Q

SMA formula cargos contra la Central Termoeléctrica Cochrane

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio en contra de la Empresa Eléctrica Cochrane SpA, titular de la “Central Termoeléctrica Cochrane”, aprobada mediante Resolución de Calificación Ambiental (RCA N°305/2009), ubicada en la comuna de Mejillones, Región de Antofagasta.

La SMA explicó que, en total, se imputan 1 cargo grave y 3 cargos leves, destacando el incumplimiento a su RCA respecto a la construcción de un emisario submarino que descarga agua caliente del proceso hacia la bahía.

Esta Central Termoeléctrica -indicó la SMA- consta de dos unidades de 280 MW cada una y usa carbón como combustible.

La jefa de la Oficina Regional de Antofagasta, Sandra Cortez, comentó que “esta instalación cuenta con múltiples fiscalizaciones realizadas por profesionales de la SMA, como también de otros servicios públicos que forman parte de la Red Nacional de Fiscalización Ambiental (RENFA), como lo son Directemar y el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG)”.

En tanto, el superintendente del Medio Ambiente (S), Emanuel Ibarra, explicó que “en este caso, el instructor levantó incumplimientos asociados a la construcción del proyecto, en especial del emisario submarino, en una forma distinta a la evaluada ambientalmente, lo que puede provocar impactos en el mar, y también otros referidos la norma de residuos industriales líquidos, ambas materias relevantes que las empresas termoeléctricas deben tener presente”.

Desde la SMA señalaron que, tras analizar la información recabada en terreno, y también los Informes de Seguimiento Ambiental enviados por la empresa en el marco del D.S. N°90/2000 – que establece la Norma de Emisión para la Regulación de Contaminantes Asociados a las Descargas de Residuos Líquidos a Aguas Marinas y Continentales Superficiales-, se procede a formular cargos.

El primero -ahondó el organismo- se relaciona con operar el emisario submarino distinto a lo autorizado, pues el punto final de peste se encuentra a 11 metros al noreste de la ubicación original, y cuenta con 10 portas en dirección al sur de la tubería. En este caso, esta infracción se considera como grave, porque toda la configuración del sistema para la dispersión de la pluma térmica de agua caliente que sale del proceso formó parte de las medidas comprometidas en la evaluación ambiental con el objeto de minimizar los impactos en el medio ambiente.

Por ley, las infracciones graves podrán ser objeto de “evocación de la resolución de calificación ambiental, clausura, o multa de hasta 5.000 UTA, indicaron desde la SMA.

Impacto contra las aves del sector

Por otra parte, la segunda infracción dice relación una deficiente instalación de las cubiertas de mallas en las piscinas de Central Termoeléctrica Cochrane. Esto tiene como posible consecuencia ambiental el impacto por colisión de aves debido a espejos de agua en las piscinas, señalaron desde la SMA.

Asimismo, informaron que la tercera infracción es no reportar con la frecuencia exigida en programa de monitoreo asociado al D.S. N°90/00, durante períodos de 2019 y 2020. El cuarto cargo es no reportar los remuestreos según lo establecido en el programa de monitoreo asociado al D.S. N°90/00, durante los meses de junio y diciembre de 2021. Estos 3 cargos se clasifican como leves, los que por ley pueden resultar en multas hasta 1.000 UTA.

En este caso, considerando la suma de las cuatro infracciones, la empresa puede arriesgar multas hasta 8.000 UTA -equivalentes a más de $5.640 millones, aseguró la SMA.

Tras la notificación de esta formulación de cargos, la Termoeléctrica Cochrane tendrá un plazo de 10 días hábiles para presentar un Programa de Cumplimiento (PDC) y de 15 días hábiles para formular sus Descargos, tras lo cual continúa el procedimiento sancionatorio.

Para obtener mayores detalles de este caso, puede acceder a la formulación de cargos en el Sistema Nacional de Información de Fiscalización Ambiental (SNIFA): https://snifa.sma.gob.cl/Sancionatorio/Ficha/2981

*Formulación de cargos: Marca el inicio de un procedimiento sancionatorio en la SMA. Tras la formulación, el infractor cuenta con dos vías: presentar descargos o su defensa en 10 días hábiles, tras lo cual continúa el proceso hasta una eventual sanción o absolución. La segunda posibilidad es presentar un Programa de Cumplimiento (PdC), que es un plan de acciones y metas que buscan que la empresa corrija sus infracciones y se ponga al día con la normativa ambiental aplicable. Si la empresa cumple su PdC, termina el sancionatorio sin multa. Si lo incumple, se reinicia el sancionatorio, arriesgando el infractor hasta el doble de la multa original.

