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Lapidaria crítica de Apemec a la nueva norma técnica GNL: «resulta ser sustancialmente peor que la anterior»

Lapidaria crítica de Apemec a la nueva norma técnica GNL: «resulta ser sustancialmente peor que la anterior»

Rafael Loyola, director ejecutivo de la Asociación de Pequeñas y Medianas Central Hidroeléctricas (Apemec) es lapidario respecto a la nueva norma técnica de GNL, publicada esta semana por la Comisión Nacional de Energía (CNE, pues asegura que es peor a la que estaba vigente anteriormente y que sigue provocando distorsiones al mercado y a la competencia en el sector generador.

A su juicio, el organismo regulador «simplemente hizo oídos sordos a lo mandatado por la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados, la cual solicitó expresamente a la CNE realizar un estudio de impacto social y económico».

Críticas

¿Qué le parece la nueva NT de GNL publicada por la CNE?

Con desazón hemos constatado que la Comisión Nacional de Energía no tomó en consideración muchas recomendaciones en favor de la sana regulación eléctrica, resultando la nueva Norma Técnica inconsistente incluso con la posición que el propio secretario ejecutivo de la CNE manifestó públicamente en su intervención en la cámara de diputados. En este sentido, la nueva Norma Técnica prácticamente desecha la excepcionalidad de la condición de inflexibilidad del gas e impone serias distorsiones al mercado y a la competencia, pero además, suma más posibilidades de declaraciones de gas en condición de inflexibilidad que la antigua Norma Técnica, por ejemplo, al establecer que el gas que se inyecte al sistema durante los próximos dos años podrá ser calificado como inflexible en su totalidad, incluidos los buques spot, lo que resulta realmente sorprendente.

Como hemos señalado en diversas oportunidades, la condición de inflexibilidad no tiene justificación ni técnica ni económica. Sin embargo, la CNE sigue manteniendo esta definición en la Norma Técnica, sin presentar ninguna justificación coherente.

¿Cree que esta normativa incorporó las observaciones realizadas durante su proceso de consulta?

El texto recibió nada menos que 1.162 observaciones, siendo uno de los procesos de consulta pública más observados de este último tiempo. Al revisar el texto completo de observaciones, se constata que no existió casi ninguna consideración a nuestras observaciones, como tampoco a la gran mayoría de las observaciones de otros actores, todas ellas fundadas en principios básicos de la sana regulación económica.

Asímismo, la CNE simplemente hizo oídos sordos a lo mandatado por la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados, la cual solicitó expresamente a la CNE realizar un estudio de impacto social y económico, dada la relevancia del tema. Las respuestas de la CNE sobre esta materia son francamente sorprendentes, pues evaden y desestiman completamente el asunto. Sería bueno conocer la opinión de la Comisión de la Cámara al respecto.

Por otra parte, la CNE incorporó varios elementos relevantes, en especial en sus artículos transitorios, que profundizan el uso de la inflexibilidad y sus distorsiones, elementos que ni siquiera fueron objeto de observaciones porque no estuvieron presentes en el borrador inicial.

Rafael Loyola, director ejecutivo de Apemec. Foto: Archivo ELECTRICIDAD.

¿Qué impacto prevé en el mercado con esta nueva NT?

Los efectos ya las vemos, ya que la aplicación de la nueva Norma Técnica no serán muy distintos de los que se ven hoy con la aplicación de la denominada “minuta” de la gerencia de Mercado del CEN, mecanismo de dudosa legalidad aplicada por parte del Coordinador desde el 4 de septiembre pasado, que ha demostrado tener efectos incluso peores que el GNL inflexible de la norma técnica de 2019, con un impacto a la baja del orden del 50% en el precio spot, lo cual va en directo beneficio de las empresas que utilizan el gas para generación y que están sobrecontratadas.

El despacho forzado del gas ha generado un desacople total con los precios de los combustibles a nivel internacional, pues mientras estos han evidenciado un alza sostenida durante este año, llegando a los 32 USD/MBTU, en Chile este gas se quema a costo cero.

Los efectos sistémicos son preocupantes, donde se prioriza y beneficia un despacho contaminante, bajando artificialmente los precios spot, que no reflejan la escasez existente ante la actual sequía, incrementa los vertimientos de energía renovable, incrementa las emisiones de gases de efecto invernadero y, además, perjudica las inversiones en energía renovable y almacenamiento, necesarias para la anhelada transición energética.

