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Reglamento de transferencias de potencia ingresó a la Contraloría general de la República

Ago 11, 2020

El Ministerio de Energía realizó modificaciones a la normativa, donde se contempla la remuneración de centrales térmicas en Estado de Reserva Estratégico y de las centrales renovables que tengan capacidad de almacenamiento.

El Ministerio de Energía ingresó a la Contraloría general de la República el Reglamento de Transferencias de Potencia entre empresas generadoras, donde se incorporan modificaciones como el tratamiento de la remuneración de centrales térmicas en Estado de Reserva Estratégica y de las centrales de energía renovables que tengan capacidad de almacenamiento de energía, entre otros aspectos.

El documento también estipula un cambio al Reglamento del Panel de Expertos para ampliar el plazo de emisión de sus dictámenes en ciertas circunstancias.

Contenido

Sobre el Estado de Reserva Estratégica los cambios al reglamento señalan que una generadora podrá ser considerada en esta situación mediante la aprobación del Coordinador Eléctrico Nacional, lo que se enmarca en el cronograma de retiro de unidades a carbón, contempladas dentro del proceso de descarbonización que impulsa el Ministerio de Energía con el sector privado.

El texto también se refiere a la centrales de energía renovable con capacidad de almacenamiento, «cuya fuente primaria sea hidráulica y su capacidad de regulación o almacenamiento sea insuficiente para generar su Potencia Máxima por al menos 24 horas, se denominarán centrales con capacidad de regulación o almacenamiento intra diaria».

Se indica que el Coordinador Eléctrico calculará «una energía de regulación individual de cada una de estas centrales, como el mínimo valor entre la energía máxima anual que puede ser generada por su sistema de almacenamiento, estanque de regulación o embalse correspondiente».

Además, se consideran dos artículos transitorios sobre el Estado de Reserva Estratégica.

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