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Corte Suprema paraliza funcionamiento de termoeléctricas Bocamina I y II de Endesa

Ene 10, 2014

El máximo tribunal acogió con cuatro votos a favor y uno en contra el recurso de protección que presentaron pescadores artesanales de Coronel.

(Emol) La Corte Suprema paralizó el funcionamiento de las termoeléctricas Bocamina I y II de Endesa, luego de acoger el recurso de protección que presentaron pescadores artesanales de Coronel.

Los ministros de la Tercera Sala del máximo tribunal, Sergio Muñoz, Héctor Carreño, Lamberto Cisternas y Gloria Ana Chevesich; además del abogado integrante Alfredo Prieto, revocaron -por cuatro votos contra uno- la decisión de la Corte de Apelaciones de Concepción que había rechazado la acción cautelar, estimando, además, que la autoridad ambiental deberá fiscalizar periódicamente el buen funcionamiento de la central y -en caso contrario- ordenar su paralización.

La sentencia considera que la operación del complejo, que abarca las centrales termoeléctricas Bocamina I y Bocamina II, no ha respetado la garantía constitucional del artículo 19, Nº 8 de la Constitución Política (derecho a vivir en un medio ambiente libre de contaminación), lo que ha sido corroborado a través de diversos procesos instruidos por la autoridad ambiental e investigaciones del Ministerio Público.

El fallo señaló que acoge el recurso de protección en contra de la Central Termoeléctrica Bocamina I y II, «en el sentido de que la compañía recurrida deberá realizar las operaciones de la planta de generación termoeléctrica Bocamina I y II sólo si su funcionamiento no importa en la succión de las aguas amenazas ni daño a especies y recursos hidrobiológicos y cumple, estrictamente, con la correspondiente Resolución de Calificación Ambiental, debiendo en consecuencia la autoridad ambiental fiscalizar ese funcionamiento de manera periódica para así evitar el ingreso de biota en la bocatoma de agua de mar».

En caso contrario, «adoptar todas las medidas que las circunstancias determinen, entre ellas la paralización del funcionamiento de la central hasta que se subsane su incorrecta operación», agregó la resolución.

El abogado de los pescadores artesanales, Lorenzo Soto, explicó a Radio Cooperativa que la decisión se tomó «dada la gravedad de los antecedentes» y «es un gran triunfo para el sector pesquero artesanal de Coronel y de Caleta Lo Rojas, que nos tiene obviamente muy satisfechos».

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