De acuerdo a lo establecido en el Decreto Supremo N° 130/2011, el Coordinador Eléctrico Nacional publicó el Informe Anual de Definición y Programación de Servicios Complementarios (SS.CC.), el que deberá recibir observaciones de las empresas coordinadas (generadoras y transmisoras).
El Informe presenta, por un lado, la definición de los diferentes servicios, con su respectivo respaldo en términos de la funcionalidad que aporta a lo establecido y en cumplimiento de los estándares definidos en la Norma Técnica de Seguridad y Calidad de Servicio (NTSyCS).
Por otro lado, se especifican los recursos disponibles en cada sistema, identificando su tipo, propietario u operador, y la cuantía del recurso mismo.
Además se especifican los equipos y el equipamiento necesarios de habilitar y/o instalar para el cumplimiento de la prestación de los SS.CC.
Algunos de los servicios identificados en el Informe que el Coordinador puso a observación de los Coordinados, son: Control de Frecuencia; Control de Tensión; Desconexión de Carga; Plan de Recuperación de Servicio, entre otros.
Las observaciones al Informe deberán hacerse mediante carta al Coordinador, a más tardar el día 27 de marzo 2017.
[Monitoreo de la competencia: Dónde pondrá la lupa el Coordinador Eléctrico Nacional]