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Reforma tributaria podría elevar entre 50% y 65% carga impositiva de grandes empresas y sus dueños

Dic 26, 2013

Así lo establece un estudio encargado por Sofofa para el escenario más probable que considera un aumento a 25% del impuesto de primera categoría, la eliminación del FUT, depreciación instantánea extensiva al dueño y el que se pueda arrastrar deuda. Este sería el incremento para un horizonte de tiempo de 15 años.

(Pulso) Con el objetivo de lograr un análisis más detallado del impacto que tendrá la reforma tributaria propuesta en el programa de gobierno de la Presidenta electa Michelle Bachelet, la Sociedad de Fomento Fabril (Sofofa) encargó un estudio a los economistas Luis Felipe Lagos y Francisco Klapp, de Libertad y Desarrollo, el que se expuso y se discutió la semana pasada en el último consejo empresarial de la entidad gremial.

El documento midió por un lado el efecto que podría generar la medida sobre el crecimiento económico y la inversión de las sociedades en Chile (ver nota secundaria). Pero además, analizó distintos escenarios posibles para diferentes tipos de empresas, según su nivel de reinversión y de distribución de utilidades, de modo de cuantificar el aumento que implicaría para su carga impositiva y la de sus dueños.

Al respecto, el estudio supone que la empresa modelo es una sociedad anónima grande, que tiene una vida de 15 períodos e invierte durante los primeros años para luego generar utilidades, cuyo ritmo depende de los distintos escenarios considerados. Su inversión contempla activos depreciables -edificios, maquinarias y vehículos- y no depreciables, y supone una tasa de interés relevante de UF+4,5% por período.

Para cada compañía tipo se presentan cinco casos de estructura tributaria diferente, más el sistema actual para, a través del cálculo del Valor Presente Neto (VPN) del impuesto total pagado, poder establecer el efecto final.

Mientras el caso A corresponde a la situación de hoy (tasa de 20% para la empresa y 40% máxima para retiros), el caso B considera una tasa de 25% para la empresa y 35% marginal máxima para los retiros. En tanto, el caso C (el más probable según lo anunciado por la Nueva Mayoría) supone una tasa de 25% para la empresa y 35% marginal máxima para los dueños en base devengada, eliminación del FUT con depreciación instantánea que puede ser usada por los dueños y arrastre de las pérdidas.

Por su parte, el caso D (menos probable), considera lo mismo que el anterior, pero sin la posibilidad para los dueños de utilizar la depreciación instantánea. Con menos posibilidades aún, el último caso (E) considera el mismo escenario del D, pero con la imposibilidad de arrastrar pérdidas. Según el informe, éste sería el peor escenario para una empresa, ya que no sólo la depreciación instantánea no podría ser aprovechada por los dueños, sino que al no permitirse arrastrar las pérdidas, naturalmente la depreciación instantánea pierde su atractivo.

Resultados por escenarios
Al considerar el caso que tiene mayores probabilidades de concretarse (C), el aumento que se registraría en los impuestos a pagar por las empresas y sus dueños varía entre el 50% y el 65% en 15 años, dependiendo de la distribución y reinversión que tenga la compañía.

Para un primer escenario, que considera una empresa que distribuye el 50% de la utilidad neta y reinvierte el 50% en activos fijos que pueden ser depreciados para fines tributarios, el resultado es un incremento de la carga de 53% (ver tabla).

Al aplicar el mismo caso a un segundo escenario, donde la empresa reinvierte de manera muy fuerte en activos fijos sujetos a ser depreciados (80%), y que distribuye sólo un 30% de la utilidad a sus accionistas, el efecto sobre la carga impositiva para el dueño y su compañía es levemente menor respecto al escenario anterior, ya que se elevaría en 50%.

Por último, si se trata de una empresa cuya reinversión es sólo del 20%, con una distribución de utilidades del 30%, los resultados que se obtienen son más adversos que en los dos escenarios anteriores, lo que según plantea el estudio, era de esperarse «considerando que la depreciación instantánea, ya sea que pueda ser utilizada por el dueño o no, tiene un menor efecto en la mitigación del impuesto final en comparación con el segundo escenario».

