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Corte de Apelaciones: SVS incurrió en «ilegalidad» en fusión de Enersis

Mar 23, 2016

En fallo unánime, el tribunal acogió en forma parcial una reclamación de ilegalidad de Habitat.

(La Tercera) La Corte de Apelaciones de Santiago acogió parcialmente una reclamación de ilegalidad interpuesta por la AFP Habitat contra la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS), entidad que no había calificado la reestructuración societaria del grupo Enersis como una operación entre partes relacionadas (OPR).

En efecto, en un fallo unánime la segunda sala del tribunal de alzada dio lugar al recurso de la administradora sólo en el sentido que la fusión societaria debe estar regida por las normas de OPR.

“La SVS incurrió en una ilegalidad al sostener que la fusión de las empresas Enersis, Endesa y Chilectra, producto de una reorganización societaria, sólo corresponde aplicar las normas del Título IX de la Ley de Sociedades Anónimas”, señaló la corte en el documento, aludiendo al apartado que regula las divisiones y fusiones.

Agregó que esa decisión del regulador “es errada, toda vez que en esa fusión de las sociedades anónimas abiertas procede aplicar preferentemente el Título XVI de la misma ley”, que versa sobre OPR.

En contraste, el tribunal resolvió rechazar la solicitud de Habitat en “cuanto a declarar la ilegalidad de la división de las referidas empresas”.

La corte dedicó extensos pasajes para fundamentar esta última decisión. Dijo que de la reclamación y de los alegatos de AFP Habitat, se puede inferir que no cuestionó mayormente el fundamento central de la Superintendencia para desestimar la división de sociedades como una OPR.

Complementó que, dado que la AFP no controvirtió este ítem, “provoca consecuencias que le restan mérito al reclamo”. A juicio del tribunal, esa “omisión impide extenderse a este órgano jurisdiccional respecto de la validez del sustrato legal en que se basa ese argumento”.

La italiana Enel, controladora del grupo Enersis, lleva a cabo un proceso de reestructuración de esta última. La reorganización contempla una división de los activos de Enersis en Chile respecto de aquellos que posee en otros países de América. Esta fase ya se concretó. En una segunda etapa, procede una fusión.

Luego que la SVS resolviera que la propuesta no era una OPR, Habitat reclamó de ilegalidad contra el regulador. Esto, porque al declararse la OPR los accionistas minoritarios quedan con un mayor resguardo.

Habitat se declaró conforme con la sentencia, pues confirma que la “argumentación planteada por esta AFP tenía una base sólida”. Expuso que es un “muy buen fallo para todos los accionistas minoritarios (…) Ratifica nuestra postura en cuanto a que las normas sobre OPR son complementarias y no excluyentes respecto de normas sobre transacciones particulares”.

AFP Capital, que se hizo parte del caso como tercero coadyuvante, declaró que la sentencia confirma lo sostenido por la gestora, en el sentido que la reestructuración societaria propuesta por Enel y, en particular, las operaciones de fusión, deben regirse por las “normas contenidas en la ley de sociedades anónimas respecto de las operaciones entre partes relacionadas”.

Lo que viene

Roberto Guerrero, profesor de derecho de la Universidad Católica y socio de Guerrero Olivos, planteó que si el fallo se mantuviera en una siguiente instancia, las AFP pueden “ganar” tres acciones. Una, es el informe de un evaluador independiente, que se pone a disposición de todos los accionistas. Otra, que al ser una OPR se tiene que señalar el interés social de la operación que se quiere realizar; y, por último, y de no cumplirse las requisitos de una OPR, una acción de perjuicio específica.

“Si esto quedara a firme, existiría la obligación de llevar este tema al directorio, y que éste se pronuncie con la abstención de los directores con algún interés, que son los designados por el controlador, pero igualmente tendría que resolverse en una junta de accionistas, porque es una fusión”, sostuvo Guerrero.

En tanto, Hugo Caneo, director del Centro de Gobierno Corporativo de la Universidad de Chile, indicó que el fallo advierte que el proceso de reestructuración no es una operación única, sino que un “conjunto de operaciones parciales y separadas unas de otras”. Afirmó también que es esperable que el proceso de fusión se dilate, pero que en ningún caso significa la invalidación de lo que ya se ha realizado.

Respecto de una eventual apelación, Caneo sostuvo que “la SVS tiene toda la posibilidad de apelar, y esto pasaría a la Corte Suprema. Y en ese procedimiento podría participar Enersis”.

Fuentes cercanas a Enersis comentaron que la compañía está analizando los pasos a seguir. Además, se encontrarían a la espera de lo que haga la SVS en esta materia.

[Plan Enel: Cotización en bolsa de nuevas firmas se atrasaría]

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