Con respecto al mes de septiembre de 2021, fecha en que empezó a operar la minuta del CEN, se observa un fuerte incremento del vertimiento renovable.

Según la CNE, esta nueva NT «evita el uso excesivo de inflexibilidad de GNL», ¿está de acuerdo?

La verdad es que, por las razones esgrimidas anteriormente, pareciera que se trata de una frase irónica. En efecto, luego de la aplicación de la minuta del Coordinador, casi el 80% del GNL importado fue declarado “gestionable” (que es equivalente a declararlo inflexible). Esto no será muy distinto con la nueva Norma Técnica, por lo tanto, la excepcionalidad, que fue el principal objetivo que se buscó resolver en la Norma Técnica, no es más que letra muerta.

¿Qué perspectiva a futuro ve con esta publicación, considerando que el tema se ha judicializado?

La nueva norma técnica resulta ser sustancialmente peor que la anterior, donde por una parte vemos un claro atentado contra la libre competencia y, por otro lado, un fuerte debilitamiento de la institucionalidad que se ha empecinado, sin justificación racional, a forzar este combustible contaminante.

Esperemos que el Panel de Expertos primero se pronuncie sobre las facultades del CEN para regular el sector a través de una “minuta” que no tendría el respaldo de su Consejo Directivo,  y luego, que la Corte Suprema y el Tribunal de Defensa de la Libre Competencia se pronuncien lo antes  posible sobre los aspectos básicos de la regulación económica en materia eléctrica, como son las facultades de la CNE para regular una actividad económica por medio de las Normas Técnicas y sobre los principios de la libre competencia.

A su juicio, ¿qué desafíos técnicos sigue presentando la normativa en este tema?

Existe poca transparencia en varios aspectos de la operación del GNL y de la información que provee el Coordinador. Lamentablemente la minuta y la nueva Norma Técnica agregan un proceso altamente opaco en la determinación del costo de oportunidad del gas y su real justificación.

Vemos además que  también hay un fuerte desafío institucional, que permita garantizar que se respeten las reglas del juego y eviten distorsiones de mercado, que, a la larga, afectarán el precio final de la energía y los costos de suministro.

Norma Técnica GNL: advierten potencial efecto en las tarifas a clientes finales

Norma Técnica GNL: advierten potencial efecto en las tarifas a clientes finales

Un potencial impacto en los contratos existentes entre suministradores y empresas distribuidoras que se traducirían en las tarifas que pagan los clientes finales advierte Elio Cuneo, profesor del Magíster de Economía Energética de la Universidad Técnica Federico Santa María, en el marco de la discusión en torno a la discusión por los cambios a la Norma Técnica sobre el despacho de centrales GNL.

En una carta dirigida a Esteban Velásquez, presidente de la Comisión de Minería y Energía de la Cámara de Diputados, el académico explica que, frente a las voces que señalan que los usuarios finales no se verían afectados en esta materia, es necesario considerar «los alcances del Artículo 134 de la Ley de Servicios Eléctricos, así como los aspectos considerados en los proyectos de contratos incluidos en las bases de licitación, y que regulara la relación contractual entre Suministradoras y Empresas Distribuidoras, admite una revisión en los precios originalmente pactados».

Y precisa, que si se considera los contratos considerados en las licitaciones 2015-02, 2017-01 y la actualmente en curso, una cláusula típica del acuerdo contractual por suministro de electricidad a las distribuidoras señala: «El precio de la energía podrá ser revisado únicamente en los casos que, por causas no imputables al Suministrador, los costos de capital o de operación para la ejecución del Contrato hayan variado en una magnitud tal que produzca un excesivo desequilibrio económico en las prestaciones mutuas del Contrato, respecto de las condiciones existentes en el momento de la presentación de la Propuesta, debido a cambios sustanciales y no transitorios en la normativa sectorial o tributaria, que tengan por efecto directo y demostrable una variación de más del 2% en los costos de capital o de operación para la ejecución del Contrato».

Ante tal escenario, Cuneo solicitó exponer este punto en la comisión legislativa que analiza la Norma Técnica GNL.