Transmisión: desde el segundo semestre aumentarán los cargos únicos

Transmisión: desde el segundo semestre aumentarán los cargos únicos

La Comisión Nacional de Energía (CNE) publicó la resolución que define los cargos únicos de transmisión (Nacional, Zonal y Dedicado) y Servicios Complementarios (Infraestructura) aplicado a clientes libres y regulados, en su versión preliminar, por lo que está sujeto a observaciones.

En el documento se indica un incremento en los cargos únicos de transmisión ($/kWh) para los clientes regulados y ubicados en los seis sistemas zonales del Sistema Eléctrico Nacional.

El aumento comenzará a regir desde la segunda mitad del año, de la siguiente forma:

– Cargo Tx Sistema A: 11,2%
– Cargo Tx Sistema B: 8,3%
– Cargo Tx Sistema C: 10,3%
– Cargo Tx Sistema D: 14,7%
– Cargo Tx Sistema E: 9,8%
– Cargo Tx Sistema F: 9,7%

Para el caso de los cargos únicos a los clientes libres estos no presentan variación respecto a los cargos vigentes en el primer semestre del presente año.

¿Quién se debe hacer cargo de las compensaciones?

¿Quién se debe hacer cargo de las compensaciones?

Anteriormente, abordamos el tema de las compensaciones por interrupciones de suministro en Chile, en especial en lo que dice respecto al Art. 72-20 de la LGSE, que abre espacio para negociaciones sobre compensaciones en los contratos de suministro para clientes libres. Luego, comparamos esta realidad con el mercado brasileño, en que no hay espacio para discusión del tema compensaciones en el ámbito de los contratos con clientes libres; y dando continuidad a las investigaciones que hemos estado realizando sobre el asunto, en esta oportunidad hablaremos de como aborda este tema la regulación de Colombia.

Antes de entrar específicamente al tema que nos convoca, cabe destacar que en Colombia el servicio de energía eléctrica posee el carácter de servicio público esencial por fuerza de ley.  En este escenario, se consideran servicio público la generación, la distribución, la transmisión, la interconexión, y la comercialización de energía, respondiendo todas estas actividades a la legislación aplicable a los servicios públicos además de la normativa sectorial correspondiente.

Compete a la Comisión de Regulación de Energía y Gas – CREG – la regulación del ejercicio de las actividades del sector de energía, en línea con lo dispuesto en las Leyes 142 y 143, ambas de 1994. Las resoluciones que emite la CREG, así como cualquier otra disposición legal o administrativa que afecte a la prestación de los servicios públicos, tienen su cumplimiento fiscalizado por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios.

El tema de las interrupciones de suministro al cliente final en el mercado colombiano es regulado en el ámbito de la calidad de servicio (de distribución) por la Resolución 015 de 2018 de la CREG, que tiene por objeto adoptar la metodología, fórmulas, tarifas y otros temas asociados a la remuneración de dichos servicios, además de la calidad del servicio público prestado por las empresas distribuidoras, y se fijan mecanismos de incentivos para estas empresas cumplan las metas de calidad establecidas por el regulador.

Dichos mecanismos de incentivos permiten que los operadores de red de distribución en Colombia obtengan un aumento o una disminución de sus ingresos, en línea con el cumplimiento de los estándares definidos por la CREG, cuyos mecanismos están definidos en la referida Resolución. Además de afectar la tarifa, el no cumplimiento de los estándares fijados también genera el deber de pagar compensaciones a los clientes. La fórmula de cálculo está definida en la regulación, y el pago se realiza por medio de descuentos en la facturación, tal cual lo que ocurre en Chile en ámbito de compensaciones por fallas en redes de distribución.

Cuando pasamos a analizar lo que ocurre en el ámbito de generación y transmisión, no encontramos en la regulación colombiana compensaciones cuyos destinatarios finales sean los clientes, a diferencia de lo que vemos en Chile con el Art. 72-20 de la LGSE. En Colombia, estas empresas estarán sujetas, por ejemplo, a los compromisos contractuales que tienen pactados – en el caso de los generadores – y los estándares de calidad que tienen que cumplir ante el sistema, para el caso de los transmisores.

Hay distintas resoluciones de la CREG que abordan la calidad de servicio de transmisión: los agentes encargados de transmisión deben cumplir con ciertos estándares y su incumplimiento afecta a los ingresos regulados que reciben por la prestación del servicio, pero no se verifica la existencia de una compensación que se pague en forma directa al cliente final, a diferencia de lo que tenemos regulado en Chile por medio del Art. 72-20 de la LGSE. Cuando abordamos el tema en el ámbito de los contratos de suministro con clientes libres, tampoco existe en Colombia la posibilidad de negociar en estos contratos condiciones distintas a las estipuladas en la regulación vigente para el tema de las compensaciones por interrupciones de suministro, que en Chile sí está permitido por el ya referido Art. 72-20.

