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CNE llama a asociaciones a participar en audiencia sobre mecanismo de revisión de precios de contratos

CNE llama a asociaciones a participar en audiencia sobre mecanismo de revisión de precios de contratos

La Comisión Nacional de Energía (CNE) hizo un llamado a las asociaciones de consumidores a que se refiere la Ley N° 19.496, que deseen participar de la audiencia establecida en el artículo 134° de la Ley General de Servicios Eléctricos, relativa al mecanismo de revisión de precios de contratos, para que informen su voluntad de hacerlo.

Ello, a raíz de que la empresa Parque Eólico Cabo Leones I S.A. solicitó a la CNE la revisión del precio de la energía de los contratos de energía y potencia para servicio público de distribución, correspondientes tanto a la Licitación de Suministro 2015/01, como a la Licitación de Suministro 2015/02.

En virtud de lo dispuesto en el artículo 134° de la Ley General de Servicios Eléctricos y en el artículo 85° y siguientes del Reglamento de Licitaciones, se informa a las asociaciones de consumidores la realización de la audiencia respectiva, la que se llevará a cabo el día 20 de marzo de 2024, a las 09:30 horas y 11:30 horas, en lugar a definir, el que será debidamente informado a las partes.

Para participar en la audiencia antes referida, las asociaciones de consumidores deberán confirmar a la institución su participación al correo electrónico licitacionsuministros@cne.cl, hasta el 23 de febrero.

CNE acoge modificación a bases de licitación de suministro a clientes regulados

La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió la Resolución Exenta N°47, a través de la cual se modifica la Resolución Exenta N°284 de 2023, que aprobó las Bases de Licitación Pública Nacional e Internacional para el Suministro de Energía y Potencia Eléctrica destinados al abastecimiento de los consumos de clientes sometidos a regulación de precios.

Producto de la de la Resolución Exenta N°2, del 8 de enero de 2024, que aprobó el Informe Final Definitivo de Licitaciones a que se refiere el artículo 131° ter de la ley, el documento emitido por la Comisión establece un nuevo volumen de energía a licitar en la Licitación de Suministro 2023/01, contemplando un total de 3.600 GWh, repartidos en dos bloques de suministro, por 1.500 GWh y 2.100 GWh, con inicio de suministro en los años 2027 y 2028 respectivamente, y ambos con segmentaciones zonales y horarias.

Los Bloques de Suministro N°1-Z1-A, N°1-Z1-B y N°1-Z1-C, se dividirán cada uno en 13 Sub-Bloques, mientras que los Bloques N°1-Z2-A, N°1-Z2-B y N°1-Z2-C lo harán cada uno en 26 Sub-Bloques, y los Bloques N°1-Z3-A, N°1-Z3-B y N°1-Z3-C se dividirán cada uno en 36 Sub-Bloques, con inicio de suministro en enero de 2027 y una duración de 20 años.

Por su parte, los Bloques de Suministro N°2-Z1-A, N°2-Z1-B, N°2-Z1-C, se dividirán cada uno en 18 Sub-Bloques, mientras que los bloques N°2-Z2-A, N°2-Z2-B, N°2-Z2-C lo harán cada uno en 36 Sub-Bloques, y los Bloques N°2-Z3-A, N°2-Z3-B, N°2-Z3-C se dividirán cada uno en 50 Sub-Bloques, con inicio de suministro en enero de 2028 y una duración de 20 años.

El cronograma de la Licitación no considera cambios, manteniéndose la fecha de presentación de ofertas para el próximo 9 de abril, como también las demás fechas establecidas en la Resolución Exenta N°560 del 17 de noviembre de 2023.

El secretario ejecutivo de CNE, Marco Mancilla, destacó el avance de este proceso, detallando los elementos innovadores de la licitación 2023/01, como los cambios al mecanismo de fomento a proyectos de almacenamiento y de energías renovables no variables, conforme al cual “se amplió el universo de proyectos que pueden optar a este beneficio, incluyendo así a proyectos hidráulicos que puedan aportar flexibilidad al sistema”.

“Otro cambio relevante que ha incorporado este proceso es considerar que los proyectos nuevos de almacenamiento deben contemplar al menos 4 horas de duración para acceder al incentivo señalado, además de permitir el traspaso de Costos Sistémicos, donde se incluye la posibilidad de incorporar otros costos sistémicos futuros que puedan aparecer, previa aprobación de la CNE”, afirmó.

CNE suscribe acuerdo de colaboración con Unidad Reguladora de Servicios de Energía de Uruguay

CNE suscribe acuerdo de colaboración con Unidad Reguladora de Servicios de Energía de Uruguay

La Comisión Nacional de Energía (CNE) firmó un acuerdo de colaboración con la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua (Ursea) de Uruguay, cuyo principal objetivo es promover el desarrollo y la cooperación regional en el ámbito energético, a través del fortalecimiento de la cooperación en materia de intercambio de información y en la mejora de las labores de regulación en ambos países.

El convenio fue firmado por el secretario ejecutivo de la CNE, Marco Mancilla, y la presidenta de Ursea, Silvana Romero, quienes destacaron el acercamiento de ambas instituciones en el marco de la XXIV Reunión Anual de Entidades Iberoamericanas Reguladoras de Energía, realizada en República Dominicana entre el 6 y 8 de febrero.

Mancilla participó en la segunda jornada de este evento, en la Reunión Anual de Reguladores de la Energía de la Asociación Iberoamericana de Entidades Reguladoras de la Energía (Ariae), donde expuso la experiencia chilena en materia de regulación dentro del actual contexto de transición energética.

