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Tribunal Ambiental rechaza reclamaciones que buscaban anular aprobación del proyecto de transmisión

Mar 6, 2023

Reclamaciones fueron presentadas luego que el director del SEA rechazara la solicitud de invalidación presentada contra la resolución que calificó ambientalmente favorable el proyecto.

El Segundo Tribunal Ambiental, por unanimidad, rechazó las tres reclamaciones interpuestas contra el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), que buscaban anular la resolución que aprobó al proyecto Plan de Expansión Chile LT 2×500 kV Cardones–Polpaico.

Cabe recordar que las reclamaciones fueron presentadas por la Organización Comunitaria Funcional Vecinos Los Nogales ex Fundo Loreto, la Comunidad Agrícola La Dormida y la Cámara de Turismo de Olmué A.G., luego que el director del SEA rechazara la solicitud de invalidación presentada contra la resolución que calificó ambientalmente favorable el proyecto (RCA N°1.608/2015).

“Que, a juicio de este Tribunal, no habiendo incurrido la Dirección Ejecutiva del SEA en vicios de legalidad en la tramitación del procedimiento de evaluación del proyecto y, en particular, en la dictación de la RCA N° 1.608/2015, lo que correspondía era el rechazo de la solicitud de invalidación presentada por la Comunidad Agrícola La Dormida, tal como lo hizo la resolución reclamada, que justifica su decisión sobre la base de argumentos que están en consonancia con los razonamientos de esta sentencia, y que cumplen con el estándar de motivación del artículo 41, inciso cuarto, de la Ley N°19.880”, indicaron desde la institución.

No obstante, la decisión anterior, el Tribunal ordenó al SEA -como medida cautelar innovativa- que analice la pertinencia de iniciar, de oficio, el procedimiento administrativo de revisión excepcional de la RCA que aprobó el proyecto, “atendida una eventual evolución diversa de la variable ambiental ruido en el sector Altovalsol en la comuna de La Serena, que hiciera necesaria la adopción de medidas de corrección para restablecer el comportamiento previsto en dicha RCA”. Este análisis deberá realizarse en un plazo de 30 días contados desde que la sentencia quede ejecutoriada.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano, presidente (s), y Alejandro Ruiz, quienes dictaron sentencia conforme a lo dispuesto en el artículo 80 del Código Orgánico de Tribunales. La sentencia fue redactada por el ministro Delpiano.

En su análisis de las distintas alegaciones, el Tribunal descartó que el Estudio de Impacto Ambiental (EIA) del proyecto incumpliera con los requisitos de admisibilidad o que careciera de información relevante o esencial que justificara el término anticipado del procedimiento de evaluación.

También desestimó las alegaciones respecto de eventuales ilegalidades en la evaluación ambiental del proyecto, tales como omisiones representadas por algunos organismos de la administración del Estado con competencia ambiental, como Sernatur y Conaf, que no habrían sido abordadas; la necesidad de apertura de un nuevo proceso de participación ciudadana; el incumplimiento de la normativa ambiental aplicable a la Reserva de la Biósfera La Campana-Peñuelas; y deficiencias en la evaluación de los efectos, características y circunstancias de los literales d) y e) del artículo 11 de la Ley N° 19.300, en particular de las medidas para hacerse cargo de los respectivos impactos. Por último, desechó la alegación subsidiaria de nulidad de derecho público.

Cronología de antecedentes

– 10 de diciembre de 2015, el EIA del proyecto fue calificado ambientalmente favorable, mediante la RCA N°1.608/2015.

– 2 de octubre de 2017, la Comunidad Agrícola La Dormida presentó solicitud de invalidación de la RCA del proyecto, de la cual se hicieron parte la Organización Comunitaria Funcional Vecinos Los Nogales ex Fundo Loreto, y la Cámara de Turismo de Olmué A.G. (30 de abril y 24 de mayo de 2019, respectivamente).

– 10 de junio de 2020, la Dirección Ejecutiva del SEA rechazó la solicitud de invalidación (Res. Ex. N° 202099101421/2020).

– 22 de julio de 2020, la Organización Comunitaria Funcional Vecinos Los Nogales ex Fundo Loreto, interpuso en el Tribunal Ambiental reclamación en contra la resolución del SEA que resolvió la solicitud de invalidación, la cual fue admitida con el rol R-240-2020.

– 23 de julio de 20202, la Comunidad Agrícola La Dormida interpuso reclamación en contra de la misma resolución del SEA, la que fue admitida con el rol R-241-2010.

– 24 de julio de 2020, la Cámara de Turismo de Olmué A.G. interpuso reclamación contra de la decisión del SEA, la que fue admitida con el rol R-242-2020.

– 25 de septiembre de 2020, el Tribunal tuvo a Interchile S.A. como tercero coadyuvante del SEA.

– 8 de abril de 2021, se realizó la audiencia, alegando de las abogadas María Elena Rubilar, en representación de la Organización Comunitaria Funcional Vecinos Los Nogales; y Paulin Silva, por la Comunidad Agrícola La Dormida; y los abogados Juan Molina, por la Cámara Turismo de Olmué; José Ignacio Vial, por el SEA; e Ignacio Urbina, por Interchile S.A., tercero coadyuvante de la reclamada.

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