Gas inflexible: los próximos pasos en la propuesta para cambiar la norma técnica GNL

En abril está contemplada la consulta pública sobre las propuestas de cambio a la Norma Técnica GNL, donde se aborda la temática del gas inflexible, en que se verá la propuesta preliminar realizada por la Comisión Nacional de Energía, la cual asigna un rol clave al Coordinador Eléctrico Nacional.

En lo inmediato, las opiniones del Comité Normativo sobre las propuestas serán vistas durante este mes y marzo, con la idea de tener un documento en borrador sobre los cambios para el 15 de marzo, mientras que sus comentarios esperan estar hasta el 26 de marzo, de acuerdo con las estimaciones del organismo regulador.

Estudio

Un eje central de la propuesta de la CNE es el estudio anual que deberá realizar el Coordinador Eléctrico sobre la Proyección de Generación de Unidades GNL (Estudio GNL), cuya finalidad sería determinar los volúmenes máximos de este combustible que pueden ser declarados en condición inflexible por cada Empresa GNL para el año calendario siguiente.

Este estudio podría recibir observaciones por parte de las empresas coordinadas como de discrepancias ante el Panel de Expertos, por lo que se estima que en agosto de cada año se publicaría su versión definitiva.

Según la propuesta, una vez que se publique el Estudio GNL la empresa generadora con este combustible tiene dos alternativas: nominar en el Programa Anual de Entregas (ADP en inglés) una cantidad de buques menor o igual al señalado en el estudio. También puede optar por nominar en el ADP una cantidad de buques mayor a lo indicado en el estudio.

Solo las empresa que escojan la primera alternativa «tendrán la posibilidad de que sus volúmenes de GNL puedan ser declarados en condición de inflexibilidad», debiendo informar a la CNE lo que han seleccionado.

Además, los volúmenes de GNL que puedan optar a condiciones de inflexibilidad, deberán estar asociados a contratos con cláusulas que incorporen la posibilidad de postergar los volúmenes del combustible para periodos distintos al ADP, así como reemplazar los volúmenes de GNL originalmente incluidos en el Programa Anual de Entregas o destinarlos para fines distintos a los originales.

Los antecedentes que se utilizarían para el estudio deberán ser actualizado por el Coordinador Eléctrico, en que se debe establecer si los requerimientos del recurso energético son menores, iguales o superiores al Estudio.

Al respecto, el análisis realizado por Andrea Olea, asociada a Guerrero Olivos, señala: «Si a partir de los resultados de dicha actualización se constata que los requerimientos de GNL del SEN son menores a los determinados en el Estudio GNL, entonces el Coordinador deberá comunicar a las Empresas Generadoras GNL aquellos volúmenes que no podrán optar a la condición de inflexibilidad, siempre que las Cláusulas de Flexibilidad sean aún ejecutables. Si por el contrario, los resultados demuestran que los requerimientos sistémicos serán mayores a los determinados en el Estudio GNL, el Coordinador deberá comunicar a las Empresas Generadoras GNL los volúmenes adicionales que podrán optar a la condición de inflexibilidad».

Inflexibilidad evitable

En la propuesta de la CNE se considera la condición de Inflexibilidad Evitable, que busca anticipar la utilización de volúmenes de GNL que se prevé serán considerados inflexibles y ocurrirá si 42 días antes del próximo embarque de GNL se determina que el uso de gas proyectado es menor que el volumen de gas disponible.

En este caso, el Coordinador deberá considerar volúmenes de dicho gas en la programación de la operación, permitiendo su utilización parcial por cada semana. «Si con una semana de anticipación al embarque de GNL la Condición de Inflexibilidad Evitable se mantiene, el volumen de GNL remanente pasará a condición de inflexibilidad», explica Andrea Olea.

La propuesta también plantea que las disposiciones de la Norma Técnica GNL «no aplican a contratos de suministro de GNL que no estén asociados a buques ni a centrales con capacidad menor a 50 MW, por lo que excluye a centrales PMGD y PMG. Asimismo, considera que la condición de inflexibilidad no será aplicable a los volúmenes de gas natural provenientes de Argentina».