En la medida que vamos avanzando con la investigación de este tema en las regulaciones de otros países, vamos reforzando nuestra opinión de que el tema de las compensaciones debe quedar a cargo de la regulación tanto en el ámbito de los clientes regulados como en el ámbito de los clientes libres, debiendo la compensación regulada ser el punto de partida, el mínimo que se deba compensar a los clientes, encargándose los contratos de discutir no el traspaso o no de las mismas, si no que eventuales compensaciones adicionales a lo fijado en la regulación.

Corte de Santiago confirma multa a distribuidora de electricidad por interrupción del servicio

Corte de Santiago confirma multa a distribuidora de electricidad por interrupción del servicio

La Corte de Apelaciones de Santiago rechazó el recurso de reclamación deducido por la empresa de electricidad Enel Distribución Chile SA en contra de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) que le aplicó una multa de 10.000 UTM por interrupciones del suministro de energía que afectaron a 29.000 clientes regulados de la Región Metropolitana, el 7 de marzo de 2019.

En fallo unánime (causa rol 5.449-2022), la Tercera Sala del tribunal de alzada –integrada por la ministra Dobra Lusic, el ministro Alejandro Rivera y la ministra Jenny Book– desestimó el reclamo al establecer que el monto de la sanción se ajusta a la normativa vigente.

“Que, en mérito de los antecedentes de convicción allegados, los que valorados conforme a la sana crítica; es posible tener por acreditado que el acto impugnado establece clara y precisamente los hechos constitutivos de las infracciones, como las disposiciones infringidas. Y en consecuencia se determinó por la autoridad administrativa que los resguardos, procedimientos e instrucciones impartidas a los operadores no fueron correctamente ejecutados o no se encuentran idóneamente adaptados a las necesidades de las instalaciones. Como asimismo que Enel Distribución fue responsable de la maniobra errónea –apertura del desconectador del lado auxiliar, provocando un arco eléctrico y la desconexión automática de las barras 12 KV y auxiliar– y el incumplimiento de las obligaciones de mantenimiento y de efectuar la correcta operación de las instalaciones de su propiedad”, afirma el fallo.

La resolución agrega: “Que, debe tenerse en cuenta el fin u objetivo que se persigue con la dictación del acto administrativo –decreto o resolución– y, es en razón de ese fin que el legislador habilita expresamente con poderes públicos de imposición a un órgano determinado, en este caso a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles, y es entonces en razón de ello, que existe el órgano mismo y, por eso también es que emite una decisión que se impone a los destinatarios haciendo ejercicio de sus potestades con que ha sido provisto por el ordenamiento legal”.

“Así entonces, la necesidad pública, que constituye el motivo del acto administrativo, es aquella que el legislador ha estimado en un momento determinado, que debe ser satisfecha por el Estado y, por supuesto satisfecha a través de su actividad administrativa”, añade.

Para el tribunal de alzada, en la especie: “(…) en estas circunstancias la medida dispuesta se ajustó al mérito del proceso administrativo, el cual fue debida y legalmente tramitado, en el que la reclamante ejerció sus descargos y defensas, y en cuya virtud se estableció la conducta negligente de la actora, en cuanto faltó a su deber de mantenimiento de sus instalaciones, provocando a un importante número de clientes el corte del suministro por más de siete horas. Por lo que la sanción aplicada resulta legal y proporcionada a los hechos establecidos, como a su gravedad y daño ocasionado”.

“Que, en el mismo orden de ideas, debe concluirse que la autoridad recurrida ha actuado dentro del ámbito de sus funciones y competencias, por lo que no se divisa la existencia de un actuar irracional, ilegal, injustificado, por lo que el recurso no podrá prosperar”, concluye.

Capital humano: el desafío de capacitar a personas que se harán cargo de los desafíos energéticos del futuro

Generación distribuida, electromovilidad, industria dinámica, capital humano y la evolución curricular fueron algunas de los puntos que conversó Viviana Ávalos, directora sectorial de Energía y Sustentabilidad de Inacap, en entrevista exclusiva con este medio.

La directora adelantó que -por ejemplo- en materia de electromovilidad, desde el año 2017 son parte del primer Acuerdo Público-Privado de Electromovilidad y desde entonces han trabajado en profundizar el compromiso con esta. Asimismo, destaca que la inclusión de la generación distribuida ha abierto oportunidades al sector educacional, en términos de poder formar no solo para trabajar en proyectos de gran escala sino para que los egresados puedan emprender y crear su propia empresa de proyectos solares fotovoltaicos para el autoconsumo.

