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Generación distribuida: advierten que retiro de reglamento es «una pausa» para la inversión

Feb 13, 2020

Mauricio Olivares, director ejecutivo de Emoac Consulting Group, señala que "es de esperar que la autoridad realice las modificaciones que crea pertinente" para que con ello el mercado tenga las herramientas regulatorias para tomar un nuevo impulso".

La necesidad de que el Ministerio de Energía realice nueva modificaciones al Reglamento de Generación Distribuida que retiró a fin de enero desde la Contraloría General de la República, parad darle un impulso a las inversiones en este sector, planteó el director ejecutivo de Emoac Consulting Group, Mauricio Olivares.

El especialista sostiene a ELECTRICIDAD que el retiro del reglamento significa «una pausa para el desarrollo» en las inversiones para aumentar el número de conexiones de generación distribuida, especialmente a través de sistemas fotovoltaicos.

«El reglamento permite sentar las bases del mercado del Netbilling y entregar certidumbres los inversionistas de este segmento. El retiro del reglamento de Contraloría es una pausa para el desarrollo de estas inversiones, que deberán estar atentos a un nuevo borrador para efectos de visualizar el marco final por medio del cual la regulación nacional permitirá el desarrollo de este segmento que se prevé cada vez más relevante, debido a la constante baja en el costo en las fuentes de generación renovables (principalmente solar) a baja escala», asevera.

[LEA TAMBIÉN: Ministerio de Energía retiró de Contraloría reglamento de generación distribuida]

«Es de esperar que la autoridad realice las modificaciones que crea pertinente e ingrese nuevamente el reglamento a Contraloría para que con ello el mercado de la generación distribuida tenga las herramientas regulatorias para tomar un nuevo impulso y se desarrolle en conformidad a los recursos que el país posee en generación renovable», agrega Olivares.

Contexto

El ejecutivo destaca los contenidos del reglamento, que se enmarcan en la Ley n°21.118, que modificó la regulación vigente hasta ese momento respecto de la generación distribuida, entre las cuales está el aumento de la potencia máxima a instalar por los usuarios regulados de 100 kW a 300 kW, y la posibilidad de unificar cuentas de clientes que tengan, dentro de una misma empresa distribuidora, diferentes puntos de inyección y consumo.

Olivares recuerda que el cuerpo del borrador del reglamento «contemplaba la definiciones de los tipos de clientes con generadores individuales o conjuntos (más de un punto), los criterios técnicos de conexión, plazos, contratos que norman la relación entre cliente y distribuidor, medición, valorización de las inyecciones y facturación, entre los aspectos más relevantes».

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