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Contraloría respalda a Endesa por aplicación del Convenio 169 por hidroeléctrica Neltume

Ago 1, 2014

Comunidades mapuche solicitaron revisar el proceso de calificación ambiental del proyecto (de US$781 millones), acusando fallas en la consulta indígena. "No se advierte que (...) se haya infringido el Convenio", dijo Mendoza. Otro proceso se sigue en la Suprema.

(Pulso) De manera inédita, la Contraloría se refirió a la aplicación del Convenio 169 de la OIT sobre pueblos originarios, acuerdo que Chile suscribió en 2008 y que tiene en jaque la tramitación de una serie de proyectos mineros y energéticos.

Uno de estos es la central hidroeléctrica Neltume de Endesa. El proyecto ingresó la tramitación ambiental por segunda oportunidad en 2010, siempre teniendo que enfrentar a comunidades mapuche detractoras de la iniciativa fundamentadas en el Convenio 169.

Incluso, las comunidades mapuche de Lago Neltume y el Parlamento de Koz Koz de Panguipulli, presentaron una apelación ante la Corte Suprema en junio pasado, debido a la negativa de la Corte de Apelaciones de Valdivia de acoger un  recurso de protección contra el Servicio de Evaluación Ambiental de Los Ríos, al que se le acusa de no respetar los estándares internacionales del convenio de la OIT, proceso que está en curso.

En paralelo, las comunidades recurrieron a la Contraloría, solicitando que se realice una investigación con el fin de determinar la eventual responsabilidad administrativa de los funcionarios del Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) de la Región de Los Ríos por infringir, a su juicio, las normas en materia ambiental y el principio de probidad administrativa.

Las comunidades denunciaron al contralor Ramiro Mendoza que se habría desarrollado una participación funcional y no sustantiva de las comunidades afectadas por el proyecto Neltume, lo que infringiría lo establecido en el Convenio 169 de la OIT y otras normas que se menciona; se habrían ejercido presiones indebidas, hostigamientos reiterados, prácticas divisorias y descalificación permanente por parte del director regional (S) del SEA y su equipo técnico, desconociendo acuerdos de las comunidades y se habría faltado a la transparencia al impedir el registro audiovisual de las reuniones.

No obstante, el contralor desestimó las denuncias.

“Resulta forzoso anotar que de los antecedentes tenidos a la vista no se aprecia que las conductas denunciadas hayan tenido lugar, por lo que no es posible estimar que los funcionarios del servicio (SEA) recurrido han incurrido en alguna infracción al principio de probidad administrativa”, dijo Mendoza en un dictamen emitido hace unos días.

Y añadió: “No se advierte que la modalidad de desarrollo de la consulta de que se trata haya infringido el Convenio169 de la OIT, toda vez que, por una parte, y tal como lo afirma el organismo recurrido, aquel no contiene procedimientos determinados para dicho efecto y, por otra, de la documentación acompañada no se aprecia que se haya impedido u obstaculizado una participación efectiva y útil de las comunidades afectadas con los pertinentes proyectos, ni que la Administración haya obrado de mala fe al implementar esa instancia de participación”.

Proceso en la Suprema

La compañía ligada al grupo ENEL manifestó en el proceso que sigue la Corte Suprema que la comunidad indígena Inalafken se ha restado de participar en las distintas etapas de consulta “vulnerando la buena fe de este proceso”.

Según Endesa, “la consulta indígena, actualmente en trámite, ha contemplado a lo menos cinco sesiones de encuentro entre la autoridad ambiental y seis comunidades”. Sin embargo, la agrupación demandante “hasta este momento se ha negado a participar”.

Según la eléctrica, se invitó a la comunidad el pasado 15 de enero, a una cita clave para conocer las alternativas de descarga del lago Neltume, dando cuenta de los impactos y costos que cada una de ellas implicaría.

“Llama la atención que una comunidad que ha sido renuente a participar en el proceso de consulta, y otra que se manifiesta escéptica a su respecto, puedan efectuar observaciones y alegaciones”, expresa un escrito enviado por la firma al máximo tribunal del país.

La Tercera Sala de la Suprema pidió que se oficiara al SEA de la Región de los Ríos con el objeto que informe si la consulta indígena se ha adecuado a la normativa del nuevo reglamento del Convenio 169.

En paralelo, el pasado 28 de julio, el intendente de Los Ríos, Egon Montecinos, extendió el proceso de consulta indígena en dos meses, por lo que debiera concluir a fines de septiembre próximo.

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