CNE rechaza solicitud para invalidación de Norma Técnica de GNL emitida en 2021

La Comisión Nacional de Energía (CNE) rechazó, mediante la Resolución Exenta N°37, la solicitud de invalidación interpuesta en agosto pasado por las ONGs Asociación Interamericana para la Defensa del Ambiente, Mujeres de Zona de Sacrificio en Resistencia y Fundación Sociedades Sustentables en contra de la Resolución N°411, emitida en octubre de 2021, que dicta la Norma Técnica para Programación de la Operación de Unidades que utilicen Gas Natural Regasificado (NT GNL 2021).

La solicitud interpuesta por las tres organizaciones fue acogida a trámite por la CNE, iniciándose un procedimiento administrativo en que se concedió audiencia a los interesados para manifestar por escrito sus argumentos, en conformidad con la Resolución Exenta N° 495 de 2023, publicada en el Diario Oficial en octubre pasado.

El argumento esgrimido por la CNE es que la Resolución N°411, “no contiene vicio de invalidez alguno y se encuentra ajustada a derecho, pues fue tramitada en conformidad con las competencias y facultades legales y reglamentarias de este servicio, en conformidad con el procedimiento administrativo correspondiente y es del todo compatible con el ordenamiento jurídico vigente”.

La Resolución N°37 −emitida con fecha 2 de febrero de 2024− también indica que la existencia y aplicación de la NT GNL 2021, “en ningún caso obsta o restringe el debido cumplimiento de la institucionalidad ambiental vigente a la que se encuentran sujetas las entidades que operan centrales de generación de energía en base a GNL”.

El Secretario Ejecutivo de la CNE, Marco Mancilla, explicó que la resolución del organismo también expresa que dicha norma técnica “no representa una transgresión a los compromisos internacionales de reducción de emisiones suscritos por nuestro país, sino que −por el contrario− promueve su cumplimiento fomentando una matriz energética renovable, pues permite el reemplazo de las centrales en base a carbón por fuentes de generación menos contaminantes de forma suficiente y segura, atendidas las necesidades de nuestro sistema eléctrico”.

En ese sentido, la autoridad sectorial recordó que el objetivo del cuerpo normativo es “establecer las exigencias de información, procedimientos, metodologías, mecanismos y condiciones de aplicación que resulten necesarias para la programación y coordinación de unidades generadoras que utilicen gas natural licuado regasificado para producir electricidad”.

Norma Técnica GNL: advierten potencial efecto en las tarifas a clientes finales

Tribunal de Defensa de la Libre Competencia falla favorablemente para CNE respecto de la Norma Técnica de GNL

El Tribunal de Defensa de la Libre Competencia acogió este jueves la excepción dilatoria presentada por la Comisión Nacional de Energía, dando término de esta manera al procedimiento contencioso iniciado por Eléctrica Puntilla S.A. e Hidromaule S.A. en contra de la «Norma Técnica para la programación y coordinación de la operación de unidades que utilicen GNL regasificado (NT GNL).

Con voto 4-1, el TDLC consideró que la NT GNL corresponde a un acto de naturaleza normativa y con efectos generales, por lo que no corresponde que dicho tribunal conozca de reclamaciones en su contra en sede contenciosa. Al respecto, el TDLC señaló que «respecto de los actos normativos y generales, el legislador autorizó al Tribunal a recomendar, de manera no vinculante, la dictación, modificación o derogación de un precepto legal o reglamentario, en los términos señalados en el artículo 18 N° 4 del Decreto Ley N° 211, de lo contrario se vulneraría el principio de legalidad y lo dispuesto en el artículo 4° del Código Orgánico de Tribunales».

De esta forma, el tribunal dio por finalizado el procedimiento contencioso iniciado en contra de la CNE, en el cual se alegaba que la denominada condición de inflexibilidad, regulada en la NT GNL, atentaba contra el artículo 3° del DL N° 211. A raíz de lo anterior, las demandantes solicitaban que se condenara a la CNE al pago de una multa de 60.000 UTA y a la modificación de la NT GNL. De todas formas, y por considerar que la NT GNL corresponde a un «precepto reglamentario» en los términos señalados en el artículo 18 N° 4 del DL N° 211, el TDLC inició de oficio un procedimiento no contencioso de recomendación normativa.

Finalmente, cabe destacar que este fallo a favor de la CNE se suma al de 16 de diciembre de 2021, en la que el TDLC dejó sin efecto la medida precautoria solicitada por las demandantes, en la cual se requería suspender la aplicación de la condición de inflexibilidad.