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Teresita Vial por informe de la FNE: “Es consistente con lo que venimos señalando hace tiempo”

Jul 14, 2021

La directora de Acesol señala que la consideración de no modificar o eliminar el mecanismo de estabilización de precios para pequeños medios de generación eléctrica tendrá más de un impacto en el sector de la generación distribuida.

La semana pasada, la Fiscalía Nacional Económica (FNE) presentó al Tribunal de Defensa de La Libre Competencia (TDLC) un informe en el que señalan que es innecesaria la  recomendación normativa para modificar o eliminar el mecanismo de estabilización de precios para pequeños medios de generación eléctrica.

Para la directora de la Asociación Chilena de Energía Solar (Acesol), Teresita Vial, los efectos de este mecanismo de estabilización de precios en la generación distribuida y cómo podría afectar a la competencia del mercado.

Alcances

¿Qué le parece a Acesol el informe de la FNE?

Estamos contentos con el informe, porque es consistente con lo que nosotros señalamos en nuestra presentación, tanto en los antecedentes legales como el informe económico que adjuntamos a la presentación jurídica. Esto coincide con lo que venimos señalando hace tiempo: que el precio estabilizado no es un subsidio, tampoco es un precio fijo y que básicamente es un mecanismo que permite derribar barreras de entrada que tienen este tipo de proyectos por el tamaño que tienen, que no les permite acceder a contratación vía PPA o vía contrato regulado y licitaciones, que en el fondo es lo que permite tener una tarifa más estable y por lo tanto acceder al financiamiento. Así fue pensado desde un principio como consta en la historia de la ley y este mecanismo tenía este objetivo.

¿Qué efecto puede traer esto para la generación distribuida?

Este informe de la Fiscalía no es que se haya resuelto el caso. Se está actuando como una parte más, aportando antecedentes que sin duda son muy importantes porque trabaja a la par con el TDLC y es el organismo que está encargado de determinar si hay problemas en la competencia o no. Pero quien debe hacer una recomendación normativa al Ministerio o a quien corresponde es el TDLC, no la FNE. Por lo tanto, seguimos pendiente de lo que decida el Tribunal, sin perjuicio de que obviamente este es un antecedente bastante positivo para efectos de la postura que nosotros sostenemos.

A largo plazo, si el Tribunal confirma la posición de la FNE, la de Acesol, Acera y otras empresas que han presentado antecedentes en el expediente de recomendación normativa, se tiene un impacto positivo en la generación distribuida, principalmente en el mercado de los PMGD, porque le da fuerza al concepto del precio estabilizado y se derriban estos mitos que vienen hace tiempo persiguiendo al precio estabilizado que sería un subsidio y que afectaría la libre competencia, que es lo que señalan las empresas que solicitaron esta solicitud de recomendación normativa.

La FNE descarta que se afecta la dinámica de competencia en el mercado, ¿lo cree así?

Sí. Tanto desde el punto de vista como del punto de vista económico, los análisis arrojan que no se afecta la dinámica de la competencia sino que todo lo contrario, les permite a ciertos actores del mercado ingresar a este en igualdad de condiciones que otros actores que, por sus particularidades, tienen ciertas ventajas naturales. Estas pueden ser por su tamaño, generando más economía de escala las cuales les permiten ofrecer precios más bajos y por lo tanto, también les permite ofrecer o participar de bloques más grande de energía, cosas que los PMGD no pueden porque para participar en las licitaciones se deben ofrecer precios bastantes bajos y capacidad de suministro superiores a las que tienen estos proyectos.

Lo mismo pasa con los PPA, que son los contratos de suministro con clientes libres, que aplica la misma lógica. Solo es accesible para proyectos más grandes que tienen mayor economía de escala y no para los pequeños, entonces no afecta la dinámica de la competencia porque ambos actores están en distintas posiciones y lo que hace el mecanismo es igualarlas mediante el mecanismo que establece la anterior.

¿Es posible proyectar problemas operacionales y de inversiones a futuro?

Si el TDLC resuelve que hay que modificar la norma o eliminarla sí. Efectivamente va a traer problemas a futuro, va a impactar el mercado, va a haber incertidumbre, baja de inversión y probablemente una paralización de estas en este tipo de proyectos, Por otro lado, si el Tribunal decidiera que no es necesaria esta recomendación y se encuentra comprobado que esta norma más bien otorga o beneficia a la competencia, probablemente tenga impactos positivos, pero en el fondo, entendiendo que ya la modificación del precio estabilizado está y no se volverá atrás con eso, no sé qué tanto podría modificar el asunto. Elimina ciertos “rumores o mitos”, elimina intenciones que tengan otras empresas de continuar intentando eliminar el precio estabilizado pero en el mercado tendrá un impacto positivo aunque no muy notorio. El mercado hoy está preocupado del precio y el precio ya cambió, por lo tanto no hay mucho que hacer.

¿Hay otra solución legal para enfrentar este tema?

Eso lo tendrían que ver las empresas o los gremios que consideren que el precio estabilizado es un subsidio y alteraría la competencia. No es parte de nuestro análisis, porque estamos convencidos que este mecanismo establecido por la ley está lejos de ser un subsidio y cumple con el objetivo que es permitir a estos proyectos participar en el mercado y derribar las barreras de entrada.

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