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(Chile) Presentan proyecto de ley para devolución de impuesto específico a generadoras eléctricas

Mar 10, 2008

* Actualmente el alto porcentaje que representa el diesel en los costos variables de las empresas imposibilita a las empresas generar el débito fiscal suficiente contra el cual imputar el impuesto específico.

Mañana comenzará en la Cámara de Diputados la tramitación legislativa del proyecto de ley que establece un mecanismo de devolución del impuesto específico al petróleo diesel a favor de las empresas generadoras eléctricas.

Así lo señaló el ministro de Energía, Marcelo Tokman, luego de conversar hoy con diputados de la Concertación integrantes de las comisiones de Hacienda y Minería y Energía acerca de la iniciativa legal y sus alcances.

Tokman explicó que «en el contexto de estrechez energética que vivimos, es un contrasentido que proyectos de turbinas y otros que contribuirán a agregar oferta y capacidad al sistema eléctrico no se pongan en marcha debido a que el actual mecanismo de recuperación del impuesto específico no es suficiente para que efectivamente pueda recuperarse el impuesto pagado».

La actual legislación ( Ley N° 18.502) establece que aquellos que utilicen el petróleo diesel para un fin distinto al uso en vehículos, pueden recuperar en su totalidad el monto del impuesto específico al diesel pagado.

Dado que muchas empresas no podían recuperar lo pagado por concepto de impuesto específico al petróleo, debido a los elevados costos de generar energía a través de este insumo y al alto porcentaje que éste representa en los costos variables -lo que imposibilita a las empresas generar el débito fiscal suficiente contra el cual imputar el impuesto específico-, el Gobierno decidió introducir cambios en la materia.

El proyecto de ley no reemplaza el mecanismo existente para recuperar el impuesto específico, sino que lo complementa al establecer un mecanismo suplementario, por el cual se autoriza la devolución del remanente del crédito fiscal del IVA originado en las adquisiciones de petróleo diesel, cuando en el respectivo mes el total del crédito fiscal declarado sea mayor al débito fiscal del mismo mes.

Esta ley comenzará a operar desde el primer día del mes siguiente a la publicación en el Diario Oficial y hasta Marzo del 2010

El ministro de Energía sostuvo que las empresas generadoras conectadas al Sistema Interconectado Central (SIC) o al Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) podrán acogerse a esta normativa, la que espera sea despachada por el Congreso a la mayor brevedad, ya que con ella se «removerá un importante obstáculo que hoy está frenando la incorporación de alrededor de 800 MW al SIC».

Fuente: Emol

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