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Corte de Apelaciones acoge reclamo y ordena tramitar reclamo por cobros excesivos de electricidad

Sep 28, 2023

La Primera Sala del tribunal -integrada por las ministras Maritza Villadangos, Danai Hasbún y Soledad Orellana- consideró que hay que tramitar el reclamo presentado.

La Corte de Apelaciones de Santiago acogió un reclamo y ordenó a la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) tramitar un reclamo por cobros excesivos a una clienta residencial de una compañía eléctrica.

En la sentencia (rol 639-2022),  la Primera Sala del tribunal -integrada por las ministras Maritza Villadangos, Danai Hasbún y Soledad Orellana– consideró que hay que tramitar el reclamo presentado por la clienta.

“Que tampoco es posible soslayar que frente a reiteradas peticiones de la recurrente a Enel nunca se le haya informado con claridad luego de realizar una visita técnica a su domicilio, cuál era el problema que afectaba al artefacto de medición, limitándose sólo a indicarle el resultado de la visita, sin que la SEC tampoco haya adoptado medida alguna en su favor con miras a que la usuaria lograra recabar la información que correspondía al medidor de su domicilio para regularizar los cobros efectuados”, mencionó el fallo.

Después, la lectura señaló que «por otra parte es claro conforme a lo señalado por el abogado de la reclamante en estrados, los cobros excesivos efectuados a la usuaria se han mantenido hasta la fecha, sin que esa situación haya sido refutada por el representante de la autoridad reclamada, de lo que se advierte una incongruencia en su dictamen al resolver que se trata de un acto trámite por el incumplimiento de Enel por lo resuelto con anterioridad por esa Superintendencia».

Por otra parte resulta que el reclamo deducido el 3 de octubre de 2022, «no se circunscribe únicamente a una solicitud para obtener el cumplimiento de lo decidido por esa institución mediante ORD N°120.212, de 9 de junio de 2022, sino que también plantea que han mantenido los cobros indebidos a pesar de la instrucción dada a la empresa distribuidora de energía eléctrica, cuestión que ciertamente se aleja de la legalidad de los actos de la administración, al dejar al solicitante sin la posibilidad de que se dé curso a su nueva denuncia por la reticencia de la empresa concesionaria a cumplir con lo dictaminado por la entidad supervisora”.

“Que por lo expuesto corresponde acoger la presente acción con la finalidad que la SEC instruya un nuevo procedimiento administrativo en que requiriera a la empresa distribuidora todos los antecedentes que permitieran ejercer en forma eficaz el rol fiscalizador y así adoptar una decisión con suficiente conocimiento de los hechos y, de requerir, de ser necesario, una verificación o calibración del medidor por un tercero independiente, en los términos que indica el artículo 125 del Reglamento Eléctrico”, concluyó el fallo.

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