¿Cuál percibe que es la principal voluntad de las generaciones más jóvenes en buscar una carrera en el sector energético?

Hoy día las generaciones más jóvenes tienen un alto interés por el cuidado del medioambiente, siendo parte cada vez más activa de las soluciones frente al cambio climático, como la generación de energías limpias.

El sector energético se aprecia como un sector de grandes oportunidades, al ser dinámico, con gran inversión extranjera, y que, aunque hagamos muy bien las cosas desde el punto de vista de consumo eficiente de la energía, siempre se va a necesitar más energía. Por lo tanto, siempre se va a necesitar a más personas que quieran trabajar en este sector.

El trabajo en el sector puede ser percibido como significativo por los jóvenes, pues la energía desde fuentes renovables no solo contribuye a mejorar la vida de las personas, reduciendo la brecha de desigualdad y generando sociedades más justas, sino que orienta el desarrollo de nuestras comunidades hacia una vida más sostenible.
Por todo ello, me parece muy importante lograr, desde la educación, que se potencie ese interés acompañando a los estudiantes en su proceso formativo. Y por lo mismo, aprovechar de invitar a las mujeres a formar parte del sector energía, que se atrevan a integrar este sector que tradicionalmente ha sido dominado por hombres, y donde nuestro aporte es fundamental.

Esa es precisamente la mirada y el foco de INACAP. Bajo el lema “Formar para Transformar” buscamos consolidarnos como líderes en la formación Técnico-Profesional y en la Educación Continua. Apuntamos a potenciar ese liderazgo a través de un Modelo Educativo que releva las trayectorias formativo-laborales, las que buscan articular los distintos tipos y niveles de formación, dando respuesta a los desafíos tecnológicos, demográficos y empresariales existentes y por venir, y reforzando el vínculo con el sector productivo y de servicios. Así damos respuesta a jóvenes que quieren ser protagonistas de los cambios que estamos viviendo y no quedarse atrás en esto. Por eso es importante que se les acompañe y entregue las herramientas desde la Educación Media Técnico Profesional, hasta el momento en el que ingresan a la Educación Superior, también ofreciéndoles continuar sus estudios una vez egresados de ésta.

¿Cuáles cree que han sido los desafíos técnicos en la formación de profesionales en una industria que está en constante evolución y cambios?

Justamente el dinamismo de esta industria ha generado una necesidad de potenciar aún más la enseñanza en estas áreas. El potencial que tiene Chile en energías renovables a gran escala es importantísimo, al igual que el desafío que impone la eficiencia energética, sobre todo considerando la demanda de capital humano que será necesaria en los próximos años para descarbonizar la matriz energética, lo cual provocará que los técnicos y profesionales deban adquirir nuevas capacidades constantemente. Esto ha sido y seguirá siendo el mayor reto: capacitar a estas personas que se harán cargo de los desafíos energéticos del futuro y que poco a poco están acercándose.

¿Qué proyecciones hace respecto a las carreras y el sector académico en el desarrollo de los objetivos de descarbonización?

Desde INACAP creemos que serán muy relevantes las opciones que se le entreguen a los estudiantes, en el sentido de tener varias carreras para elegir y que se adapten a la oferta energética actual del país, la cual es muy amplia. Este será un aspecto muy necesario para las diferentes casas de estudio en el sentido de no quedarse en enseñanzas del pasado.

Como comentamos, nuestro Modelo Educativo fortalece el compromiso con el desarrollo de trayectorias formativo-laborales, las que buscan articular los distintos tipos de formación y dar respuesta a los desafíos tecnológicos, demográficos y empresariales existentes y por venir, reforzando el vínculo con el sector productivo y de servicios.

Por lo anterior, contamos con una carrera técnica (Técnico en Energías Renovables) dedicada a la instalación y mantención de proyectos solares y eólicos, así como supervisión de proyectos de energías renovables y eficiencia energética; una carrera profesional (Ingeniería en Energía) que involucra gestión en lo anterior y eficiencia energética; y un Diplomado en Eficiencia Energética para la Industria 4.0. Todos estos programas apuntan a generar competencias en nuestros estudiantes y a prepararlos para el proceso de descarbonización de la matriz en Chile. Las carreras se imparten en 11 Sedes, de Iquique a Punta Arenas.

Somos la primera institución en basar el diseño de las carreras en el poblamiento en energía del Marco de Cualificaciones Técnico Profesional, lo cual asegura la pertinencia de nuestras carreras y su integración con las necesidades del sector productivo.

