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COP28: Suiza y Chile suscriben acuerdo de cooperación climática para reducir emisiones

Dic 14, 2023

La alianza permitirá la transferencia internacional de reducciones de emisiones entre ambos países, habilitando el mecanismo del Artículo 6,2 del Acuerdo de París.

Con el propósito con los objetivos del Acuerdo de París, la ministra del Medio Ambiente de Chile, Maisa Rojas, y el Consejero Federal de Suiza, Albert Rösti, firmaron en la COP28 un acuerdo de cooperación climática para reducir emisiones.

La alianza permitirá la transferencia internacional de reducciones de emisiones entre ambos países, habilitando el mecanismo del Artículo 6.2 del Acuerdo de París. Este contempla modalidades de colaboración bilateral que se utilizarán para el cumplimiento de la NDC u otros propósitos internacionales de mitigación.

De esta forma, el acuerdo contempla el apoyo conceptual y financiero para el desarrollo de programas de energías renovables y captación de metano en sectores como la electromovilidad, la gestión de residuos, la eficiencia energética o el almacenamiento de energía, acelerando la descarbonización de la matriz energética de Chile.

Con ese objetivo, se fijarán las reglas para el desarrollo de proyectos de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero (GEI) en Chile, de aquí al 2030, a fin de transferir resultados de mitigación a Suiza, instancia denominada como Resultados de Mitigación Transferidos Internacionalmente (RMTI).

A su vez, Suiza invertirá en la compra de estos RTMIs en proyectos de reducción de GEI en Chile, cuyas disminuciones podrán ser contabilizadas para el cumplimiento de las propias metas climáticas e inventario de GEI del país helvético. Por su parte, Chile se beneficiará de inversiones directas (con un potencial de $100 millones de dólares), mejorando la calidad de vida de sus habitantes y avanzando en el cumplimiento de la Agenda 2030 y los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS).

Programas de protección del clima

Durante 2023, Chile trabajó en un proceso interno para contar con un marco de implementación nacional del Artículo 6 del Acuerdo de París, a través de una mesa interministerial (Task Force Artículo 6 – TFA6), en la que trabajan articuladamente los ministerios de Relaciones Exteriores, Energía, Medio Ambiente, Agricultura y Hacienda. Actualmente, el grupo elabora una Política Nacional para el uso del Artículo (PNUA6).

Asimismo, a partir de la promulgación de Ley Marco de Cambio Climático el país también elabora un reglamento que determinará las condiciones y requisitos necesarios para regular los certificados de reducción o absorción de emisiones, incluyendo los certificados generados bajo el Artículo 6, considerando que deben ser adicionales, medibles, verificables, permanentes, tener beneficios ambientales y sociales y cumplir con la NDC vigente.

Por otro lado, el mecanismo bilateral acordado con Suiza posee salvaguardas que garantizan la integridad medioambiental, resguardan de los derechos humanos, evitan la doble contabilidad de emisiones, aseguran la trazabilidad de los créditos de carbono y genera una serie de co-beneficios para el país vendedor. Entre otros, transferencia tecnológica, creación de empleo, inversión sustancial, y/o aumento de la acción climática.

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