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Tribunal realizó audiencia en reclamación que busca reiniciar procedimiento sancionatorio contra línea de transmisión de Eletrans

Sep 30, 2022

El trazado de la línea que se debe construir, de acuerdo con el EIA evaluado, se extiende entre la subestación eléctrica Lo Aguirre (existente) hasta la subestación eléctrica Alto Melipilla (en construcción); y desde esta última hasta la subestación Rapel.

El Segundo Tribunal Ambiental escuchó los alegatos en reclamación en contra de la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) por aprobar el programa de cumplimiento y dar por terminado el procedimiento sancionatorio contra el proyecto “Línea de Transmisión Lo Aguirre – Alto Melipilla y Alto Melipilla – Rapel” de Eletrans II S.A.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente (s), y Cristián López y la ministra Daniella Sfeir. Los alegatos estuvieron a cargo de la abogada Estefani Sáez, en representación de la reclamada SMA. Los abogados de los reclamantes y del tercero coadyuvante no se presentaron.

Los reclamantes, un grupo de vecinos de la comuna de Melipilla, solicitan al tribunal que deje sin efecto la resolución de la SMA y se reanude el proceso contra el proyecto de transmisión eléctrica. Afirman que dicha resolución vulnera las leyes ambientales y administrativas, en general, “en la aprobación de las medidas diferentes de las comprometidas en la RCA, sin tener en cuenta la interacción de los componentes entre sí, y que estas lo que en realidad hacen es modificar la RCA”.

Asimismo, argumentan que el ente fiscalizador vulneró el deber de motivación de los actos administrativos, ya que existirían incoherencias lógicas en la argumentación de la SMA, “que acepta que el titular proponga medidas que no dependen de su voluntad, cuando ha justificado su incumplimiento precisamente en dicho fenómeno, vulnerando así derechamente el principio precautorio”.

Postura de la SMA

En tanto, la SMA solicita al Tribunal que rechace en todas sus partes la reclamación. Sostiene que analizó adecuadamente los criterios de aprobación establecidos en el artículo 9 del D.S. Nº 30/2012 del Ministerio del Medio Ambiente, en relación con la última versión del programa de cumplimiento propuesto por la empresa, “concluyendo que cumple con los criterios de integridad, eficacia y verificabilidad, por lo que esta resolución es legal y fue dictada conforme a derecho”

“Además, la SMA no ha aceptado una modificación a la medida mitigatoria consistente en la implementación de una pantalla vegetal, que establece la RCA Nº 1542/2018, sino que el PDC establece: una acción principal (ID 12) consistente en cumplir la medida que establece la RCA; una acción alternativa (ID 17) en caso de acaecer el impedimento de la acción ID 12 -no contar con el acuerdo previo del propietario, contemplado en la propia RCA Nº 1542/2018- en cuyo caso requerirá el pronunciamiento del SEA sobre la modificación del considerando 7.3.4 de la RCA Nº 1542/2018, por medio de una consulta de pertinencia; y una acción principal adicional (ID 16) consiste en el pintado de las torres cercanas al conjunto habitacional Lomas de Manso”.

El proyecto consiste en la construcción y explotación de una nueva línea de transmisión eléctrica de Alta Tensión, que pretende mejorar el servicio público de transporte de energía eléctrica por el sistema de transmisión troncal.

El trazado de la línea que Eletrans debe construir, de acuerdo con el EIA evaluado, se extiende entre la subestación eléctrica Lo Aguirre (existente) hasta la subestación eléctrica Alto Melipilla (en construcción); y desde esta última hasta la subestación Rapel, abarcando las regiones Metropolitana y del General Libertador Bernardo O´Higgins.

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