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Gobierno anuncia modificaciones al actual reglamento de potencia

Gobierno anuncia modificaciones al actual reglamento de potencia

Las tecnologías de almacenamiento de energía están tomando fuerza entre las iniciativas privadas y públicas, especialmente luego del anuncio que realizó el Presidente Gabriel Boric en su última Cuenta Pública, respecto al proyecto que busca licitar la construcción de un proyecto a gran escala, ubicado en el Desierto de Atacama, por US$2.000 millones, y que se espera inicie sus operaciones en 2026.

De hecho, según la gerente general de Statkraft Chile y presidenta del directorio de Generadoras de Chile, María Teresa González, en el país existen iniciativas relacionadas con estas tecnologías por cerca de 1.600 MW la capacidad de generación, las que “ya están en curso, y eso da evidencia de que hay un interés del sector privado por hacer las inversiones”.

Sin embargo, desde octubre de 2020 la industria y el Ministerio de Energía venían desarrollando un trabajo participativo, que contó con la colaboración del Instituto de Sistemas Complejos de Ingeniería (ISCI), para la elaboración de un nuevo reglamento de potencia, el cual buscaba dar una definición clara al concepto de suficiencia de potencia para tecnologías de almacenamiento, considerando la mayor penetración de las energías renovables variables, como la solar y eólica, donde los períodos de mayor exigencia para el sistema se ven desafiados ante los cambios en la matriz energética.

Pese a la relevancia de la definición normativa, los consensos en este aspecto regulatorio no se habían alcanzado. Ante este escenario, el Ministerio de Energía comunicó que decidió no perseverar en el cambio de reglamento de transferencias de potencia, y simplemente se hará una serie de modificaciones al reglamento contenido en el actual decreto supremo 62 del año 2006, manteniendo ciertas innovaciones necesarias, entre otras cosas, en materia de almacenamiento.

El jefe de la cartera, Diego Pardow, explicó que el desechado reglamento “llevaba mucho tiempo en elaboración y que tenía partes donde se había logrado consenso con la industria y en otras no. Entre las que hay un amplio consenso, sobre todo lo que tiene que ver con el almacenamiento, era importante dar certezas respecto de su remuneración para que los proyectos puedan cerrar su financiamiento y empezar a trabajar en los permisos y materializarse lo antes posible”.

En el marco de la actividad, el gerente de Inversiones y Financiamiento de Corfo, Francisco Meneses, dio a conocer las fuentes de financiamiento verde para este tipo de proyectos. Posteriormente, el director subrogante del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), Juan Cristóbal Moscoso, abordó los criterios técnicos que serán considerados para los procesos de evaluación ambiental, de manera de entregar mayores certezas a los desarrolladores de este tipo de proyectos.

Reacciones al anuncio del Gobierno

La abogada experta en regulación energética y socia directora del estudio Domo Legal, Daniela González, valoró la determinación, “pues ya se había prorrogado dos veces el plazo para responder las observaciones formuladas en la última consulta pública”.

Agregó que “definitivamente no había consenso respecto del nuevo reglamento, pese a los esfuerzos del ministerio y habían algunas objeciones jurídicas”.

“Por otro lado, es necesario dar prontas señales al mercado sobre la remuneración de la potencia de los sistemas de almacenamiento y la modificación que se anuncia, entre otros temas, aborda este tema muy solicitado por el sector”, planteó.

Nuevo Reglamento de Potencia a punto de ver la luz

El nuevo Reglamento de Transferencias de Potencia −más conocido como Reglamento de Potencia− se encontraría a punto de ver la luz. En efecto, según fuentes del sector, la carpeta respectiva ya estaría sobre el escritorio del ministro de Energía, Diego Pardow, para una pronta definición sobre el tema.

El Reglamento de Potencia se creó mediante el DS N° 62, de 2006, del Ministerio de Economía, con el objetivo de reglamentar las transferencias de potencia entre las empresas generadoras. A partir de entonces, ha sufrido varias modificaciones.

En octubre de 2020 se inició el proceso para la elaboración de un nuevo reglamento. Según el ministerio de Energía, la nueva propuesta tiene como objetivos principales la implementación de la Ley N° 21.505 de Almacenamiento y Electromovilidad, en el mercado de potencia, fomentando el despliegue de esta tecnología en el sistema eléctrico. Asimismo, establecer mecanismos de estabilidad regulatoria, considerando las decisiones de inversión ya tomadas por distintos actores de la industria y generar gradualidad en la implementación de la nueva metodología.

En febrero de 2022, y finalizando el proceso de elaboración, el DS N° 3/2022 ingresó para su toma de razón en la Contraloría a fin de aprobar el nuevo reglamento de transferencias de potencia, con lo cual se derogaría el DS N° 62/2006.

