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Corte Suprema ordena al TDLC reanudar juicio contra la CNE por posibles infracciones a la libre competencia

Sep 12, 2023

El proceso busca lograr el pronunciamiento del Tribunal sobre la compatibilidad o incompatibilidad de la llamada “condición de inflexibilidad” contenida en la norma técnica que regula al GNL.

La Corte Suprema ordenó al Tribunal de Defensa de la Libre Competencia (TDLC) reiniciar el juicio en contra de la Comisión Nacional de Energía (CNE), así como de Colbún, Enel y Generadora Metropolitana –en carácter de terceros coadyudantes–, en el cual se acusa al organismo regulador de atentar contra la libre competencia al dejar en una posición preferente a las empresas dominantes de generadoras de GNL en desmedro de las de energías renovables.

De esta forma, el máximo tribunal acogió el recurso de reclamación interpuesto por las compañías Eléctrica Puntilla e Hidromaule, cuyo objetivo es lograr el pronunciamiento del TDLC sobre la compatibilidad o incompatibilidad de la llamada “condición de inflexibilidad” contenida en la norma técnica que regula al GNL, la que a su vez fue elaborada y aplicada por la CNE.

Para las partes demandantes, existe una infracción a la libre competencia por parte de las firmas que utilizan el denominado “gas inflexible”, el cual otorga a los generadores en base a GNL la posibilidad de inyectar con preferencia su energía al sistema eléctrico, forzando el ingreso de un tipo de energía fósil y contaminante y generando así distorsiones de mercado que afectan directamente al resto del parque eléctrico, especialmente, aquellas que son de fuentes renovables.

Con la decisión del máximo tribunal, se revirtió lo zanjado anteriormente por el TDLC, que pretendía poner término al juicio a solicitud de la CNE, cambiándolo de oficio por un procedimiento no contencioso para recomendar un cambio normativo. Asimismo, la CNE queda expuesta a sanciones cercanas a los US$ 50 millones.

Para José Manuel Contardo, ejecutivo de Hidromaule, “esta no es solo una buena noticia para las compañías renovables, que durante largos periodos han sido desplazadas por combustibles fósiles y han visto mermados sus ingresos y proyecciones futuras por el uso de gas inflexible y la distorsión de precios que genera en la compra y venta de energía entre empresas generadoras, sino que también es una buena noticia para todo el país, ya que, de avanzar favorablemente esta causa, se aportaría a disminuir el vertimiento de energías renovables producto de la inflexibilidad”.

Por su parte, el abogado Mario Bravo, patrocinante de la causa contra la CNE, afirmó que “reclamamos ante la Corte Suprema el derecho a acceso a la justicia que nos fue negado por el TDLC y, por lo tanto, estamos muy satisfechos con este fallo”.

Añadió que “ahora corresponde que se reinicie el juicio, que el TDLC conozca nuestra demanda y que tanto la CNE como las empresas que se hicieron parte -Enel, Colbún y Generadora Metropolitana- hagan sus descargos y que, en definitiva, se condene a la CNE por infringir la libre competencia al consagrar la “condición de inflexibilidad” y se le ordene cesar en esta conducta así como cualquier otra que atente a la libre competencia”.

Antecedentes

El inicio de esta controversia se remonta a septiembre de 2020, cuando las empresas Eléctrica Puntilla e Hidromaule presentaron una consulta al TDLC con el objetivo de que se pronunciara sobre la compatibilidad o incompatibilidad de la “Condición de Inflexibilidad” contenida en la Norma Técnica para la Programación y Coordinación de la Operación de Unidades que utilicen Gas Natural Licuado Regasificado, de la CNE, con las normas de defensa de la libre competencia.

El Tribunal decidió rechazar el inicio de la solicitud de consulta, por lo que las empresas reclamaron por primera vez ante la Corte Suprema, la que en noviembre de 2021 revirtió la decisión del Tribunal y ordenó el inicio del procedimiento de consulta.

En paralelo, la CNE dictó una nueva versión de la Norma Técnica, insistiendo en incluir la “condición de inflexibilidad” que las empresas consideran atentatoria a la libre competencia, lo que motivó a que estas compañías presentaran una demanda contra el organismo el 6 de diciembre de 2021, por la Ley de Defensa de la Libre Competencia (“Decreto Ley Nº 211”). En esta acción solicitaron que se declarara que la CNE infringió la libre competencia al consagrar la “condición de inflexibilidad” y pidiendo que se le aplique una multa de 60.000 UTA (US$ 50 millones).

Iniciado el juicio, el TDLC acogió una medida cautelar y ordenó la suspensión de la aplicación de la “condición de inflexibilidad”. Sin embargo, en enero de 2022, a petición de la CNE, dejó sin efecto la medida.

En abril de 2022, el TDLC dispuso el término del juicio cambiándolo de oficio por un procedimiento no contencioso para recomendar cambio normativo. Esta resolución del Tribunal fue recurrida ante la Corte Suprema por las empresas demandantes, la cual nuevamente falló a favor de estas últimas.

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