¿Cómo ha irrumpido el rápido crecimiento de la electromovilidad en la formación de capital humano?

Esto viene a sumarse a los desafíos que ya se venían dando. Chile estaba ya en un proceso de adaptación a estas nuevas formas de generar energía, y con la electromovilidad irrumpiendo rápidamente se tuvo que adaptar todo el escenario para dar con la enseñanza y preparación adecuadas. Como INACAP, queremos ser parte de la solución, entregando a nuestros jóvenes una educación pertinente y de calidad, y a la sociedad, profesionales que sean capaces de tomar los grandes desafíos del futuro.

Asimismo, somos parte desde el año 2017 del primer Acuerdo Público-Privado de Electromovilidad y desde entonces hemos profundizado nuestro compromiso con ella. En el Área Mecánica, enseñamos electromovilidad en 23 Sedes a lo largo del país –todas con vehículos eléctricos y equipamiento correspondiente–, contamos además con un Diplomado en Electromovilidad. Hemos también actualizado nuestros programas de electricidad para preparar a los profesionales en proyectos e instalación de los puntos de carga que se requieren. También hemos realizado programas de capacitación al personal de asistencia en ruta, y estamos realizando un proyecto para optimizar el funcionamiento de las baterías de ion litio mediante la gestión de rutas con inteligencia artificial.

¿Qué equipamiento cree pertinente y necesario para formar a los futuros profesionales de la industria energética?

Bajo el lema de “Aprender haciendo”, en INACAP contamos con equipamiento de primer nivel para facilitar el proceso de enseñanza y aprendizaje de nuestros alumnos y prepararlos para el mundo laboral.

En el caso de las nuevas carreras en energía, contaremos con laboratorios de energía con equipamiento para las asignaturas de especialidad eléctrica y eficiencia energética, así como también maletines y bancos de entrenamiento de energía eólica y solar. Una gran ventaja es que utilizamos el mismo equipamiento que ha diseñado el Ministerio de Energía con la Agencia de Sostenibilidad Energética para su programa de capacitación en energía solar fotovoltaica para liceos de Educación Media Técnico Profesional con especialidad de electricidad, lo cual nos da la garantía de la pertinencia y usabilidad de los equipos.

Asimismo, contaremos con un patio didáctico con una instalación solar fotovoltaica, para que los alumnos puedan realizar la instalación, mantención y supervisión y seguimiento de este tipo de proyectos. También toma gran relevancia el uso de softwares, y a futuro los simuladores de espacios virtuales, para acercar a los alumnos a espacios que de otra manera no serían accesibles en aula.

¿Cómo ha cambiado la formación curricular en Chile debido a la inclusión de las energías renovables, tecnologías e innovaciones?

En INACAP nace la Dirección Sectorial de Energía y Sustentabilidad, con el objetivo de preparar a técnicos y profesionales para afrontar los desafíos que impone la meta de carbono neutralidad al año 2050 a la que Chile se ha comprometido, acorde a las necesidades de los sectores productivos y de servicios y del territorio. Por ejemplo, recientemente firmamos un convenio con AES Chile para potenciar nuestra formación en energías renovables, incluyendo también el hidrógeno verde.

Nuestra oferta formativa se va actualizando constantemente de acuerdo a los desafíos y al trabajo muy directo que tenemos con el sector productivo y de servicios. Asimismo, a través de nuestros electivos vamos incorporando las tecnologías e innovaciones, como almacenamiento de energía, bombeo solar fotovoltaico, sistemas solares térmicos, sistemas de climatización eficiente, economía circular y huella de carbono, transformación digital, y passivhaus y construcción eficiente, entre otros.

¿Cuáles han sido los cambios en el sector educacional con la inclusión de la generación distribuida?

La generación distribuida ha abierto oportunidades al sector educacional, en términos de poder formar no solo para trabajar en proyectos de gran escala sino para que los egresados puedan emprender y crear su propia empresa de proyectos solares fotovoltaicos para el autoconsumo.

El Técnico en Energías Renovables y el Ingeniero en Energía de INACAP contarán con las herramientas, infraestructura, equipamiento y asignaturas para certificarse con el perfil de instalador eléctrico Clase D (licencia SEC Clase D, que permite realizar instalaciones de Baja Tensión con un máximo de 10 kW) con un Centro de evaluación y certificación de competencias laborales. Esto les permitirá desarrollar y tramitar proyectos ante la SEC, y aprovechar también programas de fomento público, como por ejemplo el Programa Casa Solar y el Ponle Energía a tu PYME.