Después de un primer estudio del DS N° 3 por parte del órgano contralor, el documento fue retirado por el Ministerio de Energía en septiembre de 2022, con el fin de introducirle modificaciones.

Finalmente, en marzo de este año, y tras la realización de una mesa de diálogo público-privado convocada por el gobierno, se desarrolló la consulta pública de la propuesta. Actualmente, la definición en torno al documento está en manos del Ministerio de Energía.

Diferentes posiciones

Entre las novedades que incluye la propuesta es que su entrada en vigencia será cinco años después de su publicación en el Diario Oficial. Asimismo, y también en calidad de artículo transitorio, establece que las unidades generadoras tendrán un plazo de 15 años para prorrogar su adscripción al nuevo esquema de asignación, el cual considera la metodología probabilística denominada capacidad efectiva de suministro de demanda  (ELCC, por sus siglas en inglés). Durante ese período, las generadoras podrán escoger si adoptan las nuevas condiciones o bien permanecen dentro del marco el DS N° 62.

En la industria manifiestan visiones dispares con relación a la propuesta. Según la Asociación Chilena de Energías Renovables y Almacenamiento (Acera A.G.), el nuevo reglamento, tal como está planteado, “cumple con llenar un vacío metodológico que se tenía a nivel reglamentario para la determinación de potencia de los sistemas de almacenamiento y centrales renovables con capacidad de almacenamiento”.

En esa línea, la entidad gremial estima que la modificación reglamentaria hace una corrección, en el sentido de que “establece un periodo transitorio de 10 años en que estos sistemas se les considerará un porcentaje de reconocimiento que depende de sus horas de autonomía. Posterior a ese periodo el reconocimiento de potencia de los sistemas de almacenamiento se determinará mediante la metodología ELCC”.

Añade que “la nueva metodología propuesta en el DS N° 3, basada en la metodología ELCC, dado que se basa en técnicas estadísticas, da mayores incertezas a los ingresos de potencia de las centrales lo que perjudica a las decisiones de inversión. A su vez, esta metodología castiga fuertemente el reconocimiento de potencia de las centrales solares, sin que esta caída de ingreso pueda ser compensada por otra línea de ingreso, profundizando los problemas financieros que están afectando a la industria ERNC”.

Persisten problemas de asignación

Desde la Asociación Chilena de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas (Apemec), su director ejecutivo, Rafael Loyola, afirma que la modificación del Reglamento de Potencia de suficiencia tuvo como propósito atender un problema de asignación en el aporte de ciertas tecnologías, en especial de las centrales renovables variables (ERV), como la solar fotovoltaica y la eólica.

Rafael Loyola, director ejecutivo de Apemec.

Sin embargo, añade que “la rápida disminución de los costos de inversión de la ERV y su acelerada incorporación en la matriz hace necesario una corrección urgente a esta asignación, enfocándose en el aporte efectivo que hace cada tecnología al atributo de potencia, esto es, la capacidad de entregar potencia, con alta probabilidad, cuando el sistema lo requiere”.

En esa dirección, opina que el transitorio de 15 años “mantiene los problemas de asignación y creemos que es una mala señal para lograr una descarbonización efectiva y para dar seguridad y confiabilidad a la matriz, pues dificulta el desarrollo de proyectos renovables”.

Sin perjuicio de lo anterior, Apemec considera necesario y urgente su implementación.

Modificar el DS N° 62

Una posición más crítica expresa el director ejecutivo de la Asociación de Pequeñas y Medianas Generadoras (GPM A.G.), Matías Cox. A su juicio, la propuesta de Reglamento de Potencia elaborada no soluciona ninguno de los problemas que aquejan al sector. “Es un tema importante, que está generando mucho ruido y mucha incertidumbre, dadas las señales contradictorias”, advierte el abogado.

“Nuestro deseo es que este instrumento no se siga tramitando y que podamos abordar el tema de fondo, que implica los cambios al mercado mayorista”, enfatiza Cox.

Matías Cox, director ejecutivo de GPM A.G.

Como alternativa, el directivo gremial propone que se haga una modificación en dar un impulso al almacenamiento, a través de una modificación al decreto 62, para incluir el almacenamiento, de manera que pueda entrar en el mercado de potencia. “Si vamos a cambiar el mercado mayorista, sí o sí hay que tocar el mercado de potencia y el de servicios complementarios. Nuestra propuesta incluye poner en stand by el reglamento respecto a la metodología ELCC y abrir un debate respecto a qué mercado de potencia, de energía y de servicios complementarios queremos”, plantea.