De hecho, en este escenario, el VPN del impuesto total aumentaría 65,8%.

Por su parte, al aplicar el caso B, que considera una reforma tributaria más «moderada», que no involucra la eliminación del FUT, el impacto sobre la carga impositiva para los distintos tipos de empresas es claramente mucho menor.

Para una sociedad que distribuye 50% y reinvierte la misma tasa de utilidades, el aumento del VPN de los impuestos a pagar sería de sólo un 3,3%, lo que es considerado como un cambio menor.

Mientras, en el escenario de una compañía que reinvierte de manera fuerte en activos fijos (80%), y distribuye el 30%, el impacto es de un aumento de 10% en la carga tributaria para los dueños y la misma sociedad.

A su vez, para una empresa que reinvierte 20% y distribuye 30%, la consecuencia de una reforma tributaria más cautelosa equivaldría a un incremento de 12,3% para los dueños de estas compañías.

En tanto, los casos D y E, considerados los menos probables por los autores, son los que revelan los impactos más severos para las compañías.

Al aplicar el caso D a la empresa que distribuye y reinvierte el 50%, el VPN de la base imponible del dueño será más grande que el valor presente de las utilidades contables (tributarias) de la empresa y ,por lo tanto, el monto de impuesto del dueño (y el total) será mayor que si pudiese aprovechar la depreciación instantánea. De esta forma, el VPN del pago total de impuestos aumenta en un 19% respecto del escenario C, y 81% respecto a la situación actual.

Si se aplica el mismo caso a una empresa con alta reinversión y que distribuye 30%, el aumento de la carga para el dueño y la sociedad llegaría al 130%, según el estudio.

Menos afectadas que las anteriores, aquellas compañías que reinvierten 20% y distribuyen 30%,anotarían un incremento de su carga de 71,6%.

Enel caso de que la modificación tributaria que implemente el nuevo gobierno, finalmente no incluya la posibilidade arrastrar pérdidas (el escenario más extremo y menos probable de todos), el impacto sería de un aumento impositivo de 85% para una empresa con reinversión de 50%, y de 160% para aquella con mayor reinversión.

El caso de las pymes
Una situación particular se puede desprender de los resultados del estudio, al analizar el escenario de una Pyme al enfrentar las distintas opciones de reforma tributaria.

Y es que justamente las pequeñas y medianas empresas son las que han estado en medio del debate tanto académico como político para la implementación de una medida de estas características.

En este sentido, considerando una Pyme que distribuye el 30% de las utilidades e invierte el 20%, potencialmente podría verse beneficiada con una reforma como la del caso C (la más probable), implicando incluso una caída en el impuesto total de su dueño del orden de 18%.

Pero esto se debe, según explica el documento, a que la devolución que recibiría el dueño de la empresa al final del año tributario, es mayor ya que corresponde a la totalidad de la diferencia entre el impuesto de primera categoría y el impuesto personal del dueño, y no sólo como es hoy sobre la diferencia en las utilidades efectivamente retiradas.

Sin embargo, el texto aclara y advierte que este análisis, al considerar una frecuencia anual, «obvia uno de los componentes de la reforma que con mayor probabilidad dañaran a las Pyme: el aumento de los pagos provisionales mensuales (PPM) de acuerdo con el aumento de la tasa del impuesto de primera categoría de 20% a 25%».

En esa línea, precisa que este incremento mermaría los recursos internos disponibles a lo largo del año, generando problemas de financiamiento para este tipo de empresas.

«Se debe aclarar que este efecto (caída del impuesto de 18%) se ve contaminado por la existencia de PPM que muy probablemente serán pagados considerando la tasa del impuesto de primera categoría y no la tasa del dueño, con lo que se perjudica la liquidez de la empresa durante el año», detalla el documento.

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