(El Mercurio de Valparaíso) El 28 de mayo pasado la Corte Suprema dictó un fallo favorable para diez recursos de protección que se agrupaban en una sola causa por el caso de intoxicación masiva en Quintero y Puchuncaví, ocurrido entre agosto y septiembre de 2018.
El fallo, del máximo tribunal fue contundente y determinó que hubo omisión por parte del Estado en resguardar a la población que por años se ha visto devastada por efectos contaminantes. Por esto, dictaminó quince medidas que debiesen estar ejecutadas en el plazo de un año, situación que -según confirmaron abogados de la causa consultados por este diario- no ha ocurrido.
La directora ejecutiva de la Defensoría Ambiental, Cristina Lux; el abogado Ezio Costa de la ONG Firma que representó a varias organizaciones ambientales como Greenpeace; el abogado José Miguel Ferrada que representó a 47 vecinos de la zona y el jurista Christian Lucero, abogado del senador Francisco Chahuán, quien interpuso el primer recurso de protección en contra de la Empresa Nacional del Petróleo (Enap), coinciden en que se deben aplicar medidas ante el retraso o incumplimiento que según algunos de ellos se evidencia.