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Anulan un fallo del Ciadi en contra de la Argentina

Jun 30, 2010

Había aprobado la demanda de una firma de EE.UU. accionista de Camuzzi Gas Pampeana

La Nación Un comité del Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (Ciadi) del Banco Mundial anuló ayer un laudo de 2007 que obligaba a la Argentina a pagar 172 millones de dólares a la compañía norteamericana Sempra Energy International.

La condena por US$ 128 millones (más intereses) contra el Estado nacional se había producido en el marco del juicio iniciado por la firma estadounidense a raíz de la caída en el valor de su participación en dos compañías argentinas de gas natural luego de la crisis de 2001 y la devaluación.

Ahora, un comité que oficia como tribunal de alzada del Ciadi hizo lugar al pedido de nulidad planteado por la Procuración del Tesoro de la Argentina y revocó la condena, según un comunicado difundido por el organismo gubernamental que preside Joaquín Pedro da Rocha.

El comité entendió que el Ciadi «se había extralimitado manifiestamente en sus facultades» al dictar la condena, dice el documento de la Procuración del Tesoro, que fue notificada ayer de la resolución.

«Con la decisión de anulación, Sempra ha perdido todo derecho a cobrar el monto del laudo», agregó el organismo encargado de representar al Estado en los juicios en el extranjero.

Sempra inició en 2002 un arbitraje contra el Estado por considerar que algunas medidas tomadas por el país frente a la crisis económica en materia de transporte y distribución de gas violaban el tratado bilateral de inversiones (TBI) entre la Argentina y los Estados Unidos. El Ciadi hizo lugar al reclamo y el 28 de septiembre de 2007 condenó al país a pagar 128 millones de dólares más intereses.

Sempra tenía el 43% de las acciones de Sodigas, que a su vez posee el 86% de Camuzzi Gas Pampeana y el 90% de Camuzzi Gas del Sur.

Apelación

El Estado apeló el fallo y pidió su anulación al sostener, entre otras razones, que el tribunal se excedió en sus facultades, ya que el artículo XI del TBI establece que ese acuerdo «no impedirá la aplicación por cualquiera de las partes de las medidas necesarias para el mantenimiento del orden público, el cumplimiento de sus obligaciones para el mantenimiento o la restauración de la paz».

La anulación tomada por la instancia de apelación del Ciadi también ordena a Sempra pagar los costos del proceso judicial en el que se sustanció el pedido de nulidad, informó la Procuración del Tesoro.

«Se trata de la primera anulación total de un laudo del Ciadi contra la República Argentina. Anteriormente se había anulado parcialmente el laudo dictado a favor de la compañía norteamericana CMS Gas Transmission Company», destacó el comunicado.

En su momento, Sempra había pedido que se embargara la casa de Boulogne Sur Mer, Francia, en la que San Martín vivió hasta su muerte para que vaya a remate en caso de que el país no pagara el juicio, lo que había sido rechazado por un juez francés.

Fuente / La Nación

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