Q

En Jornadas de derecho de energía solicitan estabilidad en cambio constitucional

Ago 11, 2015

Módulo sobre reformas a la Constitución y desarrollo energético inició la versión XV del encuentro, organizado por la Universidad Católica, donde también se analizaron las modificaciones a la transmisión y al acceso abierto, entre otros temas.

Eugenio Evans, director de las Jornadas de Derecho UC, en su exposición sobre «Cambio constitucional y desarrollo energético», planteó que la modificación de la Constitución no debe dar inestabilidad al sector eléctrico nacional ni al desarrollo de futuros proyectos de inversión privada.

Con el módulo «Institucionalidad vigente y cambios regulatorios» se dio inicio a las XV Jornadas de Derecho de Energía de la Universidad Católica, que este año está enfocada a la transmisión, acceso abierto y tarifas, además de puntos como cambios regulatorios, la potestad tarifaria y el funcionamiento de los CDECs.

Según Evans, el nivel de desconfianza que vive actualmente el país dificulta la realización de cambios institucionales, aunque sostuvo que si se lleva adelante esta reforma, se debe cautelar el rol del sector privado en la industria energética.

Marina Serrano, abogada española, analizó el proyecto que modifica la ley de servicios de gas en Chile, señalando que el régimen de libertad tarifaria «se ve en cierta medida constreñido por cuanto determinadas modificaciones en el proyecto de ley podrían, eventualmente, llevar a una aplicación más generalizada del régimen de fijación de tarifas».

A su juicio, la reducción de la tasa de retorno del capital podría afectar el incentivo a expandir la red de distribución del gas natural.

Por su lado, Enrique Sepúlveda, abogado de la Universidad Complutense de Madrid, se refirió a la «independencia en la resolución de conflictos», precisando que la Corte Suprema ha señalado que el panel de expertos no goza de una total independencia, debido a que su financiamiento procede de las empresas eléctricas y de gas.

Eso sí, el jurista indicó que en la ley corta I se establece la independencia del panel de expertos en cuanto a inhabilidades y la incompatibilidad para que sus miembros sean funcionarios públicos.

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL

Suscríbete al Newsletter Revista Electricidad