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Fallo sobre Bocamina II mantiene en duda si Endesa podrá operar la central

Ago 13, 2014

Dictamen -que condenó a una multa de US$7,8 millones- no aclara si la RCA obtenida en 2007 es suficiente para reabrir la unidad o se deberá conseguir una nueva RCA, hoy en trámite.

(Pulso) El dictamen de la Superintendencia del Medio Ambiente respecto de la termoeléctrica Bocamina II aclaró un punto clave, que fue la sanción: Endesa Chile, dueña de la central, fue multada con US$7,8 millones por incumplimientos ambientales. Pero la SMA no esclareció otra duda tanto o más relevante. ¿Puede volver a funcionar?

Endesa Chile obtuvo un permiso ambiental en 2007, el que autorizaba la construcción de una unidad a carbón en la ciudad de Coronel con una capacidad máxima de 350 MW. Sin embargo, el proyecto que finalmente se construyó fue sustancialmente distinto, pues desde la potencia -la central puede generar 20 MW más que lo autorizado- hasta incluso la disposición final de los equipos dista de lo aprobado originalmente.

Para regularizar estos cambios, la compañía ingresó en diciembre de 2013 un proyecto de optimización, que permitía generar a la potencia máxima de la central -370 MW versus los 350 MW aprobados inicialmente- además de validar otros cambios de ingeniería en la unidad.

Este mismo proyecto ya había sido aprobado por la autoridad ambiental en 2012, pero luego fue rechazado tras un fallo de la Corte Suprema En su reciente dictamen, la SMA sólo señala que Bocamina II puede volver a operar en caso de contar con permiso ambiental. Una obviedad pero que, en este caso, no es tan claro, pues no es tajante sobre si puede volver a operar con la RCA obtenida en 2011 o deberá esperar a que se apruebe el proyecto de optimización.

“En relación a la elusión sancionada se hace la prevención que (…) los proyectos o actividades señalados sólo podrán ejecutarse o modificarse previa evaluación de su impacto ambiental de acuerdo con la normativa vigente”, señala el dictamen de la SMA respecto a esta discrepancia.

Eso sí, antes de tomar cualquier decisión, Endesa deberá esperar a que se levante la Orden de No Innovar por parte de la justicia ordinaria.

Poca claridad

“Si me preguntas si Endesa está autorizada a operar la optimización de su proyecto segunda unidad Bocamina, o la modificación de su proyecto segunda unidad Bocamina yo te digo que no, porque no tiene una RCA aprobada”, señaló el titular de la SMA, Cristian Franz.

“En la medida que el proyecto original, regulado en sus condiciones y obligaciones del 2007, con esa descripción de proyectos, el proyecto puede operar”, añadió.

El abogado representante de los pesqueros de Coronel, Lorenzo Soto, si bien reconoce que el fallo no es todo lo claro que esperaba, cree que Endesa cometerá una imprudencia si en base a la decisión de la SMA decide volver a encender la carbonera.

“Esperamos que Endesa no tome una decisión imprudente como intentar reanudar la operación de Bocamina II sin que resuelva todos los temas pendientes ambientales, sociales y económicos que tiene con el sector pesquero artesanal de Coronel”, señaló Soto.

Consultada la empresa sobre este punto, no se quiso referir. No obstante, una fuente ligada a la eléctrica dijo que el proyecto de optimización es indisoluble a Bocamina II, por lo que sería imposible volver a las condiciones aprobadas en la RCA de 2007.

Mediante un hecho esencial, Endesa Chile informó al mercado sobre la resolución del regulador ambiental, añadiendo que dicha resolución no se encuentra a firme.

Adicionalmente, la eléctrica informó que “se encuentra evaluando las acciones legales a seguir y los efectos financieros asociados, los que serán informados tan pronto se cuente con dicha evaluación”.

Para desarrollar su apelación, Endesa podrá recurrir mediante un Reclamo de ilegalidad al Tribunal Ambiental de Valdivia en un plazo de 15 días hábiles.

De acuerdo a los argumentos de la empresa, la unidad dos cuenta con un permiso ambiental aprobado en 2007, el que le permite operar a 350 megawatts (MW) y que ha desarrollado optimizaciones las cuales están en tramitación ambiental.

La empresa afirma que los ajustes u optimizaciones de diseño incorporadas tenían por objeto mejorar el funcionamiento ambiental y de seguridad de suministro.

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