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CNE informa indexación y entrega informe definitivo de precios de nudo de octubre 2009

Oct 15, 2009

(CNE).- De acuerdo a lo establecido por la Ley de Servicios Eléctricos, los precios de nudo -que representan en torno al 70% de la cuenta de electricidad- se calculan cada seis meses, los meses de abril y octubre de cada año. La Ley también establece que estos valores deben reajustarse de manera extraordinaria y automática […]

(CNE).- De acuerdo a lo establecido por la Ley de Servicios Eléctricos, los precios de nudo -que representan en torno al 70% de la cuenta de electricidad- se calculan cada seis meses, los meses de abril y octubre de cada año.

La Ley también establece que estos valores deben reajustarse de manera extraordinaria y automática cuando, al aplicar las respectivas fórmulas de indexación, el precio de nudo de energía o potencia experimenta una variación acumulada de más del 10%, dentro del semestre en el cual fueron fijados.

De esta forma, el precio de la energía en el Sistema Interconectado Central (SIC) experimentó una variación a la baja superior a ese techo – -13,2%- en el período de monitoreo, debido a los menores costos de operación del sistema. Esto llevó a que el precio de nudo presentara en el SIC una variación de -12,1% en el nudo Quillota.

En virtud de esto, los clientes regulados residenciales del SIC (que va de Tal Tal a Chiloé) experimentarán a partir de mañana 16 de octubre una caída promedio de -6,1% en sus cuentas de electricidad.

Adicionalmente, en esta oportunidad se anunciaron los resultados del Informe Técnico Definitivo del cálculo de los precios de nudo correspondientes a la fijación de octubre de 2009.

Según los cálculos realizados por la CNE en el marco del proceso semestral de fijación de precio de nudo, en el SIC éste presentó una variación igual a -1,0% en el nudo Quillota, respecto a los precios vigentes (post indexación), mientras que el Sistema Interconectado del Norte Grande (SING) -que va desde Tal Tal al norte- esta variación será de 0,6% en el nudo Crucero, respecto a los precios vigentes.

En virtud de este factor y de los efectos del cargo único troncal y del cargo que estipula el CDEC establecido en el artículo 3º transitorio de la Ley Corta II, los clientes regulados del SING experimentarán una variación promedio de un 0,3% en sus cuentas de electricidad, a partir del 1 de noviembre respecto a los precios vigentes.

Los clientes regulados del SIC, en tanto, experimentarán una variación promedio adicional de un -2,6% en sus cuentas de electricidad a partir del 1 de noviembre respecto a los precios vigentes (post indexación), una vez que la Contraloría haya tomado razón de ellos.

Así, los clientes del SIC verán una baja acumulada de -8,6% en sus cuentas de electricidad a partir de ambos efectos.

Se trata de la caída de precios de nudo más importante que experimenta el SIC en 12 años, desde la fijación de precios de nudo de octubre de 1997, lo que sin lugar a dudas es una buena noticia para los consumidores.

El principal factor que incidió en la disminución tarifaria del SIC fue la fuerte caída de los costos de suministro de los clientes libres, factor que además fue ayudado por la caída del precio del dólar, el que experimentó una baja de 7,4% en relación con la fijación de abril de 2009, pasando de 92,93 a 49,07 en esta fijación.

A estos efectos se suma la estimación de un crecimiento más acotado de la demanda eléctrica en el corto plazo, y el ingreso de nuevos proyectos de generación más eficientes en el futuro inmediato, con más de 3200 MW declarados oficialmente en construcción al 2012.

Fuente / CNE

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