La autoridad sectorial abordó el trabajo realizado por la CNE en torno al ingreso de las energías renovables a la matriz energética nacional, destacando las leyes de fomento a la participación de ERNC, de 2008, así como la Ley que perfecciona el Sistema de Licitaciones de Suministro Eléctrico para clientes sujetos a regulaciones de precio (2015), la Ley de Transmisión, de 2016, y la Ley que promueve el Almacenamiento de Energía Eléctrica y Electromovilidad, de 2022, entre otras normativas.

Asimismo, Mancilla resaltó la inversión en materia de almacenamiento que se está registrando actualmente en el Sistema Eléctrico Nacional, agregando que esto plantea seguir avanzando en la seguridad de la operación del sistema.

CNE da a conocer Informe Técnico Definitivo de Fórmulas Tarifarias 2020-2024

CNE da a conocer Informe Técnico Definitivo de Fórmulas Tarifarias 2020-2024

La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió la Resolución Exenta N°46, en que se aprueba el Informe Técnico Definitivo de Propuesta de Fórmulas Tarifarias para Concesionarias de Servicio Público de Distribución, correspondiente al cuadrienio 2020-2024, el cual incorpora las modificaciones realizadas a partir de las observaciones recibidas al informe técnico preliminar, publicado en noviembre pasado.

Con ello, se cumple lo establecido en el artículo 185° de la Ley General de Servicios Eléctricos (LGSE), en orden a efectuar la estructuración de las tarifas que reflejen los costos que dan origen al valor agregado de distribución resultante del proceso de tarificación. Este último, establecido en el artículo 183° bis de la LGSE.

La nueva estructura tarifaria será aplicable a los consumidores una vez que el decreto tarifario, elaborado por el Ministerio de Energía, sea tomado de razón por la Contraloría General de la República y luego de que sea publicado en el Diario Oficial, concluyendo así el proceso tarifario del cuadrienio 2020-2024.

Tarifas 

Los efectos en la cuenta tipo del cliente final de esta nueva estructura tarifaria, respecto a las tarifas vigentes (Decreto 11T-2016, de Ministerio de Energía), considerando la tarifa en moneda de 2019 (año base del estudio tarifario), resulta en un aumento del 0,2% promedio a nivel nacional en la cuenta tipo de la tarifa residencial BT1a, sin considerar el efecto del descongelamiento de las tarifas.

Cabe señalar que la BT1a se aplica a los consumidores que tienen una potencia conectada igual o menor a 10 kW, a quienes solamente se le mide la energía consumida y no se le consideran cobros directos de la potencia demandada, correspondiendo a la mayor parte de los consumos residenciales del país.

Sin perjuicio de lo anterior, el efecto en cuenta tipo de la nueva estructura tarifaria dependerá de la fecha de entrada en vigencia del decreto tarifario, así como del descongelamiento de tarifas (que se encuentran congeladas desde diciembre de 2019, fecha de publicación de la ley N°21.194) y del recálculo de los factores de Equidad Tarifaria Residencial, de acuerdo con lo establecido en el artículo 191° de la Ley. Esto último implica que las tarifas máximas que las empresas distribuidoras pueden cobrar por el suministro a usuarios residenciales no pueden exceder el promedio simple de estas tarifas, más un 10%.

Finalmente, se debe indicar que tanto el efecto del descongelamiento de las tarifas de distribución, así como la entrada en vigencia del decreto tarifario y la oportunidad para el cálculo de los factores de equidad tarifaria residencial y, consecuentemente, el impacto en cuenta tipo de las nuevas fórmulas tarifas, dependerá igualmente de la tramitación en el Congreso Nacional del proyecto de ley que modifica diversos cuerpos legales, en materia de estabilización tarifaria (Boletín 16.576-08).

Descarbonización: CNE autoriza a AES Andes el retiro anticipado de las unidades 1 y 2 de Norgener

La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió la Resolución Exenta N°45, en que autoriza a la exención de plazo presentada por la empresa generadora AES Andes para retirar las unidades de generación 1 y 2 de la central termoeléctrica a carbón Norgener, ubicada en la comuna de Tocopilla, región de Antofagasta.

Con ello, la empresa podrá materializar la desconexión de dichas instalaciones, que suman 276 MW de capacidad instalada, a partir del 31 de marzo de este año, en vez del 31 de diciembre de 2025, como se había informado anteriormente.

“Las referidas unidades generadoras podrán ser retiradas, desconectadas y cesar sus operaciones a partir del 31 de marzo de 2024, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 72°-18 de la Ley General de Servicios Eléctricos y en el artículo 34° del Reglamento de Coordinación y Operación del Sistema Eléctrico Nacional”, señala la resolución.

La autorización del organismo consideró el informe de seguridad entregado por el Coordinador Eléctrico Nacional, donde se indica que el retiro y desconexión de las unidades 1 y 2 para fines de marzo no disminuye la seguridad y calidad de servicio del Sistema Eléctrico Nacional. En ese sentido, el documento precisa que “no se prevé déficit de abastecimiento para las condiciones particulares de indisponibilidad en los tres casos estudiados, bajo escenarios hidrológicos extremos (secos), proyectando consumos de combustible diésel que no superan la capacidad empírica de distribución de diésel para generación eléctrica, esto es, 3.500 m3/día».

El secretario ejecutivo de la CNE, Marco Mancilla, destacó que esta autorización “es otro paso para avanzar en el Plan de Descarbonización de los últimos años, pues con el retiro de estas dos unidades de AES Andes la capacidad instalada a fines de marzo pasará de los actuales 4.016 MW a 3.740 MW».

“Como CNE, hemos participado en las mesas de trabajo del Plan de Descarbonización que impulsa el Ministerio de Energía, que considera los ejes de infraestructura y modernización de la red eléctrica, la reconversión y los combustibles de transición que implica este proceso”, sostuvo la autoridad.