La Corte de Apelaciones de Santiago fijó en 2.000 UTM el monto de la multa que deberá pagar la empresa distribuidora de gas Abastible S.A., por no facturar oportunamente el consumo de aproximadamente el 4% de su cartera de clientes, entre septiembre de 2021 y junio de 2022.
En fallo unánime (causa rol 21-2024), la Novena Sala del tribunal de alzada rebajó el monto de la sanción impuesta originalmente por la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC), en proporción a las infracciones probadas.
De acuerdos con los cargos formulados, a partir de infracciones constatadas por la SEC, no se efectuó la facturación de los consumos de gas a 6.295 clientes y/o consumidores, entre los meses de septiembre de 2021 a junio del año 2022, “incumpliendo el artículo 50 del Decreto Supremo N° 67, de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción que aprueba reglamento de servicio de gas de red, en relación con el artículo 36 del DFL N° 323, de 1931, del Ministerio de Interior, Ley de Servicio de gas”.