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SMA formula cuatro cargos graves contra proyecto Alto Maipo

Ene 29, 2023

El procedimiento sancionatorio se sustenta principalmente en el incumplimiento de la empresa respecto a la construcción de una bocatoma complementaria para el canal El Manzano.

La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) inició un procedimiento sancionatorio contra la empresa Alto Maipo SpA., debido a una serie de incumplimientos ambientales en su proyecto hidroeléctrico del mismo nombre, ubicado en la comuna de San José de Maipo.

Esta planta cuenta con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA N°256/2009) dictada por la Comisión Regional del Medio Ambiente de la RM, que visa la construcción y operación de dos centrales de pasada, Alfalfal II y Las Lajas, que en conjunto generarán una potencia máxima de 530 MW.

Sobre este tema se pronunció la superintendenta del Medio Ambiente, Marie Claude Plumer, explicando que la formulación de cargos en contra de la empresa “tiene como origen una serie de denuncias, tanto ciudadanas como de organizaciones”.

Plumer detalló que “la investigación a cargo del fiscal instructor concluyó en el levantamiento de cuatro infracciones calificadas de graves, debido a que la empresa habría incumplido el compromiso de construir una bocatoma complementaria para el Canal El Manzano, conforme a un convenio previo suscrito por la titular del proyecto con las comunidades de la zona”.

Formulación de cargos 

Luego de hechas las fiscalizaciones en terreno y de analizar la información entregada por la empresa en el marco de su RCA, se formularon cuatro cargos graves, según detalló la SMA.

El primero se sustenta en incumplimientos de compromisos adquiridos por la empresa con la Comunidad de Aguas Canal El Manzano, debido a: 1) Se inició la puesta en servicio del proyecto Ato Maipo sin haber tramitado ni construido la bocatoma complementaria en el Canal El Manzano y 2) Las obras provisionales implementadas en la bocatoma del Canal El Manzano no fueron suficientes para la captación de la totalidad del caudal al que tiene derecho la Comunidad.

El segundo cargo tiene que ver con el incumplimiento de los siguientes compromisos asociados al componente vegetacional: 1) La reforestación de los rodales R-3 y R-4 se efectuó en superficies inferiores a las comprometidas, 2) La reforestación del rodal R-4 conllevó un menor número de individuos de Kageneckia angustifolia y de Guindilia trinervis de lo comprometido, 3) La reforestación del rodal VP5-A no cumple con el 75% de prendimiento de la especie Porlieria chilensis, 4) La revegetación en los MOD-6, MOD-7 y MOD-9 se efectuó de forma parcial, en superficies inferiores a las comprometidas, con un menor número de individuos y sin incorporar todas las especies exigidas, entre otras infracciones.

La tercera infracción tiene que ver con el incumplimiento de la restricción de acceso y prohibición de ejecutar faenas en zona de limitación y buffer de protección paleontológica, por las obras e instalaciones denominadas Camino V1 y antena antigua en desuso.

Por último, el cuarto cargo se argumenta porque el proyecto no abarcó la totalidad de la superficie requerida para el rescate y relocalización de fauna en el SAM 1.

Cabe señalar que una infracción clasificada como grave puede finalizar en multas de hasta 5.000 Unidades Tributarias Anuales (UTA), clausura o revocación de la RCA. En razón de lo anterior, la empresa Alto Maipo SpA se arriesga a una sanción de hasta 20.000 UTA, equivalente a más de $14.824 millones.

La empresa tiene un plazo de 10 días hábiles para presentar un programa de cumplimiento y de 15 días hábiles para formular sus descargos, tras la notificación del proceso sancionatorio.

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