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Justicia valida criterio de consulta indígena aplicada en Neltume

May 28, 2014

Los demandantes alegaron vicios de ilegalidad y arbitrariedad en el procedimiento del Servicio de Evaluación Ambiental porque no se ajustaría a lo dispuesto en el Convenio 169 de la OIT.

(Diario Financiero) 
La justicia le dio un espaldarazo al mecanismo de consulta indígena que el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) diseñó para cumplir con lo establecido en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT).
Lo anterior porque la Corte de Apelaciones de Valdivia rechazó un recurso de protección que un grupo de comunidades presentó para impugnar el procedimiento que la autoridad estableció, en el marco de la evaluación ambiental del proyecto hidroeléctrico Neltume, de Endesa Chile, ubicada en la Región de Los Ríos.

Esta iniciativa es la primera de tipo eléctrico que fue sometida por la autoridad a consulta para las comunidades, pueblos y grupos indígenas que se encuentren dentro del área de influencia de una iniciativa de inversión y que sean susceptibles de ser afectados por éste, de acuerdo a lo establecido en el acuerdo internacional que en Chile tiene rango de ley.

La presentación de las comunidades Inalafken de Lago Neltume, Inocente Panguilef de Reyehueico y el Parlamento de Koz Koz de Panguipulli, alegaba la existencia de vicios de ilegalidad y arbitrariedad en el proceso que la autoridad ordenó realizar en junio de 2013, “porque los tres elementos consistentes, esto es buena fe, procedimientos apropiados y consultar con la finalidad de llegar a un acuerdo o lograr el consentimiento acerca de las medidas propuestas, han sido violentados por el actuar de la recurrida”, dice el texto del fallo.

El reclamo de las comunidades se basa en la negativa de la autoridad a aplicar las propuestas que estos grupos realizaron para superar las falencias que, a su juicio, tenía el mecanismo implementado por el SEA, en el cual, estas comunidades consideraban no tener la suficiente injerencia, dado el carácter meramente informativo de las cuatro reuniones que habían sido realizadas hasta ese momento.

El tribunal de alzada argumenta en su resolución que la carta a través de la cual el SEA regional rechaza la petición de ajustar la consulta “carece de la aptitud necesaria para amenazar cualquier garantía constitucional”, ya que “no priva, perturba o amenaza el legítimo ejercicio de los derechos y garantías constitucionales cautelados mediante esta acción de protección constitucional”, plantea la Corte de Apelaciones de Valdivia.

Evaluación 
ambiental


En este momento, la evaluación ambiental de este proyecto se encuentra suspendida por orden del SEA desde fines del año pasado, con el propósito de contar con el tiempo suficiente para efectuar la consulta indígena.

Inicialmente la autoridad consideró que este proceso podría completarse en sesenta días, período por el cual decretó una primera suspensión de la evaluación. Sin embargo, este período fue extendiéndose mediante nuevas suspensiones. La última de ellas data de la semana pasada.

La iniciativa fue presentada al sistema por la filial de Enersis en diciembre de 2010 y desde ese momento los servicios que participan en la evaluación han enviado a la eléctrica cuatro set de preguntas, observaciones y solicitudes de aclaración de los elementos de la iniciativa.

Estos cuatro Icsaras han sido respondidos por la empresa, que en este período también ha solicitado la suspensión del proceso, precisamente, para responder algunos de los requerimientos de la autoridad ambiental.

Características de la central

Capacidad. El proyecto tiene una capacidad de 490 MW y su generación media de 1.885 GWh será inyectada al Sistema Interconectado Central (SIC).

Ubicación. La iniciativa, que está ubicada en la comuna de Panguipulli, captará las aguas del río Fuy y descargará en el lago Neltume. La etapa de construcción está estimada en 57 meses.

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