Señales confusas

Andrés Romero, socio y director de Regulación de Valgesta Nueva Energía, estima que teóricamente la metodología considerada en la propuesta de nuevo reglamento apunta de manera correcta, “pero uno de sus principales inconvenientes es que no entrega señales de largo plazo para la inversión, ya que la modelación ELCC varía con la evolución futura del parque generador y los efectos cruzados que esto genera”.

Andrés Romero, socio y director de Regulación de Valgesta Nueva Energía

Agrega que la propuesta contiene una serie de decisiones administrativas discrecionales que tienen un alto impacto en el reconocimiento de potencia y que no dependen de la gestión de los titulares de la infraestructura, asociado especialmente al factor de eficiencia y su fórmula de definición.

En cuanto al almacenamiento, Romero opina que el artículo transitorio de los 15 años ha propuesto lo que sería una señal correcta para la inversión en este tipo de activos.

Elementos valiosos

Javier Bustos, director ejecutivo de la Asociación de Clientes Eléctricos No Regulados (Acenor) opina que el borrador del reglamento tiene elementos muy valiosos que a su juicio deben implementarse a la brevedad posible.

“Por primera vez, se define un objetivo de suficiencia del sistema; es decir, cuánto realmente queremos tener de capacidad para abastecer la demanda máxima, lo que hoy no existe, por lo cual no sabemos cuándo estamos sobreinstalados o subinstalados, respecto del consumo del país”, argumenta el líder gremial.

Javier Bustos, director ejecutivo de Acenor.

Por otra parte, recalca que el objetivo y la métrica de suficiencia que se definirán permiten hacer más eficiente el pago de la potencia por parte de la demanda, “ya que bajo el nuevo reglamento será más claro qué es lo que realmente tiene que pagar el cliente”.

Y añade que, “adicionalmente, el nuevo reglamento establece un mejor procedimiento para definir el periodo y el horario de control de punta. Por lo tanto, la visión que tenemos sobre los aspectos relacionados con la demanda en el reglamento de potencia es positiva”.

Consultados respecto a este tema, desde el Ministerio de Energía afirmaron escuetamente que “las próximas etapas del proceso van a ser comunicadas durante las próximas semanas.

Publicado en Revista Electricidad N° 279, junio 2023. (págs. 40-42)

Reglamento de potencia comienza fase de consulta pública

Reglamento de potencia comienza fase de consulta pública

Tras el cierre de la mesa de diálogo público-privado denominada “Supuestos de aplicación temporal de la nueva reglamentación de transferencias de potencia”, convocada por el gobierno, y la posterior publicación del Reglamento de Transferencias de Potencia emanado de esa instancia, la ciudadanía ya tiene a su disposición el citado documento para realizar sus observaciones y comentarios. Lo anterior, a través del proceso de consulta pública respectivo, que se extiende entre el 6 y el 27 de marzo.

La propuesta tiene como objetivos principales la implementación de la Ley N° 21.505, de Almacenamiento y Electromovilidad, en el mercado de potencia, fomentando el despliegue de esta tecnología en el sistema eléctrico. Asimismo, busca establecer mecanismos de estabilidad regulatoria, considerando las decisiones de inversión ya tomadas por distintos actores de la industria, y generar gradualidad en la implementación de la nueva metodología.

El ministro de Energía, Diego Pardow, destacó que este proceso se ha desarrollado de acuerdo con la agenda propuesta para determinar el reglamento. “Cumpliendo el calendario que se informó en la mesa final transferencia de potencia, subimos a consulta pública las innovaciones en las normas del reglamento. Estas son normas que buscan generar certezas que requiere el mercado eléctrico, reconocer las decisiones de inversión ya realizadas y dar un impulso decidido al despliegue del almacenamiento necesario en nuestra red para cumplir nuestras metas de descarbonización”, señaló el secretario de Estado.

Considerando la naturaleza del documento sometido a escrutinio, la cartera de Energía indicó que el alcance del proceso de consulta pública será solo relacionado con los cambios introducidos respecto a la versión original del reglamento.

Finaliza mesa de potencia y gobierno anuncia reingreso del reglamento a Contraloría

Este martes se realizó la sesión del cierre de la mesa de diálogo público-privado “Supuestos de aplicación temporal de la nueva reglamentación de transferencias de potencia”, convocada por el gobierno

La instancia tuvo como objetivo discutir una nueva reglamentación de transferencias de potencia y así plantear la forma de remunerar la generación de electricidad, además de incorporar en las disposiciones transitorias del reglamento alternativas que permitieran mitigar los impactos en los distintos agentes del sector y entregar así una señal de estabilidad regulatoria.

