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Plebiscito constitucional: Opción del rechazo se impone en todas las regiones del país

Plebiscito constitucional: Opción del rechazo se impone en todas las regiones del país

Terminó el conteo de las votaciones del Plebiscito de salida y los datos del Servel ya demostraron que el Rechazó triunfó con el 61.87% de las preferencias a su favor, mientras que el Apruebo obtuvo un 38.13%, mostrando que la diferencia entre ambas opciones fue mayor respecto a las proyecciones que realizaban diversas encuestas.

En esa línea, los resultados fueron concordantes en todas los rincones del país, pues en todas las regiones triunfó el Rechazo.

En la Región Metropolitana -y quizás la zona con menor distancia-, cerró con un 55,26% de los votos en Rechazo a la nueva Constitución, y el 44,74% tuvo intenciones de Aprobar la propuesta de la Convención.

Debate Constitucional: ¿Cuál es el rol del Estado en el uso de los recursos hídricos?

Debate Constitucional: ¿Cuál es el rol del Estado en el uso de los recursos hídricos?

¿Hasta qué punto el Estado debe determinar el uso del agua para la generación de energía y el desarrollo de otros sectores productivos? ¿Cuál es la probabilidad de dejar a Chile a oscuras si esta asignación no sintoniza con las necesidades energéticas del país y el sector privado carece de la certeza jurídica para invertir en el mediano y largo plazo?

El nuevo Código de Aguas, promulgado por el presidente Boric el pasado 26 de marzo, indica que las aguas cumplen diversas funciones como el consumo humano, saneamiento, preservación de los ecosistemas y actividades productivas, pero si hay condiciones de escasez prevalecerá el uso doméstico de subsistencia y el saneamiento.

Por su parte, el borrador de la propuesta constitucional de la Convención, dado a conocer el sábado 14 de mayo, establece un orden de prioridades y jerarquía en el uso de agua en cualquier situación de disponibilidad hídrica. Estas son el derecho humano al agua, el saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas, el ejercicio de la soberanía alimentaria y los usos tradicionales de los pueblos indígenas. Agrega que siempre prevalecerá el derecho humano al agua, al saneamiento y el equilibrio de los ecosistemas; y respecto a las demás funciones, señala que serán determinadas por la Ley. Además, plantea que el Estado velará por un uso razonable de las aguas, que tendrán un carácter incomerciable.

Así, se observa un consenso en privilegiar el consumo humano y el cuidado del medio ambiente si el déficit hídrico impide satisfacer todas las necesidades de consumo, como también, que la autoridad debe fiscalizar el uso razonable de las aguas. Para estos efectos, debe fiscalizar las extracciones ilegales, suspender el ejercicio de aquellos derechos de aprovechamiento de aguas que pongan en riesgo la existencia de sus correspondientes fuentes superficiales o subterráneas, rechazar las solicitudes de títulos en áreas declaradas bajo protección oficial de la biodiversidad y castigar la especulación a través del pago de patentes por el no uso de los títulos de aprovechamiento de aguas o caducándolos, entre otras acciones.

Sin embargo, no hay acuerdo en que el Estado determine la prelación del volumen de agua para la generación de energía eléctrica o la agricultura.

¿Qué tan fino debería hilar la Constitución? En términos constitucionales, el nuevo Código de Aguas y la propuesta de la Convención Constituyente siguen principios distintos. El Código es “La Ley” en materia hídrica, cuya modificación y acuerdos es el resultado de años de discusión, sintonizando con la tendencia de la mayoría de las constituciones vigentes en el mundo, incluyendo sólo disposiciones generales y breves sobre el tema. En cambio, la iniciativa constituyente se ajusta a los textos de Bolivia, Ecuador y México, los únicos que introducen regulaciones específicas.

Queremos que nuestra Constitución entregue las libertades para permitir la innovación y el desarrollo del sector energía y de todo el país, lo cual no es posible incorporando las rigideces planteadas por la Comisión de Medio Ambiente.

Esto fue lo que aprobó la Convención sobre los denominados Bienes Comunes Naturales

Esto fue lo que aprobó la Convención sobre los denominados Bienes Comunes Naturales

Los «bienes comunes naturales» llegaron al borrador de la nueva Constitución este lunes, luego de que el pleno de la Convención Constitucional aprobara una serie de artículos referidos a estos por más de 103 votos.

