Q

SVS descarta que reestructuración de Enersis sea operación con partes relacionadas

Jul 20, 2015

La entidad hizo presente a los directorios de Enersis, Endesa y Chilectra que deberán contar con información suficiente, amplia y oportuna al momento de tomar sus decisiones respecto de la reorganización societaria en su conjunto. 

A través del Oficio N°15443, la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) respondió a Enersis que a la reorganización societaria planteada no le es aplicable la normativa sobre operaciones con partes relacionadas del Título XVI de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas, sino que solo las disposiciones especiales que regulan sus etapas.

Por otra parte, la SVS hizo presente a los directorios de Enersis, Endesa y Chilectra que deberán contar con información suficiente, amplia y oportuna al momento de tomar sus decisiones respecto de la reorganización societaria en su conjunto, con sus diversas etapas, ya que las divisiones y fusiones no pueden ser analizadas como independientes ni autónomas.

Según consigna la nota publicada por la SVS, dicha información deberá fundamentar la propuesta que finalmente será llevada por cada directorio a las juntas de accionistas llamadas a adoptar los acuerdos respectivos, considerando que dicha propuesta sea la más conveniente para el interés social.

En los fundamentos de la propuesta definitiva, cada directorio deberá contemplar los objetivos y beneficios esperados de la reorganización societaria, así como los términos y condiciones de ésta, las diversas consecuencias, implicancias o contingencias que pudiesen traer aparejada dicha propuesta, incluyendo, por ejemplo, temas operacionales y tributarios, si correspondiere, así como en el caso de Enersis, las implicancias respecto del uso de fondos acordado para el aumento de capital efectuado en 2012.

Además se destaca que la información requerida deberá ser oportunamente puesta a disposición de los accionistas, atendido que las diversas etapas de la reorganización societaria serán aprobadas por las respectivas juntas de accionistas de cada una de las sociedades involucradas, de lo cual se deriva que quienes deben tomar la decisión deberán contar con todos los elementos necesarios para ello, uno de los cuales es el beneficio que la operación en su totalidad traerá aparejada para el interés social.

[AFP Capital: Controlador de Enersis tiene un “evidente conflicto de interés”]

 

Lo último
Te recomendamos

REVISTA DIGITAL

Suscríbase al Newsletter Revista Electricidad