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DGA: Más de $44 mil millones pagarán por patentes quienes no usen el agua

Ene 15, 2016

Proceso de cobro se inicia oficialmente este viernes 15 con la publicación del listado en Diario Oficial, donde $4.200 millones alcanza el derecho de mayor monto, en el río Puelo.

Este viernes 15 de enero, tal como establece la Ley, se publicó en el Diario Oficial y diversos medios impresos y electrónicos del país la lista de derechos de aprovechamiento de aguas afectos al pago de patentes por no uso.

De acuerdo a lo informado por la Dirección General de Aguas (DGA), «se trata de un total de 4.933 derechos, tanto consuntivos (agua que se usa y no se devuelve al cauce) como no consuntivos (agua que se usa y luego retorna al cauce, como el caso de hidroelectricidad y acuicultura), que en forma conjunta suman 995.608 UTM (más de $44.700 millones) y que sancionan el no uso efectivo del recurso. Del total de derechos afectos al pago de patente, son los derechos no consuntivos los que representan mayores caudales y, por ende, mayores montos».

“El cobro anual de una patente por la no utilización del recurso hídrico busca desincentivar prácticas como la especulación y el acaparamiento del agua. Básicamente apuntamos a que el agua que no es usada se libere para quienes realmente tienen proyectos”, expresó Carlos Estévez, director general de Aguas del MOP.

Dicha patente se determina en base a la existencia de obras asociadas al uso del agua, sancionando a aquellos titulares de derechos de aprovechamiento de aguas que no hayan construido las obras necesarias para la captación y/o de restitución (para el caso de los derechos de aprovechamiento no consuntivos) tanto en aguas superficiales como subterráneas.

El cobro de la patente ha significado por una parte que particulares y empresas opten por pagar la multa, o bien eximirse de su pago mediante la renuncia de derechos. Sin embargo, el Ejecutivo considera que el sistema puede mejorarse. Es por eso que dentro de las modificaciones al Código de Aguas (Boletín 7543-12) actualmente en discusión en la Cámara de Diputados, se propone un mecanismo para perfeccionar el sistema.

“Luego de casi una década de aplicación, estamos apuntando a un procedimiento de remate más expedito y menos costoso para el Fisco. Al mismo tiempo, se propone eliminar el máximo establecido para la patente, en la medida en que se extiende en el tiempo la no ejecución de obras de aprovechamiento de las aguas. Esto será importante para posibilitar la profundización del mercado de generación energético, incentivando a quienes mantienen derechos sin proyectos asociados,  a devolverlos”, explicó  Estévez.

Además, vencidos todos los plazos que dispone el proyecto de ley, se podrán extinguir los derechos de aprovechamiento por su no uso. “Sin embargo, este plazo se puede suspender si el titular demuestra que ha sido diligente frente a un trámite en la administración o por existir una orden de no innovar en tribunales, por ejemplo”, clarificó el titular de la DGA.

Exenciones

Desde su entrada en vigencia, en 2007, esta patente ha significado una recaudación de 4.322.210,92 UTM. Solo para el período 2014, por ejemplo, alcanzó las 697.657,96 UTM – más de 30 mil millones de pesos, en tanto que durante 2015  significó una recaudación total de $ 31.275 millones

El pago de estas patentes implica la recaudación de fondos para el Fisco, los que se dividen entre el Fondo Nacional de Desarrollo Regional (FNDR) de cada gobierno regional (65%); los municipios, en proporción a la superficie de las comunas donde sea competente el Conservador de Bienes Raíces en cuyo registro figuren las inscripciones respectivas (10%), y los fondos fiscales del gobierno central (25%).

Una excepción se relaciona con comunidades indígenas, ya que según lo establecido en la Ley Indígena, si sus derechos de aprovechamiento de agua fueron adquiridos con recursos del Fondo de Tierras y Aguas Indígenas de CONADI, podrán solicitar ser eliminados de la lista mediante la presentación del respectivo recurso de reconsideración debidamente fundado.

Los titulares nombrados en la publicación podrán recurrir a la DGA mediante la presentación de un recurso de reconsideración hasta el 26 de febrero de 2016, si consideran que los datos publicados son incorrectos, lo que permitirá un proceso de revisión del caso y, que podría redundar en eximirse del pago.

Este tributo deberá pagarse ante la Tesorería General de la República, institución a cargo de su recaudación, durante el mes de marzo de cada año, según lo establecido en el artículo 129 bis 7 del actual Código de Aguas. El no pago de la patente podría provocar el remate del derecho.

Las 10 patentes más altas del período se asocian a derechos no consuntivos en la zona sur y austral del país:

[Reforma al Código de Aguas: ex directores de la DGA acusan que últimas indicaciones son inconstitucionales]

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