El Ente Nacional Regulador de la Electricidad, ENRE, autorizó a la distribuidora EDELAP a aplicar un ajuste tarifario de 15% sobre los consumos posteriores al 1 de noviembre de 2005, correspondiente al aumento aprobado pero no aplicado durante el periodo mayo-julio del año pasado.
Se trata de la actualización tarifaria acordada entre el gobierno y la empresa, de aplicación sólo para los consumos industriales y comerciales, en el marco de la renegociación del contrato de concesión del servicio.
Los usuarios encuadrados en las tarifas residenciales T1R1 y T1R2 no están afectados por este aumento.
La referida Acta-Acuerdo aprobada por la UNIREN y ratificada por decreto, estableció que, a partir del 1 de mayo pasado, regiría un aumento promedio de 23% sobre los costos propios de distribución, los costos de conexión y el servicio de rehabilitación que percibe el concesionario.
También un aumento adicional de 5% sobre los costos propios de distribución.
El acuerdo estableció que el 28% resultante, una vez aplicado sobre los conceptos antedichos, no podrá resultar en un incremento de la tarifa media de la distribuidora (costo propio de distribución mas costo de abastecimiento) superior al 15%.
Esta remuneración, se consignó, permitirá al concesionario prestar el servicio cubriendo los costos totales.
La resolución 518 del ENRE estableció la vigencia del nuevo acuerdo tarifario a partir de la facturación de los consumos posteriores al 1 de mayo de 2005.
La aplicación del cuadro tarifario aprobado resultó inmediata para la facturación de los consumos posteriores al 1 de agosto, por lo que los consumos de mayo a julio no incluyeron dicha adecuación prevista.
Ahora, y a través de la resolución 838/2005, publicada hoy en el Boletín Oficial, el ENRE autorizó a EDELAP la aplicación, a partir de la facturación de los consumos posteriores al 1 de noviembre último, de la diferencia de los cuadros tarifarios aprobados, considerando los consumos devengados en el período 1 de mayo-31 de julio de 2005.
EDELAP deberá incluir en las facturas de los usuarios alcanzados por el Régimen Tarifario de Transición la leyenda «Aplicación decreto 802/2005» en referencia a los montos específicos resultantes.
Fuente: Infobae.