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Gas: TDLC reiteró rechazo a vetar a ministro que trabajó con eléctricas

Abr 6, 2016

Tribunal además multó a organización de consumidores que interpuso esta acusación en el marco de una consulta para conocer las integraciones verticales y horizontales que existirían en el mercado conformado por los productos de gas licuado de petróleo y gas natural.

(Pulso) De manera inédita, el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) decidió multar a la Corporacion Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile (Conadecus), tras rechazar el segundo intento de esta entidad por recusar al ministro Javier Tapia.

Esto, en el marco de una consulta para conocer las integraciones verticales y horizontales que existirían en el mercado conformado por los productos de gas licuado de petróleo y gas natural.

Según los argumentos de Conadecus el abogado Javier Tapia, hasta 24 horas antes de ser nombrado ministro del TDLC, fue director de Asuntos Jurídicos de la Asociación Gremial de Generadoras de Chile. El caso cobra relevancia, pues el 10 de febrero de 2016 el tribunal ordenó “expresamente” que se oficiara de manera directa a las empresas Endesa, Colbún y AES Gener a fin de aportar antecedentes que estimaren pertinentes en este caso.

Justamente las tres empresas son socias de la entidad gremial en la cual Javier Tapia se desempeñó hasta el mes de mayo de 2014, cuando asumió como ministro titular del TDLC.

Desde el tribunal se limitaron a señalar que los argumentos por la no inhabilitación del aludido ministro se encuentra en el expediente. A través de una resolución que data del 23 de marzo se dejó constancia que “el Ministro Titular Sr. Javier Tapia Canales decidió rechazar la recusación amistosa formulada a fojas 619 por la Corporación Nacional de Consumidores y Usuarios de Chile, por estimar que no concurre causal legal de inhabilitación”.

Más claro aún. Según el Código de Procedimiento Civil y el DL 701 se establece que por cada reposición que es rechazada se impone una multa.

En este caso, el TDLC impuso una multa a Conadecus que ascendió finalmente a cinco Unidades Tributarias Mensuales. Vale decir, unos $200.000.

Desde Conadecus declinaron referirse sobre el caso. Sin embargo, cercanos insisten en que hay razones para determinar la inhabilidad.

[Llevarán a E-CL ante el TDLC por interconexión SIC-SING]

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