Consejo de Ministros aprueba reglamentos clave para la implementación del SBAP

Los nuevos instrumentos permitirán clasificar ecosistemas según su conservación y establecer acciones para mitigar amenazas y restaurar biodiversidad dañada.

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Durante su última sesión, el Consejo de Ministros para la Sustentabilidad y el Cambio Climático aprobó dos reglamentos clave para iniciar la implementación del Servicio de Biodiversidad y Áreas Protegidas (SBAP). Estos instrumentos definen los procedimientos para identificar el estado de conservación de los ecosistemas del país y elaborar planes que enfrenten amenazas y reviertan pérdidas o daños a la biodiversidad.

El ministro (S) del Medio Ambiente, Maximiliano Proaño, destacó el avance que representa esta aprobación, mencionando que “esto representa un paso adelante en la puesta en marcha de este servicio, clave para resguardar nuestro patrimonio natural. Recordemos que el SBAP completa la institucionalidad ambiental del país tal como fue concebida desde sus inicios”.

El primer reglamento, enfocado en la clasificación de ecosistemas según su estado de conservación y en la elaboración de planes de manejo, permitirá identificar y categorizar los ecosistemas según su nivel de amenaza, en concordancia con los estándares de la UICN. A su vez, incluirá planes de manejo para ecosistemas “Vulnerables”, “En Peligro” o “En Peligro Crítico”, con acciones definidas, metas claras, monitoreo continuo y participación de servicios públicos para asegurar su recuperación y sostenibilidad.

El segundo reglamento, sobre Planes de Corrección, ofrece a personas o entidades infractoras la posibilidad de presentar medidas voluntarias para reparar los daños causados a la biodiversidad. El SBAP evaluará y fiscalizará estos planes, y podrá suspender temporalmente los procesos sancionatorios mientras los responsables ejecutan las acciones correctivas.

Norma de emisión para grupos electrógenos

En la misma sesión, el Consejo también respaldó la modificación al Decreto Supremo N° 38/2020, que regula las emisiones de grupos electrógenos. Acordaron ampliar hasta el 15 de septiembre de 2028 la entrada en vigencia de la tercera etapa de la norma, que incorpora exigencias más estrictas en materia de emisiones, con el objetivo de garantizar una implementación adecuada y técnicamente viable.

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