El Segundo Tribunal Ambiental resolvió que las observaciones ciudadanas al proyecto “Planta Solar La Greda” fueron correctamente consideradas por el Servicio de Evaluación Ambiental (SEA), rechazando así la reclamación presentada por la agrupación Pomaire Vive, que buscaba revertir la aprobación de la iniciativa.
Pomaire Vive argumentó que el proyecto debía ser evaluado mediante un Estudio de Impacto Ambiental (EIA) en lugar de una Declaración de Impacto Ambiental (DIA), por su posible afectación en el sistema de vida de la comunidad y el valor patrimonial de la localidad de Pomaire. Sin embargo, la judicatura especializada concluyó que dichas observaciones fueron debidamente analizadas y desestimadas por el SEA, en cumplimiento con la Ley N° 19.300, que regula el Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA).
El tribunal analizó dos aspectos relacionados con el turismo y valor patrimonial de Pomaire. En primer lugar, descartó una posible afectación al paisaje de la zona. En segundo término, desestimó la alegación de que la localidad debía ser reconocida como zona de interés turístico o Monumento Nacional, recordando que el Consejo de Monumentos Nacionales ya había rechazado esta declaratoria en 2009 debido a la falta de atributos patrimoniales originales, especialmente tras la reconstrucción posterior al terremoto de 1985.
Finalmente, la judicatura rechazó las acusaciones de que el estudio sobre el componente humano fue insuficiente, validando todo el proceso llevado a cabo por el SEA.
El proyecto, ubicado en la comuna de Melipilla, contempla la instalación de una central solar fotovoltaica de 9 MW AC, abarcando 16,4 hectáreas. La planta estará equipada con 21.392 paneles de silicio monocristalino y una línea de media tensión de 2,88 kilómetros, conectada a la subestación Bajo Melipilla.
La aprobación del proyecto fue ratificada en 2022, y tras la reciente sentencia, sigue su curso para aportar al desarrollo energético sostenible de la región Metropolitana.