Durante la actividad, el ministro de Energía, Diego Pardow, destacó que en las propuestas de cambio primaron los principios de certeza regulatoria y el impulso a los sistemas de almacenamiento.

Otra de las medidas que dejó como resultado la iniciativa es la revisión del Estado Reserva Estratégica (ERE), mecanismo que permite que centrales a carbón sigan recibiendo pagos por parte del Estado al actuar como respaldo del sistema eléctrico.

“Debemos revisar el sistema reconocido en este reglamento en materia de seguridad de suministro asociado al proceso de descarbonización. La actual regulación del Estado de Reserva Estratégico (ERE) tiene claras deficiencias, alejándose de la práctica internacional, lo cual además se refleja en que su implementación práctica solamente ha generado costos para el sistema, conflictividad social, tensiones institucionales y no ha sido capaz de aportar al sistema la seguridad que prometió”, señaló el secretario de Estado.

En ese sentido, el gobierno anunció que durante marzo y abril se desarrollará esta discusión en la industria, finalizando con el reingreso del reglamento a Contraloría con un plazo máximo de junio de este año.

Las modificaciones reglamentarias anunciadas serán sometidas a un proceso de consulta pública que se iniciará el 6 de marzo, con un plazo de 15 días hábiles para realizarse observaciones.

Durante la quinta y última sesión de la mesa de potencia participaron 14 asociaciones gremiales y representantes de la Comisión Nacional de Energía, el Coordinador Eléctrico Nacional y la Superintendencia de Electricidad y Combustibles.

Cambios al reglamento de potencia «no modifican la esencia del mercado»

Cambios al reglamento de potencia «no modifican la esencia del mercado»

Considerar el avance hacia un Mercado Licitado de Potencia sigue siendo el planteamiento de Claudio Roa, académico de la Universidad de Concepción, en torno a los cambios que se realizan para este tema, en el marco de la estrategia de flexibilidad del sector eléctrico, donde el cambio al reglamento de potencia sigue revisándose.

Según el especialista, las actuales modificaciones en estudio al reglamento de potencia no apuntan a lo esencial, por lo que sostiene la necesidad de considerar otros aspectos dentro de la discusión.

Actualidad

¿Cuál es su análisis del actual mercado de potencia?

El actual mercado es uno que es extemporáneo ya que solo mantiene el statu quo realizando pequeñas modificaciones. Ha servido para navegar durante crisis energéticas, pero quizás a un precio muy alto. Éste es siempre expansivo, por lo tanto la cuota reconocida a cada participante va disminuyendo lo que empuja a mantener el precio de la potencia para dar las señales a que exista nueva generación de punta.

¿Qué le parecen los cambios para el reglamento de potencia?

Son bastante interesantes, pero no modifican la esencia del Mercado. A mi parecer, encuentro valiente la decisión de hacer el MRT = 0 si existe una sobreoferta, no obstante, señales del tipo de insumo primario debieron haberse incorporado en esta decisión. El otro aspecto de cambio mayor es la utilización de la técnica ELCC. Esta técnica es muy potente, pero presenta el problema que las soluciones obtenidas no son fáciles de auditar por un tercero. La solución presentada durante las reuniones fue que el código que esta técnica sea del tipo abierto, pero eso aún no es suficiente. Adicionalmente, se necesita que se defina como país la tasa de pérdida de carga (LOLP) máxima que nuestra sociedad aceptaría y eso es anterior a utilizar cualquier técnica. Este es un problema social.

A su juicio ¿Cómo cree que se debería determina el precio de potencia?

Hace bastante tiempo que vengo promoviendo movernos a un Mercado Licitado de Potencia, tal como se realiza en Inglaterra, Europa o PJM (USA). El procedimiento actual debiese solo calcular el precio techo y el valor final debiese obtenerse del proceso de licitación. Para ello, debemos primero separar el “Mercado de la Suficiencia”, que tenemos en Chile, en dos. Un Mercado de la Capacidad (licitado) y un Mercado de la Reserva de Largo Plazo (y que, en cierta manera, actualmente está descansando en el MRT)

¿Qué tecnologías y/o innovaciones destacaría para el mercado de potencia?

Esta pregunta tiene como pecado original, la mezcla de ambos mercados. Quizás es mejor hablar de Mercado de la Reserva de Largo Plazo. En este aspecto todo lo relacionado con almacenamiento y la capacidad de regulación de la demanda jugarían un rol muy relevante.

¿Qué cambios a la forma de determinación del valor de la potencia debería haber?

Ninguno. Con la implementación de la técnica ELCC es suficiente, habida cuenta de los aspectos de auditoria de estos valores y la definición de un estándar de confiabilidad de suministro definido por la sociedad.