de consulta previo a los proyectos de inversión, pero el problema es la ambigüedad de la reglamentación.

Conceptos como afectación directa y a quién se le pregunta se han convertido en verdaderos dolores de cabeza para inversionistas y abogados.

El espíritu del Convenio 169 es que exista un acuerdo de buena fe entre las empresas que busquen desarrollar una iniciativa con las comunidades indígenas aledañas a la misma. Eso significa que para hacer un proyecto de inversión debe existir un entendimiento o consentimiento de las agrupaciones ancestrales.

Sin embargo, justamente eso no queda claro en el último cuerpo legal que lleva a la práctica el Convenio: el Decreto Supremo N°66.

En efecto, según cifras obtenidas a través del Servicio de Evaluación Ambiental, unos US$10 mil millones suman los proyectos de inversión cuestionados por comunidades indígenas  a través del Convenio 169 de la OIT.

Aquí el baglock es amplio. Hay desde proyectos mineros como Pascua Lama, hasta un proyecto de incremento de producción en una piscicultura del lago Caburga.

Sólo en la última semana dos grandes proyectos por más de US$1.000 millones llegaron a la justicia: Endesa deberá defender la central hidroeléctrica Neltume (US$780 millones) en la Corte Suprema luego que un grupo de comunidades impugnara la consulta indígena de dicho proyecto, situado en la Región de los Lagos. La compañía ya tiene un punto favor: la Corte de Apelaciones le dio la razón, que es lo que fue apelado ante el máximo tribunal del país.

A esto se suma el conflicto que está enfrentando la minera BHP por la ampliación de Cerro Colorado (US$467 millones de inversión). Esto luego que un grupo de comunidades aymarás cuestionara la iniciativa obras de protección de cause de la operación. El conflicto se encuentra actualmente en la Corte de Apelaciones de Iquique.

Suma y sigue. Un caso emblemático es lo que ha vivido el proyecto minero El Morro, de la canadiense Goldcorp.

El problema surgió luego que la misma comunidad rechazara participar en el proceso de consulta indígena.

Esto obligó a la autoridad regional a continuar con el proceso de evaluación, pese a que no se llevara a cabo el proceso de consulta. Vale decir, se generó una segunda Resolución de Calificación Ambiental, poniendo la institucionalidad ambiental a prueba.

Frente a esa RCA hubo distintos recursos de protección por parte de las comunidades y que fueron zanjados por la Corte de Apelaciones de Copiapó.

“Lo interesante del fallo es que la consulta indígena no sólo establece derechos para las comunidades, sino que también obligaciones. Las comunidades deben actuar de buena fe”, acota el ex director del Servicio de Evaluación Ambiental, Ricardo Irarrázabal.

El dictamen señala además que no existe un derecho de veto de parte de la comunidades indígenas respecto a los proyectos.

Sin embargo, lo que diga la Corte Suprema respecto a esta iniciativa será muy relevante, puesto que esta iniciativa también llegó al máximo tribunal del país.

Pese a todo, las empresas han aprendido la lección y están dando vuelta la página invirtiendo en lograr el apoyo de las comunidades.

“En una primera fase, en Chile se desconocía este elemento; las mismas empresas confundían su aplicación del Convenio 169 con la aplicación de la consulta ciudadana. Ahora ha pasado un tiempo y se ha entendido gradualmente que la consultad indígena tiene un estándar de cumplimiento mayor que el de la antigua consulta ciudadana que se contemplaba  en la tramitación ambiental”, sostiene el abogado Lorenzo Soto.

No obstante, Juan José Eyzaguirre, socio de Philippi, Yrarrazaval, Pulido & Brunner, insiste en que la actual normativa tiene falencias. “Persisten dudas en torno a conceptos muy relevantes y que constituyen la piedra angular de la aplicación de la consulta, como son la susceptibilidad de afectación e instituciones representativas, ambos términos en que aún no existe consenso respecto a sus alcances”, acota.

A su juicio, la aplicación de esta nueva regulación requerirá de un periodo de “asentamiento” donde se irán generando precedentes y surgiendo nuevas problemáticas.

“Su aplicación debe ser progresiva y sobre la base de dichas experiencias, probablemente surgirá la necesidad de nuevas regulaciones y precisiones”, añade.

Para los expertos, un buen punto de partida es que la actual administración fije en el Decreto Supremo N°66 un nuevo concepto sobre afectación directa, pero la tarea es compleja.

“Eso es clave para definir cuándo se consulta. Eso no fue una materia de consenso, y muchos indígenas terminaron abandonando la mesa que impulsó el anterior gobierno”, acota el académico de la UDP, Claudio Fuentes. “Aquí no hay tema de bloqueo”, agrega Ricardo Irarrázabal. A su juicio, el actual sistema de evaluación cuenta con distintas herramientas y últimos fallos de la Corte Suprema respaldan la institucionalidad ambiental. Esto es ratificado por el ex jefe de la Unidad de Asuntos Indígenas del Ministerio de Desarrollo Social, Matías Abogabir, quien defiende la gestión de la administración anterior. “El proceso fue muy exitoso porque nos permitió hablar de igual a igual entre los pueblos indígenas, las empresas y el Gobierno”, afirma.

Desde el Ministerio de Desarrollo Social señalaron a PULSO que problemas de agenda dificultaron a la secretaria de Estado María Fernanda Villegas entregar su visión para este reportaje.