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Contraloría ratifica legalidad de eliminación de la compensación tipo B del impuesto verde aplicada por la CNE

Jul 22, 2024

Esta medida ha generado ahorros de casi $8.000 millones para los suministradores renovables y en el balance 2024 redujo un 98,9% el valor total de compensaciones pagadas por todos los generadores.

Un ahorro de aproximadamente $7.800 millones para el parque generador renovable del país ha generado la eliminación de la compensación tipo B del impuesto verde a las emisiones de gases contaminantes, llevada adelante por la Comisión Nacional de Energía (CNE), mediante la Resolución Exenta N° 149, emitida en abril de 2023, cuya legalidad fue refrendada por un dictamen de la Contraloría General de la República dado a conocer el 19 de julio.

Dicho acto administrativo de la CNE fue una de las primeras medidas materializadas de la Agenda Inicial para el Segundo Tiempo de la Transición Energética, del Ministerio de Energía, el cual dejó sin efecto la Resolución Exenta N° 52, de enero de 2018, que incorporaba la denominada compensación tipo B en la Resolución Exenta N° 659 de 2017, que implementa el artículo 8° de la Ley N° 20.780.

Los objetivos de este ajuste al sistema de compensación de impuestos verdes, que en el balance 2024 redujo un 98,9% el valor total de compensaciones pagadas por todos los generadores respecto al año anterior, son avanzar en la descarbonización de la matriz eléctrica y mitigar los riesgos de los suministradores de energías renovables. Esto se logra mediante la disminución de los pagos laterales que incurren, buscando también generar un impacto positivo en los clientes, principalmente libres, si sus contratos permiten traspasar esta reducción de costos.

Cálculo del impuesto verde

El dictamen de la Contraloría respondió al requerimiento de un grupo de empresas generadoras sobre la legalidad de la Resolución Exenta N°149, en que se eliminó la compensación tipo B del impuesto verde.

En dicha resolución, el organismo contralor señala, en síntesis, que la metodología de cálculo del impuesto verde se encuentra suficientemente fundada en las razones de mérito que establece detalladamente la Resolución Exenta N°149. Entre esos argumentos, la Contraloría se refiere a la constatación de un aumento del valor de las compensaciones cuyos montos excedían los estrictamente necesarios para evitar pérdidas operacionales durante el ejercicio anual, así como a la necesidad de alojar mayoritariamente la carga del impuesto en los responsables de las emisiones, y al objetivo de calcular la señalada compensación en una ventana de tiempo anual, misma periodicidad con que se determina el impuesto regulado en el citado artículo 8° de la ley N° 20.780.

Asimismo, el dictamen sostiene que “la implementación de la ‘compensación B’ no configura un acto declarativo o creador de derechos que hayan podido incorporarse al patrimonio de sus destinatarios y, por otra parte, que no existe un derecho adquirido a la inmutabilidad de las normas ni tampoco al mantenimiento de un determinado régimen de forma indefinida que no que pueda ser modificado en el ejercicio de la facultad de apreciación de la autoridad competente”.

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