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Empresas simulan escenarios a cinco años para definir a qué sistema tributario se acogerán

Sep 24, 2014

Compañías, en conjunto con auditoras externas, deben determinar qué tasa aplicarán para efectos del impuesto diferido, el cual se reversará en 2017 sobre los cálculos que hayan adoptado las empresas. Dificultad mayor pasa por estimar sus utilidades.

(Pulso) La “reforma reformada” que cambiará el sistema impositivo del país tiene a las compañías en la siguiente disyuntiva: tributar sobre una base devengada con renta atribuida o acogerse al mecanismo parcialmente integrado. Éstas son las dos vías de tributación que propone la ley en vías de promulgación.

Es por esto que las empresas ya están haciendo sus análisis respecto del impacto que tendría cada uno de estos mecanismos en sus flujos de caja, conclusiones que se conocerían en el corto plazo. Para ello están proyectando en un horizonte a cinco años, una serie de estimaciones económicas y de sus utilidades, no sólo para minimizar el efecto tributario en sus balances, sino para determinar qué tasa aplicarán para efectos del impuesto diferido, como lo explica Soledad Recabarren, socia de Consultoría Tributaria de la auditora Ernst & Young.

¿Qué es un impuesto diferido?

Son los tributos no pagados o pagados en exceso como consecuencia de  las diferencias de registro que se producen entre las normas financieras (IFRS) y el registro tributario como, por ejemplo, la diferencia entre depreciación acelerada para efectos tributarios y depreciación normal para efectos financieros. “Dado que muchas de estas diferencias se revertirán después del año 2017, las empresas deben determinar si los impuestos diferidos lo registran a tasa 25% o a tasa 27%.  Este registro tiene efectos en el resultado, con lo cual afecta la utilidad distribuible a los dueños”, agrega Recabarren.

Según Didier Lara, socio de la auditora PwC, estos estudios debieran conocerse en el corto plazo, pues en los balances de septiembre ya debería haber cálculos reales del impacto de cualquiera de estos dos mecanismos. “El análisis que se está haciendo hoy tiene relación directa con el flujo de caja y obviamente hay que hacerlo con los dos esquemas. Es por esto que, en definitiva, nace esta proyección a cinco años. Todas tienen que determinar sus impuestos diferidos a fines de año y ya estamos claros cuáles serán los sistemas a elegir”, explica Lara.

Dificultades

El trabajo al que están abocadas las compañías, en conjunto con empresas de auditoría externa, no es fácil. De partida, con un panorama económico con signos de desaceleración la proyección de utilidades es una de las tareas más complejas, sobre todo para aquellas empresas fuertemente ancladas al dólar.

Hay otros casos aún más complicados, como en aquellas industrias donde se anticipan cambios regulatorios, como en las isapres o en las cooperativas de ahorro y crédito, donde la incertidumbre por proyectar un escenario futuro es mayor.

Esto, sin considerar una de las principales dificultades que se anticiparon una vez conocido el protocolo de acuerdo que dio origen al todavía proyecto de ley. “Las empresas van a tratar de minimizar su impacto a nivel corporativo. Obviamente que les convendrá el sistema atribuido, ya que con ello el impuesto corporativo es más bajo, pero no necesariamente los accionistas tendrán la voluntad de pagar el diferencial que les resta por el tributo global complementario, si es que las compañías distribuyen, por ejemplo, el 30% de sus utilidades todos los años. Desde esa perspectiva, habrá que definir un trabajo conjunto entre la administración y los propietarios”, explica Lara.

“Hasta aquí el tema podría ser simple, sin embargo, no es la administración quien define si el sistema aplicable a contar de 2017 será el atribuido con tasa 25% o el semi integrado con tasa 27%, sino que esta definición la realizarán los dueños el último trimestre del año 2016.  Es por ello que, se deberá tomar alguna definición que sea razonable y no produzca perjuicio a los accionistas, al momento de acordarse distribuir utilidades”, agrega Recabarren.

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