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CNE da a conocer Informe Técnico Definitivo de Fijación de Precios de Nudo Promedio

Ene 10, 2024

Para el periodo correspondiente a la presente fijación, se contempla la utilización de un cargo del Mecanismo de Protección al Cliente (MPC) igual a $52,4 por kWh promedio.

La Comisión Nacional de Energía (CNE) emitió la Resolución Exenta N°4, en que se aprueba el Informe Técnico Definitivo de Fijación de Precios de Nudo Promedio del Sistema Eléctrico Nacional (SEN), correspondiente al primer semestre de 2023, el cual incorpora las modificaciones realizadas a partir de las observaciones recibidas al informe técnico preliminar, publicado en agosto pasado.

Con ello, el organismo cumple lo establecido en los artículos 157° y 158° de la Ley General de Servicios Eléctricos, en orden a determinar los precios promedio de generación de los contratos de suministro de los concesionarios de servicio público de distribución que deben ser traspasados semestralmente a los clientes regulados, lo que después se materializa con la publicación del respectivo decreto, por parte del Ministerio de Energía.

Es así como, para el periodo correspondiente a la presente fijación, se contempla la utilización de un cargo del Mecanismo de Protección al Cliente (MPC) igual a $52,4 por kWh promedio, con el objetivo de que los recursos contabilizados en la operación del MPC no superen el límite de US$1.800 millones fijado en la ley N°21.472.

De este modo, en promedio los precios de energía traspasables, en $/kWh, a los grupos de clientes que define la ley N°21.472, son los siguientes:

G1: Consumo hasta 350 kWh /mes; G2: Consumo entre 350 y 500 kWh/mes; G3: Consumo sobre 500 kWh/mes

 

Por otro lado, el efecto promedio esperado en Cuenta Tipo por segmento de clientes para niveles de consumo representativos, asociado a la entrada en vigencia del correspondiente decreto, es el siguiente:

Cabe destacar que solo los grupos de menor consumo (G1 y G2) están afectos por ley a un mecanismo preferente de traspaso de precios basado en incrementos paulatinos por sobre el IPC. Por otra parte, los cargos determinados en esta ocasión por el mecanismo MPC responden a la actualización a la fecha de este informe técnico definitivo de la proyección de acumulación y pago de los saldos finales originados en la ley N°21.472 estimados en el informe técnico preliminar. Por eso, el grupo de mayor consumo (G3) deberá asumir el pago de dicho cargo una vez que sea publicado en el Diario Oficial el respectivo decreto tarifario, del cual el presente informe técnico constituye un antecedente.

En tanto, para el caso de la siguiente fijación tarifaria correspondiente a julio de 2023, además, se deberá considerar el pago de capital e intereses correspondientes a los documentos de pago ya emitidos, el cual debe desembolsarse en el mes de junio de 2024.

Proceso

El secretario ejecutivo de la CNE, Marco Antonio Mancilla, destacó el cumplimiento de este proceso, señalando que los resultados publicados en el Informe Técnico Definitivo incorporaron los criterios legales que tienden a mitigar el alza en las tarifas. “El Mecanismo de Protección al Cliente permite que estas alzas sean atenuadas para más del 90% de los clientes regulados, mientras que el segmento de clientes con un mayor nivel de consumo tendrá un alza más relevante», afirmó.

Respecto a la publicación del informe definitivo, el ministro de Energía, Diego Pardow, afirmó que «ahora se abre una etapa de elaboración del decreto tarifario por parte del Ministerio que luego debe ser ingresado a Contraloría y posteriormente publicado en el Diario Oficial».

Agregó que mientras esto no ocurra, no habrán variaciones en las cuentas de la luz. «Es importante recordar que el Gobierno está trabajando en un proyecto de ley que permitirá mitigar estas variaciones, se hará cargo de manera gradual de la deuda con las empresas generadoras y además incluirá un subsidio focalizado para los clientes más vulnerables. Esta iniciativa, como se ha señalado anteriormente, será ingresada durante este periodo legislativo. Una rápida tramitación del proyecto de ley que ingresará al Congreso dejaría sin aplicación la implementación de este decreto», detalló el secretario de Estado.

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