La definición sobre estos bienes no logró suficiente respaldo: esta decía que son «elementos o componentes de la naturaleza sobre los cuales el Estado tiene un deber especial de custodia con el fin de asegurar los derechos de la Naturaleza y el interés de las generaciones presentes y futuras. Este deber existe respecto de todos los bienes comunes naturales, sean apropiables o inapropiables», lo que se rechazó con 96 votos a favor, 43 en contra y 7 abstenciones.

La Convención despachó al borrador de Carta Magna que, entre los bienes comunes naturales se incluyen «el mar territorial y su fondo marino; las playas; las aguas, glaciares y humedales; los campos geotérmicos; el aire y la atmósfera; la alta montaña, las áreas protegidas y los bosques nativos; el subsuelo, y los demás que declaren la Constitución y la ley«, lo que se visó con 103 votos a favor, 40 en contra y 6 abstenciones.

Asimismo, se visó que son inapropiables el agua en todos sus estados, el aire, los bienes reconocidos por el derecho internacional y los que la Constitución o las leyes declaren como tales, por 109 votos a favor, 37 en contra y 6 abstenciones.

Sobre los bienes inapropiables, llegó al proyecto de nueva Constitución que «el Estado deberá preservarlos, conservarlos y, en su caso, restaurarlos. Deberá, asimismo, administrarlos de forma democrática, solidaria, participativa y equitativa» (111-35-7).

Además, respecto de aquellos bienes comunes naturales que se encuentren en el dominio privado, «el deber de custodia del Estado implica la facultad de regular su uso y goce» (107-39-4).

«Cualquier persona podrá exigir el cumplimiento de los deberes constitucionales de custodia de los bienes comunes naturales. La ley determinará el procedimiento y los requisitos de esta acción» (110-33-6), se lee en el texto aprobado.

Estos bienes podrán ser administrados mediante autorizaciones que tendrá que entregar el Estado para sus usos, que serán temporales y estarán sujetos a causales de caducidad, extinción y revocación, «con obligaciones específicas de conservación, justificadas en el interés público, la protección de la naturaleza y el beneficio colectivo».  Estas autorizaciones no generan derechos de propiedad (110-33-5).

Finalmente, se rechazó que «los derechos de los pueblos indígenas sobre bienes comunes naturales que se encuentran en sus tierras y territorios, reconocidos en el derecho internacional de los derechos humanos, ratificado y vigente en Chile, serán reconocidos por la ley» (84-43-24).

Avanzan normas sobre justicia ambiental y órganos autónomos en comisión de la Convención

Avanzan normas sobre justicia ambiental y órganos autónomos en comisión de la Convención

En etapa de recibir indicaciones están las iniciativas referidas a justicia ambiental y de los órganos autónomos de control, en debate en la Comisión de Sistemas de Justicia de la Convención Constitucional.

El informe sistematizado también contiene normas en materia de reforma y reemplazo de la Constitución, así como de acciones constitucionales.

  • Justicia ambiental

En esta materia se aprobó, por ejemplo, la creación de la Defensoría de la Naturaleza. Como organismo autónomo técnico, tendrá como objetivo la difusión, prevención, promoción, defensa y protección de los derechos de la naturaleza. Además, de los animales y los derechos humanos ambientales garantizados en la Constitución, las leyes y los instrumentos internacionales en materia ambiental.

En el mismo sentido, existirá un Consejo Autónomo del Medio Ambiente que evaluará, fiscalizará y sancionará proyectos y/o actividades en materia ambiental.

  • Derecho a asistencia a víctimas

La comisión respaldó que es deber del Estado dar asistencia a las personas que hayan sido víctimas de conductas constitutivas de violencia o delito. El Estado debe satisfacer las necesidades de protección, información, representación judicial y reparación y derecho a proceso con todas las garantías.

Además, crear la Defensoría de los pueblos, ente que tendrá como objetivo garantizar el acceso a la justicia de todas las personas que habitan el territorio, como también la defensa de los derechos humanos de todas las personas. Esto, con especial énfasis en los derechos de las infancias, pueblos indígenas, personas mayores, personas en situación de discapacidad y víctimas de violaciones a los derechos humanos durante la dictadura y el estallido social.

  • Banco Central

En relación al denominado ente emisor, se aprobaron cuatro iniciativas constituyentes y una iniciativa popular de norma (IPN). Todas consagran su calidad de órgano autónomo, con patrimonio propio y de carácter técnico.

