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El valioso precedente peruano ante las controversias del gas inflexible en Chile

May 3, 2021

Mucho se ha hablado en este tiempo en relación a la mejor regulación que debería tener el denominado GNL despachado en calidad de “inflexible”. Al respecto, se ha argumentado por las empresas que se sirven de la declaración, que la eliminación de esta posibilidad involucraría efectos extraordinariamente nocivos, tales como impactos medioambientales adversos, un sistema […]

Mucho se ha hablado en este tiempo en relación a la mejor regulación que debería tener el denominado GNL despachado en calidad de “inflexible”. Al respecto, se ha argumentado por las empresas que se sirven de la declaración, que la eliminación de esta posibilidad involucraría efectos extraordinariamente nocivos, tales como impactos medioambientales adversos, un sistema eléctrico menos seguro y un mayor costo de operación para el sistema eléctrico.

Es el caso de la empresa Colbún, la cual, en entrevista de su gerente general en El Mercurio el domingo 18 de abril pasado, mostró preocupación por la eventual eliminación de la norma de GNL Inflexible y afirmó que, de concretarse dicha opción, se haría menos conveniente importar GNL. Lo mismo aconteció recientemente en el lanzamiento de un libro sobre GNL y descarbonización, en donde una directora de la mencionada compañía arguyó que la eliminación de la posibilidad de declarar GNL como “inflexible” quitaría incentivos a su importación, afectando la descarbonización de la matriz eléctrica.

La realidad es contraria y, si bien es claro que el gas es y será un componente relevante de la matriz, tras la salida de las centrales a carbón, esto no tiene relación con la supuesta condición de inflexibilidad que los generadores termoeléctricos a gas declaran, que por cierto puede derivar en una práctica anticompetitiva, generando graves distorsiones en el mercado spot de energía, otorgando una prioridad al despacho de este combustible fósil incluso por sobre energías renovables, afectando precisamente la descarbonización. Asimismo, esta práctica contraviene los principios económicos establecidos en la Ley General de Servicios Eléctricos, pero, además, genera beneficios directos a quienes utilizan esta condición, comprando energía artificialmente barata en desmedro de los generadores renovables.

Un precedente muy relevante para la discusión que actualmente existe en Chile respecto del llamado “gas inflexible” es lo que acaba de acontecer en Perú. En este país un grupo de empresas presentó un reclamo de acción popular ante la Corte Suprema, en contra de un decreto supremo que permitía la declaración de un precio único de gas natural por un año y con topes establecidos, por debajo del costo real, con el objeto de asegurar el despacho y quema del gas en sus centrales.

Si bien el caso peruano no es precio cero -como ocurre en el caso chileno-, sí es cercano a cero y presenta las mismas consecuencias y distorsiones económicas. Pese a esa diferencia menor, la acción popular -recurso legal cuyo objeto es proteger jurídicamente la primacía de la Constitución y la ley respecto del resto de normas de rango inferior a la ley- contiene la misma premisa que en Chile respecto de las críticas al “gas inflexible”, es decir: la existencia de una posición que permite a un grupo de compañías hacerse de una sobre renta económica, saltándose el orden de mérito establecido por el coordinador, lo que implica una falta de eficiencia económica, de competitividad, perdiendo del centro al consumidor. La Corte Suprema peruana acogió la mencionada acción argumentando infracción a la regulación del sector eléctrico peruano, el que incluye entre sus principales objetivos aumentar la competencia y evitar distorsiones de precio en las tarifas.

Otra de las cosas que llaman la atención en lo recién expuesto, es que dentro de las empresas que celebraron públicamente el fallo de la Corte Suprema del Perú estuvo la central Fénix, de propiedad de Colbún, la cual comercialmente depende, en ese mercado, del precio spot, artificialmente deprimido por la derogada norma. En Chile, los pequeños generadores renovables que se ven afectados por la existencia del GNL inflexible reclaman el término inmediato de esta condición ya que, entre otras razones, la Norma Técnica vigente no se está cumpliendo: la condición de inflexibilidad debe ser declarada sólo en casos excepcionales, cuestión que las empresas no hacen. El año 2019 y 2020 del total de GNL utilizado por Colbún en Chile, el 72% y 45% fue declarado inflexible, algo que dista mucho de la excepcionalidad que se le exige a esta condición.

Hay suficiente evidencia de que la inflexibilidad del GNL altera artificialmente los precios en favor de quienes la declaran, afectando la generación renovable y el mercado eléctrico en general. Mas allá de las posiciones que una empresa pueda tomar en relación a su situación comercial excedentaria o deficitaria, corresponde a la autoridad analizar la mejor regulación para el mercado eléctrico, la cual pasa por evitar tener espacios de distorsiones económicas como la aquí mencionada.

Rafael Loyola, director ejecutivo de la Asociación de Pequeñas y Medianas Centrales Hidroeléctricas (Apemec A.G.).

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