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Enersis solicita a la SVS más tiempo para concretar Plan ENEL

May 25, 2016

En un escrito explican que la ampliación de plazo es positivo para los accionistas ya que permitirá que "sea analizada y planteada con mayor rigor y garantías".

(Pulso) Más tiempo solicitó el gerente general del holding Enersis, Luca D´Agnese, a la Superintendencia de Valores y Seguros (SVS) para concretar el plan de reestructuración regional que el controlador italiano ENEL lleva adelante para sus negocios en América Latina.

El holding eléctrico está en la segunda etapa del denominado Plan ENEL -o Carter II- que incluye la fusión de las sociedades Enersis Américas, Endesa Américas y Chilectra Américas. Una vez concluida -estimado para el tercer trimestre del año- se dará por finalizado el plan que busca reorganizar los activos de Enersis y sus filiales entre aquellos que se encuentra dentro de Chile, de los del resto de las regiones del Cono Sur, es decir, Perú, Colombia, Brasil y Argentina.

Sin embargo, según señala D’Agnese, para lograr dicho objetivo son necesarios una serie de actividades en orden secuencial; y según indican los tiempos incluidos en el Reglamento de la Ley 18.046 sobre Sociedades Anónimas y la Norma de Carácter General N° 30, no permitirían la rigurosidad debida por parte de todos los actores para una concreción adecuada del proceso.

Estas normativas establecen que entre la fecha de cierre de los estados financieros y la fecha de celebración de la junta que debe aprobar la fusión no podrían mediar más de 90 días corridos.

Según indicó D´Agnese en una misiva enviada al regulador, dicho plazo sería “extremadamente ajustado”.

Esto porque la fusión involucra a tres sociedades anónimas con sus respectivos American Depositary Receipts (ADR) que cotizan en la Bolsa de Valores de Nueva York, y que a su vez estos deben cumplir con los plazos exigidos por la legislación estadounidense. A esto se suma la implementación de las normas de la Operaciones entre Partes Relacionadas (OPR) a la cual deberá someterse la fusión tras el fallo de la justicia.

“El conjunto de actividades, gestiones e informes a realizar y emitir requieren un necesario orden secuencial y cronológico que imposibilita que puedan ser desarrolladas de manera simultánea. Además, algunas de esas actividades carecen de plazo legal dentro del cual deben concluirse, lo que impide que exista certeza acerca del tiempo que tardará avanzar a la siguiente actividad”, explica.

Algunas de ellas son confeccionar los estados financieros, auditarlos; poner los estados financieros auditados a disposición de los peritos independientes designados por cada una de las sociedades que participan en la fusión; y ponerlos a disposición de los directores. Tras ello, se aplican las normas de la OPR.

Todo ello se debe realizar entre la fecha de cierre de los estados financieros y la fecha de las juntas de fusión.

“Observamos que esa ampliación de plazo es en el mejor interés de las sociedades que participan en la Fusión, sus respectivos accionistas y el mercado en general, toda vez que permitirá que la Fusión sea analizada y planteada con mayor rigor y garantías, sin que ello importe perjudicar a accionistas o terceros. Finalmente, entendemos que el propio RSA en su artículo 155 letra b), discurre sobre la base de que entre la fecha de los balances de fusión y la de la junta de accionistas hubieren ocurrido modificaciones importantes en el activo o pasivo de las sociedades que se fusionan, debiendo informarse de dicha situación a las respectivas asambleas, dejándose constancia en el acta de la misma, lo que significa que la normativa procura un medio para que se actualice suficientemente la información contenida en el balance auditado que servirá de antecedente para la Fusión”, dice.

Una ampliación del plazo estaría dentro de las facultades de la SVS, aseguran.

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