La iniciativa popular añade que, el Banco Central podrá efectuar operaciones con instituciones financieras, públicas o privadas, pero no otorgar a ellas su garantía, ni adquirir documentos emitidos por el Estado, sus organismos o empresas. Asimismo, ningún gasto público o préstamo podrá financiarse con créditos directos o indirectos del Banco Central.

  • Contraloría general

Sobre la Contraloría General de la República (CGR) se aprobaron cuatro iniciativas que coinciden en el carácter autónomo y que su función es ejercer el control de la legalidad de los actos de la administración. Además, fiscalizar el ingreso e inversión eficiente de los fondos del fisco; de las municipalidades y de todo tipo de corporación municipal.

Pero, se añade que deberá medir el avance en la implementación de los derechos sociales establecidos por la Constitución, publicando al menos una vez al año un informe con los indicadores de cumplimiento.

Asimismo, los integrantes de la comisión acordaron que existirán contralorías regionales, como órganos desconcentrados, encargados del control de constitucionalidad y legalidad, en primera instancia, de todos los actos administrativos emitidos por el Gobierno Regional.

  • Ministerio Público

La instancia aprobó tres propuestas que establecen su autonomía y que dirigirá de forma exclusiva la investigación de hechos que pudiesen ser constitutivos de delito.

Su composición será previo concurso público, por el Consejo Supremo de Justicia, ajustándose a las normas que la Constitución y la ley determinen. Existirán fiscales regionales, quienes además deberán promover los principios de interculturalidad, pluralismo jurídico Indígena y plurinacionalidad.

  • Consumidores

En relación al Servicio Nacional del Consumidor, la comisión plantea que este órgano deberá informar y educar sobre derechos y deberes del consumidor. Además, dar cumplimiento a las normas asegurando en todo momento la igualdad de trato a los distintos actores del procedimiento.

GPM AG expone ante la Convención Constituyente, abogando por “reglas claras” para descentralizar el sector energético

GPM AG expone ante la Convención Constituyente, abogando por “reglas claras” para descentralizar el sector energético

Impulsar el establecimiento de reglas claras para el sector energético, que permitan promover el desarrollo, la competencia y la entrada de nuevos actores a la industria, fue el mensaje central de la exposición que este lunes realizó la Asociación Gremial de Pequeños y Medianos Generadores (GPM A.G.) ante los integrantes de la Comisión sobre Medio Ambiente, Derechos de la Naturaleza, Bienes Naturales Comunes y Modelo Económico de la Convención Constitucional.

“Se debe promocionar mercados energéticos que consten de reglas claras, confiables y justas, pensando en todos los actores que deben entrar a este sector para descentralizar, atraer nuevas energías, innovación, y todo lo que necesitaremos durante los próximos años. Debemos competir en una cancha pareja, que permita la innovación, participación y desarrollar una actividad que será esencial a futuro, considerando el nivel de energía que vamos necesitar”, dijo Danilo Zurita, director ejecutivo de GPM AG.

En este sentido, agregó que la Carta Magna debe ser un impulsor de este desarrollo sostenible de la energía en Chile. Ello, principalmente considerando “los desafíos medioambientales que tenemos en este momento”.

Por el lado de los generadores, indicó que la misión estará en “que la energía eléctrica impulse un desarrollo sostenible, y donde encabecemos la promoción de un mercado líder en competencia, diversidad e innovación”. Insistió en que se debe buscar “una cancha pareja para que todos podamos interactuar en igualdad de condiciones”, permitiendo la descentralización de recursos energéticos y un sistema sostenible.

Riesgos de incerteza

Laura Contreras, vicepresidenta de GPM AG, planteó los riesgos que existen para los generadores, especialmente los pequeños y medianos, de no atenderse los puntos antes planteados.

“Las incertezas regulatorias generan mucho riesgo y le afectan particularmente a los pequeños y medianos generadores, para efectos de poder desarrollar o seguir adelante con un proyecto”, indicó Contreras. Actualmente, los socios de GPM AG representan más del 15% de la capacidad instalada del sistema.

Contreras también planteó la necesidad de que cualquier decisión que se tome en el sector energético, debe tener un previo diagnóstico que sea “lo más claro posible, y bien analizado”, evitando así la incertidumbre que han generado algunas iniciativas en el pasado.